Actualizado: 03 octubre, 2023 · 301 comentarios · 7 min de lectura

Cómo darse de baja como autónomo: requisitos y pasos a seguir

darse de baja como autónomo
Validado por: Marcos De La Cueva - CEO Billin
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En este post te vamos a explicar a darse de baja como autónomo online, tanto en Seguridad social como en Hacienda.

La importancia de hacerlo bien es fundamental, ya que, esto podría conllevar problemas si seguimos dados de alta y no cumplimos con nuestras obligaciones fiscales y laborales.

Por eso te explicamos cómo hacerlo bien.

Baja de autónomos: ¿Cómo hacerlo?

Darse de baja como autónomo es algo que debemos realizar correctamente una vez que hayamos decidido que no seguiremos trabajando por cuenta propia, bien sea por jubilación, por cese de actividad, por retirada de licencias, etc.

No vale con tan solo decidirlo, sino que tendremos que realizar todos los trámites necesarios para que conste como tal, y ¡evitarnos sorpresas!, si quieres hacerlo de forma correcta, sigue leyendo este post.

Requisitos para darse de baja como autónomo

  • No estar pendiente de deudas con la Administración, aunque no es un requisito imprescindible para tramitar la baja. 
  • Si eres autónomo y administrador de alguna sociedad, debes justificar en una escritura pública las razones que te han llevado a cursar la baja.
  • Si has estado cotizando durante al menos un año para la prestación por cese de actividad, y quieres beneficiarte de su cobro, tendrás que justificar que hay suficientes motivos económicos de fuerza para proceder a tu baja como autónomo.
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¿Dónde se tramita la baja de autónomos?

Para darse de baja en trabajador autónomo tendrás que acudir a la Agencia Tributaria y a la Tesorería General de la Seguridad Social, para posteriormente poner fin a tu actividad.

Para cursar la baja como autónomo en la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) tienes que acceder a la sede electrónica y tramitar la baja de autónomos con un sistema de identificación.

A partir de este momento ya no seguirías cotizando a la seguridad social ni tampoco pagarías la cuota de autónomo.

Cese de actividad de autónomos en Hacienda

Lo primero será presentar de forma telemática el Modelo 036 o 037, que es el mismo que para darse de alta en autónomos inicialmente en la Agencia Tributaria, indicando dentro del formulario el cese actividad autónomos. 

Para ello, debes tener instalado en tu ordenador tu certificado digital,

Te dejamos el enlace explicativo como solicitar el Certificado Digital para autónomos por si aún no lo has hecho.

Lo segundo será realizar la presentación telemática del modelo censal en el siguiente enlace, donde tienes que marcar dentro del apartado C) la casilla 150 “cese de actividad”, y rellenar todos tus datos fiscales.

Y por último “firmar y enviar”, de manera que obtendrás tu PDF con el modelo presentado de forma telemática y con un código seguro de verificación (CSV)

De esta forma, nos daremos de baja en Hacienda.

¿Cómo darse de baja en Seguridad Social?

Posteriormente, se realizará la baja en Seguridad Social, donde tendrás que entrar en su página la página web www.seg-social.es, que es el mismo lugar que el de alta en RETA.

Dirígete a “sede electrónica”/”empresarios”/”afiliación e inscripción”/”Baja de trabajador en el régimen especial de autónomo”, al igual que Hacienda, nos solicitará el certificado digital.

Una vez dentro tendremos que ir rellenando todos los campos que nos solicitan hasta obtener la Resolución de baja del RETA.

Ten en cuenta que la fecha del cese actividad autónomos en hacienda debe coincidir con la fecha de la baja de autónomos. Valora la fecha en la que te das de baja. Actualmente, si presentas tu solicitud antes de que acabe el mes, deberás pagar tu cuota de la Seguridad Social al completo, siempre que no indiques cotizar hasta la fecha del cese de actividad, porque en caso contrario, solo pagarías hasta el día marcado como fin de actividad.

