Actualizado: 12 agosto, 2020 · 0 comentarios · 5 min de lectura

Modelo 233: ¿Quién lo presenta?

modelo 233
Validado por: Marcos De La Cueva - CEO Billin
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¡Nace una nueva deducción por maternidad de hasta 1.000 euros con el Modelo 233! Y se beneficiarán quienes tengan gastos de guardería por la custodia de un hijo menor de tres años. Si te interesa te lo contamos.

¿Qué es el Modelo 233?

La presentación de este impuesto se realizará a lo largo del mes de enero, y la Ley del IRPF, prevé que aquellas mujeres con menores de tres años a su cargo y custodia, y que realicen una actividad por cuenta propia o cuenta ajena, podrán disminuir la cuota de la renta hasta en 1.200 euros anuales por cada uno de los hijos.

Si además durante el mismo periodo hubiese tenido gastos de guarderías o en centros infantiles autorizados, la deducción a la que se refiere el párrafo anterior, se podría aumentar en 1.000 euros más.

Estos gastos de custodia se refieren a las cantidades que se pagarán por la prescripción, asistencia y alimentación, el gasto de transporte no estaría incluido.

El Modelo 233, se ha aprobado para que las guarderías y centros infantiles autorizados lo presenten, proporcionando toda la información necesaria sobre los menores de 3 años que asisten, además de paralizarla cuando el menor ya sea mayor de 3 años.

Este Modelo queda denominado como “Declaración Informativa por gastos en guarderías o centros de educación infantil autorizados”, que fue aprobado en la Orden HAC/1400/2018, de 21 de diciembre, donde se determina el modelo en concreto, el lugar, la forma, el plazo y el procedimiento.

¿Quién presenta el Modelo 233?

  • Los obligados a presentar el Modelo serán los centros educativos de infantil que estén autorizados (según artículo 80.2 Ley de IRPF) y las guarderías.
  • La forma de presentarlos será electrónica, bien con el certificado digital o con el sistema cl@ve.
  • Su plazo de presentación será el mes de enero de cada año, en relación con el ejercicio anterior, respecto los menores de tres años que estén inscritos en dichos centros.

Es conveniente que aquellos contribuyentes que puedan verse beneficiados de dicha deducción soliciten un justificante documental que acredite las cantidades entregadas en concepto de gastos de custodia al centro educativo.

Por tanto, se aconseja a todos estos centros o guarderías, que tengan que cumplir esta normativa, que emitan un certificado detallado con las cuantías recibidas por los padres o tutores del menor de tres años, ya que, será necesario para obtener esta deducción adicional.

como se rellena el modelo 233
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Cómo rellenar el Modelo 233

Lo primero que debe quedar claro, es que la presentación de este impuesto se hará de forma electrónica, por tanto, lo más aconsejable es tener instalado el certificado digital, o si eres persona física, podrás usar el sistema cl@ve.

Se indicará en la página que esta declaración no tienen que presentarla los padres o tutores, sino los centros autorizados y guarderías.

Cumplimentar la solicitud

En este apartado se nos pedirán los datos fiscales del declarante: DNI, nombre y apellidos o razón social, ejercicio, autorización del centro y los datos de la persona con quien relacionarse.

Si hubiéramos presentado una declaración anterior del mismo ejercicio, la autorización del centro y los de la persona con quien relacionarse no se podrán modificar.

A partir de este momento, habrá que ir rellenando uno a uno los registros correspondientes a cada uno de los menores de tres años, donde nos solicitará la siguiente información:

  • Se le asignará un Identificador, el cual, ya no podrá ser modificado.
  • NIF, nombre y apellidos de la madre
  • NIF, nombre y apellidos del otro progenitor
  • NIF (si tuviese), nombre y apellidos del menor de tres años
  • Fecha de nacimiento del menor de tres años
  • Deberás marcar los meses que el menor ha estado en la guardería
  • Si durante el ejercicio hubiese variaciones sobre la custodia del menor, habría que presentar un registro por cada uno de los progenitores, indicando los meses que le han correspondido a cada uno de ellos.

Una vez que hayamos registrado un menor completo, es decir, con todos los datos que nos solicitan, habrá que pulsar el botón “añadir”, para que los datos se vayan guardando y cargando en la parte denominada contenido.

Si tienes un programa de contabilidad que elabore los modelos tributarios, podrías importar un fichero, y sería mucho más sencillo.

Presentación y justificante

Por tanto, ya tan sólo te quedará pulsar el botón “presentar y enviar solicitud”, posteriormente, la Agencia Tributaria te generará de forma automática un recibo de presentación y la consulta íntegra del impuesto.

El anuncio público del Modelo 233, generó mucha confusión con respecto a quién le correspondía presentarlo, ya que, la mayoría de padres y madres, creían que tenían que solicitar ellos esa deducción. Como ves son los centros responsables y es por ello que si tienes hijos que cumplan con los requisitos es mejor que te informes si el centro realiza esta práctica.

Sobre la persona que ha validado este artículo
Marcos De La Cueva - CEO Billin

Licenciado en ADE por la Universidad Autónoma de Madrid, Marcos De la Cueva es CEO y cofundador de Billin, un programa online que lleva más de 9 años ayudando a autónomos, pequeños negocios y gestorías a digitalizar sus presupuestos, facturas, tickets y gastos.
 
Sobre Marcos De La Cueva
 
Apasionado por el mundo empresarial y la tecnología, cursó su Máster de Finanzas en la Universidad Pontificia de Comillas y estuvo en el Programa de Cooperación Educativa de la Universidad Autónoma de Madrid.
 
Marcos siempre ha tenido su objetivo claro: ayudar a la creación de negocios financieramente sostenibles a través de una herramienta de facturación que les permita ahorrar tiempo y tener la contabilidad bajo control.
 
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