Cómo se rellena el modelo 303 AEAT: guía para autónomos
Hoy vamos a hablar de cómo rellenar el Modelo 303, que es para la declaración del IVA Trimestral. Si quieres saber para qué sirve, como presentarlo y hasta cubrirlo tú mismo aquí tendrás toda la información. Lee con calma el contenido porque posiblemente sea el formulario más importante que tengas que presentar.
En este artículo encontrarás
¿Qué es el Modelo 303?
El Modelo 303 de la AEAT es el relativo al Impuesto sobre el Valor Añadido – Autoliquidación.
Por tanto, este modelo tributario lo deben presentar de forma obligatoria tanto los autónomos profesionales como las empresas, en relación al Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) pagado, ingresado o soportado de servicios o productos relacionados con nuestra actividad profesional.
Como hemos dicho, todos los profesionales y empresas deben presentar el Modelo 303, sin excepción, incluso aunque no hayan cobrado todavía por el servicio o producto, dado que en base al Régimen de IVA Simplificado y al Criterio de Devengo, el IVA debe ser declarado en el periodo válido desde que la factura está creada, independientemente de que se haya cobrado o no el importe.
Aquí te dejamos información de cómo recuperar el IVA de facturas impagadas.
El Modelo 303 es, por tanto, un documento importante que debemos presentar a Hacienda periódicamente y lo cierto es que no es el más sencillo de todos.
Por eso, hemos considerado oportuno explicarte con detalle, de forma directa y lo más sencillo posible, cómo rellenar el 303.
Información importante antes de cumplimentar el Modelo 303
Para todos aquellos profesionales que deban presentar el Modelo 303 de Hacienda (ahora veremos que hay supuestos en los que no es necesario), esta información probablemente sea muy útil, por lo que hemos considerado oportuno mostrarla antes de detallar cómo rellenar el Modelo 303
¿Quién está obligado a presentar el Modelo 303?
Llegamos a uno de los puntos más importantes en relación al Modelo 303, quién debe presentarlo. Ya hemos dicho que, al estar vinculado al Impuesto sobre el Valor Añadido, en principio todos los profesionales y empresas deben presentarlo, pero lo cierto es que hay excepciones.
A continuación indicamos los casos en los que el Modelo 303 no es necesario presentarlo:
- Empresas y autónomos profesionales que estén acogidos al Régimen Especial del Criterio de Caja.
¿Cuándo hay que presentar el Modelo 303 en 2023?
El Modelo 303 ofrece dos opciones de presentación: mensual o trimestral.
En el caso de acogerse a la presentación del Modelo 303 de modalidad mensual, las fechas específicas para hacerlo son las siguientes:
- Del 1 al 20 del siguiente mes sobre el que se declara
- Del 1 al 30 de enero, en el caso excepcional de la declaración correspondiente al mes de diciembre, ya que aquí disponemos de más tiempo por el tema del cierre anual
Respecto a la declaración de IVA trimestral, se acoge a las mismas fechas que el resto de modelos tributarios:
- Del 1 al 20 de abril
- Del 1 al 20 de julio
- Del 1 al 20 de octubre
- Del 1 al 20 de enero
Como siempre, os recordamos ciertos datos en relación a estas fechas:
- En primer lugar, puedes presentar el Modelo 303 tanto el día 1 como el día 20 incluidos de alguno de los meses indicados.
- En el caso de que el día 20 del periodo en el que tienes que presentarlo caiga en festivo o en fin de semana, podrás realizar la presentación en el siguiente día hábil.
- Pero, lo más importante de todo, es que no debes retrasarte más de las fechas indicadas o corres riesgo de una sanción económica. Si te ha sucedido, presenta cuanto antes el Modelo 303, dado que de esta forma tendrás la oportunidad de conseguir que la sanción sea menor.
Podrás presentarlo en la propia página de la Agencia Tributaria o mediante un documento impreso a pagar en las entidades bancarias acogidas a este tipo de pagos.
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¿Cómo rellenar el Modelo 303? Ejemplo con imágenes y plantilla
El Modelo 303 de Impuesto sobre el Valor Añadido – Liquidación IVA Trimestral incluye 9 secciones diferenciadas, que en total contienen hasta 88 casillas.
Parece muy extenso, pero si se hace de forma pausada entendiendo cada concepto, es posible entender cómo hacer el IVA trimestral sin problemas y presentarlo correctamente a la Agencia Tributaria. Te explicamos a continuación, paso a paso, cómo completar el Modelo 303 y qué información se te requiere para hacerlo.