Pasos para darte de baja en RETA

Veamos los pasos y campos que habrá que ir completando para darse de baja en la seguridad social, una vez que entres en la dirección electrónica que te he comentado en el párrafo anterior y hayas marcado tu certificado digital:

  • Lo primero que te solicitará es que verifiques tu domicilio actual, hasta que llegues al siguiente formulario virtual.
  • Tendrás que incluir el Impuesto de Actividad económica (IAE) y la fecha de cese actividad, que debe coincidir con la incluida en el Modelo 037/036.
  • Posteriormente, tendrás que pulsar el botón “continuar” y “confirmar”, hasta que se genere el justificante de la Resolución de Baja en el RETA, el cual, te recomendamos que guardes, ya que, será tu justificante ante alguna reclamación posterior.

Cómo saber si estoy de baja en Seguridad Social

Una vez que hayas realizado todos los pasos que te hemos ido explicando ya estarás dado de baja de autónomos.

Te aconsejamos que después de seguir todos estos pasos compruebes tu situación real como autónomo, de manera que evites futuros problemas, bastará con que te dirijas a la página de la Seguridad social y pinches en “Sede electrónica”/“Ciudadanos”/”Informes y Certificados”/“Informe de situación actual del trabajador”/, donde se te facilitará ver tu situación de trabajador en baja.

darse de baja en la seguridad social

¿Qué pasa si no me doy de baja en autónomos en plazo?

El plazo para darse de baja como autónomo son tres días naturales desde la fecha efectiva de la baja, aunque con la última reforma se permite solicitar la baja previa en el RETA antes de finalizar la actividad, es decir, hasta con 60 días de antelación a la fecha de fin.

En el caso de que no presentes la baja en autónomos en Seguridad Social durante esos tres días naturales posteriores, la Administración puede obligarte a pagar la cuota de autónomos hasta la fecha efectiva de la baja, además, esa falta de comunicación en tiempo y forma podría conllevar a una infracción leve sancionable con el pago de la cuota de autónomos correspondiente a dicho mes, en el caso de estar beneficiándote de la tarifa plana, perderías dicha bonificación.

No debemos olvidar que la obligación de darse de baja como trabajador autónomo, la tendrá el propio trabajador, ya que, será el responsable de forma ilimitada de tener que comunicar tanto a la Agencia Tributaria como a la Seguridad Social su fecha de cese de actividad por cuenta propia.

Con la última reforma, el autónomo se puede solicitar el cese de actividad autónomos hasta tres veces al año, siempre que se haga dentro del plazo reglamentario. El resto de las bajas en autónomos que se produzcan en el año natural, surtirán efectos desde el primer día del mes siguiente a aquel que el trabajador autónomo hubiera cesado en la actividad dentro del plazo legal.

¿Tienes derecho a paro si te das de baja como autónomo?

Para saber si tras la baja de autónomo te corresponde una prestación por desempleo, se dan las siguientes posibilidades: si estabas cobrando el paro cuando te diste de alta y no lo agotaste, ahora puedes reanudar el cobro de la prestación si no han pasado más de cinco años.

Del mismo modo, te corresponderá el paro si como autónomo has estado cotizando por cese de actividad durante al menos un año. 

Desde Billin, el programa de facturación online, te mantendremos informado de asuntos como darse de baja como autónomo o cualquier novedad que pueda afectar al cumplimiento de todas las obligaciones fiscales y laborales que tiene un autónomo o una PYME.

Sobre la persona que ha validado este artículo
Marcos De La Cueva - CEO Billin

Licenciado en ADE por la Universidad Autónoma de Madrid, Marcos De la Cueva es CEO y cofundador de Billin, un programa online que lleva más de 9 años ayudando a autónomos, pequeños negocios y gestorías a digitalizar sus presupuestos, facturas, tickets y gastos.
 
