El renting de activos
Te mostramos la nueva e innovadora forma de financiación que ha surgido en el mercado actual, podrás aplicarla a muchos bienes muebles, te lo contamos.
En este artículo encontrarás
¿Conoces el Renting de Activos?
El Renting es un contrato de alquiler de bienes muebles, a través del cual, el empresario obtendrá de forma financiada la adquisición de bienes de equipo para su actividad económica, por tanto, no será una compra, sino que será un alquiler.
Las características de este tipo de contrato son:
- Podrán realizarlo sociedades, autónomos y particulares.
- La entidad que oferta el Renting comprará el bien a nuestra elección, y nos facilitará su arrendamiento.
- La propiedad del bien pertenecerá al arrendador mientras esté vigente el arrendamiento.
- No se regirán por Ordenamiento judicial, sino lo que las partes acuerden, siempre acorde al Código Civil y de Comercio.
- No se contempla la opción de compra, ya que, pierden fácilmente el valor de estos bienes.
- Suelen llevar aparejada la cobertura completa. Las ventajas de este tipo de contrato son:
- Se deducirá la cuota total pactada.
- Se utiliza para bienes de equipo que llevarán incluido el mantenimiento.
- No inmovilizar recursos financieros.
- Proceso fácil y rápido en su tramitación.
Este tipo de contrato, no sólo lo realizarán las entidades financieras, también pueden elaborarlo otras empresas.
La financiación de los activos en las empresas es una de las tareas más complejas a la que se enfrentan los empresarios diariamente, ya que, cometer errores de financiación podría llevarnos a tener unos desequilibrios en la tesorería.
¿En qué bienes podemos aplicarlo?
Son muchas las empresas que a la hora de adquirir una renovación en los equipos informáticos, se encuentran en la situación de que será muy difícil amortizar dichos bienes, ya que, su duración de vida útil será corta.
De ahí. que esta opción de renting genera una mayor flexibilidad para poder adquirir esos bienes más innovadores como:
- Impresoras: el Renting te ayudará a disponer de la última tecnología y no perder dinero con equipos obsoletos, de esta manera, obtendremos una mayor rentabilidad y productividad.
- Ordenadores de sobremesa y portátiles: es vital contar con unos equipos de última tecnología, de forma que nos proporcionen una mayor rapidez y comodidad a la hora de desempeñar multitud de funciones dentro de la empresa.
- Móviles: la modalidad de Renting la suelen usar compañías con un gran número de empleados, ya que, se ha convertido en una herramienta de trabajo.
- Fotocopiadoras: una máquina nueva te dará una mayor agilidad y menos inconvenientes, ya que, las máquinas antiguas necesitan de un mantenimiento cada poco tiempo, además de las averías que le pueden surgir.
- Vehículos: este tipo de contrato se puede solicitar tanto a nivel particular como empresarial, por tanto, es la mejor opción en estos últimos años.
- Maquinaria: el Renting de este tipo de bienes nos hará contar con los recursos suficientes a lo que maquinaria se refiere, y no tener que realizar una gran inversión.
- Hostelería: dentro de los múltiples bares y restaurantes hay una serie de maquinaria activa, y su adquisición, supondría una enorme inversión, de ahí, que en este sector se use la figura del Renting, con mucha habitualidad.
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Diferencia entre renting y leasing
Ambos conceptos, se elaboran en base a un contrato de arrendamiento a largo plazo, pero sin embargo, mantienen diferencias significativas como:
- Contrato
- Leasing: es un contrato de alquiler con opción a compra, por tanto, su finalidad será hacerse con el bien, este activo hasta que no se ejecute la compra no formará a ser parte del Activo de la empresa.
- Renting: es un contrato de alquiler sin opción a compra, el atractivo de este producto está en su funcionalidad.
- Duración
- Leasing: mínimo dos años, después te encontrarás con la opción de pagar la última cuota del valor residual, renovar el contrato o no comprar y devolver al arrendador.
- Renting: no hay un periodo mínimo, y cuando el contrato llegue a su fin, o se amplia el contrato o se entrega el bien.
- Obligaciones
- Leasing: el que firma el contrato tendrá que encargarse de los gastos.
- Renting: el autónomo que usa el bien no pagará los gastos, sino la empresa de renting.
- Tratamiento fiscal
- Leasing: la parte de intereses será deducible el 100 %, mientras que la amortización será con ciertos límites.
- Renting: las cuotas se deducirán el 100%, siempre que el bien se destine a la actividad económica, por tanto, tendrá una ventaja fiscal.
- Contabilidad
- Leasing: se reflejará tanto en el activo, como el patrimonio neto y el pasivo del balance.
- Renting: no se computa el bien en el balance, ya que, no es de nuestra propiedad.
Si estás interesado en adquirir alguna maquinaria mediante la financiación de Renting, podrás utilizar una serie de simuladores que encontrarás en la red, y podrás calcular de forma aproximada la cuota mensual que pagarías por tu Renting.
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