Aquí te dejamos el link para descargar el Modelo 303 en PDF
INSTRUCCIONES MODELO 303
Sección 1 del Modelo 303 – Sobre la Identificación
En el primer paso del impuesto 303 es necesario identificarse profesionalmente, completando estos datos:
- Documento NIF
- Nombre y apellidos o bien razón social
En esta primera parte del Modelo 303, también se presenta un apartado especial. Es aquél en el que se pregunta al declarante si presenta alguna condición profesional especial. Por defecto se considerará todo con la respuesta NO.
En todo caso, el Modelo permite indicar datos adjuntos en relación a algunos de los supuestos en caso de que la respuesta sea afirmativa. Los supuestos consultados son los siguientes:
- Estar inscrito en el Registro de Devolución Mensual
- Tributar de forma exclusiva en Régimen Simplificado
- Autoliquidación conjunta
- Estar en concurso de acreedores (hay que poner fecha de auto y escoger entre si el Modelo 303 es anterior o posterior, es decir, Preconcursal o Postconcursal)
- Haber optado por el Régimen Especial de Criterio de Caja
- Aplicación de prorrata especial
- Revocación de la opción por Aplicación de prorrata especial
Sección 2 del Modelo 303 – Sobre el Devengo
En esta sección del Formulario 303 lo único que indicaremos a la Agencia Tributaria es la identificación con respecto a cuándo se corresponden los datos que vamos a presentar del Impuesto Valor Añadido de nuestras facturas, completando los siguientes campos:
- Ejercicio: Año al que hace referencia
- Periodo: Trimestre al que hace referencia
Sección 3 del Modelo 303 – Sobre la Liquidación
Llegamos al apartado más complejo de todos, no solo del Modelo 303, sino prácticamente de todos los modelos tributarios existentes, el de Liquidación.
Vamos a intentar guiarte por él lo más simplificado y directo posible
Apartado de IVA devengado
Aquí vamos a identificar la liquidación sobre el IVA ingresado por la prestación de servicios o la venta de productos.
Vamos ir viendo casilla por casilla para que puedas ir viendo para que sirven y sepas como proceder en cada caso
Régimen general
- Casilla 1: Base imponible de ingresos correspondientes al tipo de IVA del 21%
- Casilla 02 Modelo 303: Tipo de IVA 21%
- Casilla 3: Suma de la cuota de IVA al 21%
- Casilla 4: Base imponible de ingresos correspondientes al tipo de IVA del 10%
- Casilla 5: Tipo de IVA 10%
- Casilla 6: Suma de la cuota de IVA al 10%
- Casilla 7: Base imponible de ingresos correspondientes al tipo de IVA del 4%
- Casilla 8: Tipo de IVA 4%
- Casilla 9: Suma de la cuota de IVA al 4%
Adquisiciones intracomunitarias
- Casilla 10: Base imponible de facturas de gastos corrientes procedentes de la Unión Europea
- Casilla 11: 21% de la cantidad de la casilla 10
Otras operaciones con inversión del sujeto pasivo
- Casilla 12: Facturas españolas recibidas sin IVA
- Casilla 13: 21% de la cantidad de la casilla 12
Modificaciones de bases y cuotas
- Casilla 14: Modificación efectuada a la base
- Casilla 15: Modificación efectuada a la cuota
Recargo de equivalencia
Aquí se identifican los importes de facturas realizadas a clientes que se encuentren en el Régimen de Recargo de Equivalencia.
- Casilla 16: Base imponible de ingresos correspondientes al tipo de IVA del 5,2%
- Casilla 17: Tipo de IVA 5,2%
- Casilla 18: Suma de la cuota de IVA al 5,2%
- Casilla 19: Base imponible de ingresos correspondientes al tipo de IVA del 1,4%
- Casilla 20: Tipo de IVA 1,4%
- Casilla 21: Suma de la cuota de IVA al 1,4%
- Casilla 22: Base imponible de ingresos correspondientes al tipo de IVA del 0,5%
- Casilla 23: Tipo de IVA 0,5%
- Casilla 24: Suma de la cuota de IVA al 0,5%
Modificaciones de bases y cuotas del recargo de equivalencia
- Casilla 25: Modificación efectuada a la base del recargo de equivalencia
- Casilla 26: Modificación efectuada a la cuota del recargo de equivalencia
Total cuota devengada
- Casilla 27: Suma de las casillas 3 + 6 + 9 + 11 + 13 + 15 + 18 + 21 + 24 + 26
Apartado de IVA deducible
Aquí vamos a identificar la liquidación sobre el IVA soportado o pagado por la contratación de servicios o la compra de productos, que podemos desgravarnos.
