¿Cuándo puedo recibir una devolución del IRPF?
Todos los finales de año, nos preguntamos: ¿Cuánto nos devolverán este año en la Declaración de la Renta?, pues bien, de forma esquematizada, vamos a explicarte de qué depende la cantidad de tu devolución de IRPF, e incluso, como conseguir pagar menos o que te devuelvan más retenciones.
Lo primero que tienes que hacer es que el calculo irpf de todas tus facturas está bien hecho.
En este artículo encontrarás
¿QUÉ ES LA DEVOLUCIÓN DE IRPF?
Lo primero que vamos a indicar, es que la devolución de IRPF, es el resultado del Impuesto de la Renta de las Personas Físicas con signo negativo, es decir, de la Declaración de la renta, en cuyo impuesto, la mayoría de los contribuyentes tienen que declarar todos los ingresos y gastos recibidos en un determinado ejercicio.
A la hora de elaborar la Declaración de la renta, nuestra devolución de IRPF dependerá de las retenciones que se nos hayan practicado durante el ejercicio, bien en rendimientos del trabajo, como capital mobiliario, etc.
Hacer la declaración de la renta, no es sólo declarar los rendimientos recibidos, sino que habrá que indicar también la situación personal y familiar, ya que según cada situación se consiguen unas deducciones u otras.
Una vez introducidos todos estos datos personales, también, se incluirán los pagos de préstamos hipotecarios que se tengan vigentes por la adquisición de la vivienda habitual, al igual que deducirán los planes de pensiones, donativos, etc.
– Esquema del IRPF: Cálculo de la cuota resultante
FACTORES QUE INFLUYEN EN LA DEVOLUCIÓN DE IRPF
Los factores que podemos incluir en nuestra Declaración de Renta para conseguir una mayor devolución de IRPF son (conocidos como los más clásicos) los siguientes:
- El plan de pensiones definido como las aportaciones que realizamos a un plan privado para una futura jubilación en el ejercicio.
- La clásica adquisición de vivienda habitual, aunque cada vez menos, ya que podemos deducir hasta un 15% de la cantidad de préstamo hipotecarios que hemos pagado en el año, con un máximo de 9.040 euros
- Las aportaciones a ONG, sindicatos, asociaciones sin fines lucrativos, partidos políticos
Con la última reforma fiscal realizada por el Partido Popular, se incluyen las siguientes novedades:
- Los planes de ahorros se incentivan porque cuyos rendimientos están exentos de IRPF, siempre que se mantengan mínimo cinco años.
- Exenciones sobre un 20% de las Inversiones en empresas de nueva creación.
- Deducciones nuevas para familias numerosas y familias con
- La capacidad de poder compensar pérdidas con los últimos cuatro años.
- Desaparece la deducción estatal del arrendamiento de vivienda habitual para todos los contratos a partir del 01 de enero de 2015. En alguna Comunidades Autónomas si se mantiene la deducción.
Los expertos tributarios son los que pueden conseguir tu mayor desgravación fiscal, y así conseguir el máximo de retenciones a devolver del IRPF, según todas las posibles deducciones que puedas aplicar, para esto, hay que conocer muy bien, la ley de IRPF, y saber interpretarla, sobre todo, tener en cuenta todas las deducciones tanto estatales como autonómicas, ya que variarán según a la comunidad que pertenezcas.
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¿QUIÉNES ESTÁN OBLIGADOS A PRESENTAR EL IRPF?
Según la Agencia Tributaria, todos los ciudadanos tenemos obligación de declarar, mencionando algunas excepciones, por ello vamos a enumerar quien no tiene obligación de declarar el IRPF:
- Los que reciban rendimientos del trabajo inferiores a 22.000 euros siempre que sean de un único pagador.
En el caso de que recibiera de más de un pagador el límite sería 12.000 euros, siempre que la suma del segundo y posteriores superen 1.500 euros
Aquí se incluyen las pensiones compensatorias del cónyuge o anualidades de alimentos no exentas
- Los que reciban rendimientos de capital mobiliario y ganancias patrimoniales sujetas a retención y no superen 1.600 euros anuales en su conjunto
- Los perceptores de rentas inmobiliarias, rendimientos de letras del tesoro y subvenciones para la adquisición de vivienda de protección oficial con un límite de 1000 euros anuales
En conclusión, para tener una devolución de IRPF, hemos tenido que tener retenciones ingresadas en la Administración, bien, en nuestra nómina, o porque hayamos emitido facturas con IRPF, ya que esa devolución de IRPF, consistirá en esas retenciones, a excepción de los 1.200 euros anuales por maternidad, familia numerosa y por familia con un discapacitado a cargo.
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