glosario contable>Orden de prelación

¿Qué es orden de prelación?

En cualquier contexto donde existen varias obligaciones o deudas, es imprescindible establecer un orden para su pago.

La orden de prelación determina la secuencia en que deben satisfacerse las deudas ante una situación de insuficiencia de recursos por parte del deudor.

Este criterio de priorización asegura que se respeten los derechos de los acreedores conforme a la jerarquía legalmente establecida.

Comprendemos que el conocimiento de la orden de prelación es crucial para los involucrados en las finanzas de una empresa.

Ello permite anticiparse a las consecuencias jurídicas y financieras que puede tener cualquier proceso como concurso de acreedores, quiebras o liquidaciones.

Al conocer la prelación de créditos, las empresas pueden planificar mejor sus estrategias y establecer provisiones para afrontar posibles pasivos pendientes.

Aspectos legales de la orden de prelación

Analizamos que la orden de prelación está regulada por el marco legal del país en el que se aplica. En España, normativas como la Ley Concursal detallan la clasificación de los créditos y la prioridad en su pago. Este sistema de clasificación incluye créditos privilegiados, ordinarios y subordinados, estableciendo una jerarquía clara a seguir en los procesos de liquidación o insolvencia.

Criterios para establecer la orden de prelación

Identificamos que para fijar un orden de prelación se toma en cuenta la naturaleza de cada crédito.

Por ejemplo, deudas con garantías reales como hipotecas suelen tener preferencia.

Luego siguen los créditos contra la masa, que son aquellos generados post-concurso. Los créditos privilegiados se dividen en especial y general, seguidos de los ordinarios y finalmente los subordinados. Además, factores como fechas de vencimiento y acuerdos contractuales también pueden influir.

Estructura de la orden de prelación

Desglosamos la estructura típica de la orden de prelación en el siguiente listado:

  1. Créditos contra la masa: Son las deudas generadas tras la declaración de concurso o insolvencia, como costas judiciales o gastos para la conservación de bienes.
  2. Créditos con privilegio especial: Incluyen aquellos que cuentan con una garantía real específica sobre un bien determinado, como las hipotecas.
  3. Créditos con privilegio general: Son aquellos reconocidos con un privilegio sobre la generalidad de los bienes del deudor, como ciertos créditos del personal o de la administración pública.
  4. Créditos ordinarios: Carecen de privilegios especiales y se satisfacen de acuerdo con este orden una vez atendidos los previos.
  5. Créditos subordinados: Asume la última posición en la orden de prelación y suelen ser deudas con condiciones menos favorables para el cobro.

Aplicación práctica de la orden de prelación

Ejemplo 1: En una situación de concurso de acreedores, una empresa cuenta con varias deudas que incluyen un préstamo con garantía hipotecaria, salarios pendientes y créditos de proveedores. Según la orden de prelación, primero se pagará la deuda hipotecaria, luego los salarios (privilegio general) y, si quedan fondos, se procederá a pagar a los proveedores (créditos ordinarios).

Ejemplo 2: Al liquidar una sociedad, se presentan reclamaciones de pago por parte de la Seguridad Social y acreedores con créditos subordinados vinculados a préstamos participativos. La Seguridad Social tiene preferencia en el cobro frente a los prestamistas con créditos subordinados.

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