Compras corrientes
- Casilla 28 del Modelo 303: Base imponible de gastos de compras corrientes.
- Casilla 29: Cuota correspondiente a estas compras.
Compras de bienes de inversión (vida útil mayor que un año)
- Casilla 30: Base imponible de gastos de compras de bienes de inversión.
- Casilla 31: Cuota correspondiente a estas compras.
Importaciones de compras corrientes fuera de la Unión Europea
- Casilla 32: Base imponible de gastos de compras corrientes que pasan por aduana (factura DUA).
- Casilla 33: Cuota correspondiente a estas compras.
Importaciones de compras de bienes de inversión fuera de la Unión Europea
- Casilla 34: Base imponible de gastos de compras de bienes de inversión que pasan por aduana.
- Casilla 35: Cuota correspondiente a estas compras.
Importaciones de compras corrientes dentro de la Unión Europea
- Casilla 36: Base imponible de gastos de compras corrientes que provienen de un país miembro de la UE
- Casilla 37: Cuota correspondiente a estas compras.
Importaciones de compras de bienes de inversión dentro de la Unión Europea
- Casilla 38: Base imponible de gastos de compras de bienes de inversión procedentes de un país miembro de la UE
- Casilla 39: Cuota correspondiente a estas compras.
Rectificación de deducciones
Para facturas que te hayas olvidado de incluir, aquí puedes indicar el importe a incluir o restar (positivo o negativo).
- Casilla 40 del Modelo 303: Base imponible de gastos rectificados
- Casilla 41 Modelo 303: Cuota correspondiente a estas compras.
Compensaciones Régimen Especial
- Casilla 42: Importe de las compensaciones entregadas a Régimen Especial Agricultura y Pesca
Regularización Bienes de Inversión
- Casilla 43: Importe de regularizaciones de deducciones por bienes de inversión antes de iniciar la actividad
Regularización por aplicación del porcentaje definitivo de prorrata
- Casilla 44 Modelo 303: Corrección del importe del cálculo del porcentaje de prorrata en comparación al porcentaje definitivo. Solo se presenta en el último trimestre del año o el último mes.
Total a deducir
- Casilla 45: Suma de las casillas 29 + 31 + 33 + 35 + 37 + 39 + 41 + 42 + 43 + 44
Resultado final
- Casilla 46: Diferencia de las casillas 27 – 45
Casillas 45 a 58
Los autónomos y profesionales que tributan en Régimen simplificado deberán completar esta sección.
En ella se solicita información concreta sobre actividades agrícolas, ganaderas y forestales, así como de actividades en régimen simplificado, que deberán completarse de forma específica para cada una de ellas según corresponda.
Casillas 59 a 75
En este apartado del Modelo de Declaración 303 se solicita información adicional relativa a operaciones intracomunitarias (con países dentro de la Unión Europea) y extracomunitarias (con países fuera de la Unión Europea).
En caso de que tengas que completarlas, te detallamos la información requerida. Ten en cuenta que las casillas se presentan en un orden alterado, porque no todos los autónomos deben completar toda la información requerida.
- Casilla 59: Total de ventas a clientes intracomunitarios
- Casilla 60: Total de ventas a clientes fuera de la Unión Europea
- Casilla 61 del Modelo 303: Entregas de oro y otros bienes no sujetos a las reglas de localización
- Casilla 62: Base imponible de entregas de bienes y prestaciones en modalidad de Criterio de Caja
- Casilla 63: Cuota de entregas de bienes y prestaciones en modalidad de Criterio de Caja
- Casilla 74: Base imponible de adquisiciones de bienes y servicios en modalidad de Criterio de Caja
- Casilla 75: Cuota de adquisiciones de bienes y servicios en modalidad de Criterio de Caja
Casillas 80 a 88
Este apartado es exclusivamente atribuible a los sujetos pasivos exonerados de la Declaración-resumen anual del IVA, a completar en el último periodo de liquidación.
