En el ojo de mira de Hacienda: alojamientos turísticos
En cada periodo de tiempo, y según la presión empresarial de afectados, Hacienda destina a sus Inspectores a controlar sectores que surgen nuevos, como, por ejemplo, el alojamiento en viviendas turísticas debido a la presión que ejercen los hoteles y hostales.
En este artículo encontrarás
Alojamiento de viviendas turísticas.
En el sector turístico se ha visto el impacto del alquiler de la vivienda con fines turísticos que se ha generado en España, y en todas sus comunidades autónomas.
Se propone buscar un marco regulador para este tipo de actividad, de forma que sea similar a las fórmulas ya existentes de alojamiento en este país.
Se establecen los requisitos que deben cumplir estas viviendas como muebles, enseres, ropa de cama, calefacción o aire acondicionado, según en el momento estacionario que alquilemos la vivienda, además de ofrecer información turística sobre el lugar que se visita.
Se introduce la regulación sobre la formación del contrato y la fijación del precio, que incluirá impuestos y suministros, se podrá cobrar entre un 30% y un 50% de anticipo para la reserva.
Esta actividad no se rige por la Ley de Arrendamientos, sino que sería una actividad empresarial, por la cual, habrá que darse de alta en el Impuesto de Actividad Económica correspondiente, y presentar los modelos correspondientes.
A modo de ejemplo en Andalucía, se rige dicha actividad por el Decreto 28/2016, donde se excluyen los alquileres superiores a 2 meses o viviendas de turismo rural que se basan en otra Normativa. En esta Comunidad autónoma, tienen que presentar una Declaración de Responsable en la Junta de Andalucía, manifestando el cumplimiento de toda la normativa correspondiente a la vivienda de alojamiento turístico.
Si el declarante no la diera de alta se consideraría una falta grave que podría ir valorada desde 2001 a 18.000 euros.
En el punto de mira de Hacienda
Actualmente, es una actividad que está en el punto de mira de Hacienda, ya que hay un porcentaje muy elevado que sigue haciéndolo de forma clandestina, ya que las personas físicas que realicen esta actividad solo tendrán que facturar la reserva de la ocupación y no su propio uso.
Sin embargo, debido a los precios elevados de este tipo de viviendas, sobre todo las situadas en las zonas del mar, aparte de ser residencias de lujo, muchos autónomos han generado sociedades para incluir esta actividad, y así poder tributar de una forma más barata, además de deducir más gastos inherentes a estas viviendas.
El problema de tributar esta actividad como persona jurídica, es que el propio uso si debe de ser facturado como autoconsumo, además si eres socio de esa empresa, lo deberás hacer al precio de mercado, conllevándote a tener que pagar por disfrutar una vivienda de tu propiedad (aunque en este caso ya no sería tuya, sino de la sociedad)
Hacienda ha enfocado este tema, ya que muchos no residentes son propietarios de estas sociedades, y a través de ellas, generan los ingresos de esta actividad, pero repito, si estos no residentes disfrutan de esas viviendas tienen que facturarse el autoconsumo, porque ante una inspección de la Administración, será fácil detectarlo mediante los consumos de suministros.
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Consecuencias del auge en las viviendas turísticas.
Evidentemente, esto está causando mucho malestar en los vecinos próximos a estas viviendas, ya que, este fenómeno está generando una subida en los alquileres, junto a un entorno más banalizado, además de desaparecer las tiendas del barrio.
Hacienda aumenta el control sobre las plataformas dedicadas a este tipo de arrendamientos de viviendas turísticas, obligándolos a comunicar todos y cada una de ellas, con todos los datos de los arrendadores y arrendatarios.
La subida creciente de la actividad de alquiler en periodo vacacional empieza a ser un problema de convivencia en los centros urbanos, sin embargo, debido a que la oferta hotelera no es suficiente para hacer frente a la demanda, es por lo que cada vez más surgen estos distintos destinos, sobre todo por su precio, que es más competitivo.
Claramente, los negocios de la zona cambiarán para adaptarse a estos nuevos inquilinos, por lo que, la calidad de vida de los vecinos se verá empobrecida.
Ciudades donde se concentra el alquiler de viviendas turísticas.
Las doce principales ciudades que abarcan el 71% del total de la oferta de alojamiento turístico son: Barcelona, Madrid, Sevilla, Valencia, Málaga, Palma de Mallorca, Granada, Alicante, San Sebastián, Las Palmas de Gran Canarias, Bilbao y Santiago de Compostela.
Comenzamos con Barcelona que es la que concentra mayor número de viviendas destinadas a estos fines turísticos, seguida de Madrid y Málaga.
Las ciudades situadas en la costa son las que tienen mayor afluencia de extranjeros, ya que son los principales demandantes de estas lujosas viviendas turísticas situadas en el Mediterráneo.
El 60% de las viviendas ofrecen el alquiler de una casa completa con un aforo de 4 personas aproximadamente, mientras que el 24% son habitaciones individuales, lo cual, no se contempla en la normativa legal.
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