Casillas 64 a 76 – Resultado
- Casilla 76: Regularización de las cuotas incluidas en el artículo 80. Cinco. 5ª
- Casilla 64: Total del IVA soportado y devengado (Suma de las casillas 46 + 58 + 76)
- Casilla 65 Modelo 303: Porcentaje de las operaciones realizadas al mismo tiempo a la Administración del Estado y a las Diputaciones del País Vasco o de Navarra
- Casilla 66: Importe de las operaciones realizadas al mismo tiempo a la Administración del Estado y a las Diputaciones del País Vasco o de Navarra
- Casilla 77: IVA a la importación liquidado por la Aduana pendiente de ingreso
- Casilla 67 del Modelo 303: Valores a compensar (si los hubiera habido) de meses anteriores
- Casilla 68: Entregas
- Casilla 69: Resultado del IVA menos los valores a compensar (Operación resultante de 66 + 77 – 67 + 68)
- Casilla 70: A deducir en caso de autoliquidación complementaria
- Casilla 71: Resultado final de la declaración (resultado de restar las casillas 69 – 70)
- Casilla 72: Resultado anterior si ha salido a compensar
- Casilla 73: Valor final (si sale a compensar) en caso de que la declaración corresponda al último trimestre. En este caso, además, debe completarse la información bancaria donde debe devolverse el dinero.
Sección 4 del Modelo 330 – Declaración complementaria
En el caso de que esta declaración sea complementaria a una anterior, debemos volver a indicarlo con una X en la casilla que indican. Para que en la Agencia Tributaria puedan vincular de forma correcta dicha declaración, indicaremos en los campos que aparecen a continuación el número de justificante correspondiente a la declaración origen que complementa.
Sección 5 del Modelo 330 – Sobre el ingreso
En esta sección debemos indicar finalmente el importe total a ingresar. Debemos completar la información que solicitan:
- Forma de pago: Indicar si se paga en efectivo o en adeudo en cuenta bancaria
- Importe: Cantidad indicada en números
- Datos de la cuenta bancaria
Sección 6 del Modelo 330 – Sobre la Firma
Cuando hayamos completado todo el Modelo 330 podemos indicar en esta sección, tanto la fecha exacta de presentación, como nuestra firma.
Y con esto tendremos todo lo necesario para saber cómo rellenar el Modelo 303 paso a paso. Es un documento técnico pero que con calma y fijándonos podremos hacerlo nosotros mismos. Y si tienes dudas pregúntanos en los comentarios. Desde Billin te ayudaremos.
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4 comentarios
Buenos días,
Me he dado de alta como Programadora y Analista Informática en el último trimestre de 2021.
Tenía entendido que tenía que hacer el modelo 303, el 390 y el 100.
Haciendo el 303 me parece que me obliga a marcar que estoy exonerada de hacer el 390, o sea que ese no tendría que hacerlo y por lo que veo podría ser porque tendría que hacer el 368, ¿podría ser? He intentado acceder a este pero me dice que no puedo marcar un trimestre más allá del 2 del 2021.
¿Podríais ayudarme?
Gracias!
Hola Carmen, los obligados a presentar el modelo 368 son: Los empresarios o profesionales no establecidos en la Comunidad Europea acogidos al régimen especial aplicable a los servicios de telecomunicaciones, de radiodifusión o de televisión y a los prestados por vía electrónica, y que hayan optado por España como Estado miembro de identificación y los empresarios o profesionales establecidos en la Comunidad, pero no en el Estado miembro de consumo, acogidos al régimen especial aplicable a los servicios de telecomunicaciones de radiodifusión o de televisión y a los prestados por vía electrónica, y que hayan optado o debido optar por España como Estado miembro de identificación. Si no están incluido en ninguno de los dos obligados, tendrás que presentar el modelo 303 y el resumen anual 390. Te dejo un enlace donde encontrarás una mayor información sobre los modelos tributarios que se presentan en el cuarto trimestre, https://www.billin.net/blog/impuestos-cuarto-trimestre/. Espero haber aclarado tus dudas.
Hola muy buenas, me gustaría realizar una consulta y es la siguiente, en este año 2022 he tenido un local comercial arrendado, únicamente el primer trimestre del año, se presentó en su debido momento el modelo 303 del 1T, una vez terminada la relación mercantil, se dio de baja para no tener que seguir presentando dicho modelo, pero una vez acabado el año debo presentar el anual??? Un saludo y muchas gracias
Hola Axier, con el simple hecho de estar dado de alta en un determinado ejercicio fiscal, debes presentar el resumen anual de IVA Modelo 390, ahora bien, existen diversas exenciones. En el siguiente artículo encontrarás una mayor información sobre dichas exenciones de presentación del Modelo 390, https://www.billin.net/blog/modelo-390-resumen-anual-modelo-303/. Espero haber aclarado tus dudas.