Sobre Marcos De La Cueva
 
Apasionado por el mundo empresarial y la tecnología, cursó su Máster de Finanzas en la Universidad Pontificia de Comillas y estuvo en el Programa de Cooperación Educativa de la Universidad Autónoma de Madrid.
 
Marcos siempre ha tenido su objetivo claro: ayudar a la creación de negocios financieramente sostenibles a través de una herramienta de facturación que les permita ahorrar tiempo y tener la contabilidad bajo control.
 
Marcos De La Cueva en los medios
— Entrevista sobre factura electrónica obligatoria en Canal Sur.
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301 comentarios

    • Buenos días yo era autónoma el 2019 x motivo de salud tuve que César mi actividad en
      Inicio del negocio marzo 2019 cese septiembre 2019 dándome de alta en hacienda x motivo desconocimiento del sistema de baja en el seguridad no pude darme de baja aceptando cotizar la mínima 90€ aún habiendo dado de baja en Hacienda me cobraron el resto del año del 2019 2020 luego de los cambios de x motivo de la pandemia donde subieron el pan de cotización a los autónomos cobrando 200 € la mínima. Y yo encontrándome en el desempleo no pude cubrir más una cotización tan alta donde se me acumulado una deuda de casa 3.070€
      Mi pregunta es al darmede baja ahora en la seguridad social debo pagar esa deuda me devolverán todo lo cotizado en los años indicado habiendo cesado mi actividad como autónoma y ser una asalariada como empleada doméstica gracias

      • Hola Teresa, si no tramitaste el cese de actividad en Seguridad Social, es normal que te hayan seguido cobrando. Si tienes los suficientes medios y pruebas para demostrar a la Administración que en ese periodo no estabas trabajando como autónoma, podrás presentar una baja fuera de plazo con los documentos que justifiquen dicha situación, en caso contrario tendrás que afrontar la deuda acumulada. Te dejo un artículo donde encontrarás toda la información necesaria para dar la baja de autónomo paso a paso, https://www.billin.net/blog/darse-de-baja-autonomo-online/. Espero haber aclarado tus dudas.

  • Buenos días soy autónomo en la construcción y hacia pequeñas reformas , no tengo empleados en estos momentos pero por el estado de emergencia mis clientes están en sus casas y no quieren hacer obras, con lo cual no estoy generando ingresos y me dicen que no tengo derecho a ninguna ayuda y que puedo seguir trabajando, lo que es un poco complicado ya que no hay ni dónde comprar materiales porque todas las ferreterías están cerradas y la gente no quiere contacto con nadie.
    Agradecería alguna orientación .

    • Hola Aldineber,
      En respuesta a tu pregunta comentarte, que puedes solicitar la ayuda extraordinaria por cese de actividad por disminución de ingresos del 75%, debes tramitarla en la Mutua que estés suscrito.
      Gracias y un saludo.

  • Buenos dias,

    Estoy como autonóma acogida a la tarifa plana de 60 euros al mes. Me gustaría saber, si en el caso de causar baja por cese de actividad ahora podría acogerme de nuevo a la tarifa plana al retomar la actividad en 2-3 meses o si perdería ese derecho.

    Muchas gracias por vuestra ayuda.

    • Hola María,
      En respuesta a tu pregunta comentarte que si cesas en la actividad, con la ley actual perderás la bonificación, mientras que si solicitas la ayuda extraordinaria de autónomo, no será necesario que realices el cese de actividad.
      Gracias y un saludo.

  • Buenas trades, el pasado nes de febrero me di de alta como autónoma para la venta de ropa tipo showroom. No había empezado la actividad ni tenía gastos de alquiler porque mi idea era empezar a vender en el mes de marzo. No puedo demostrar que haya reducido mi facturación porque aún no había empezado a vender, solo habia comprado la ropa.
    Tengo derecho a prestación o aplazamiento de pagos?
    Qué pasa si me doy de baja del régimen de autónomos y me vuelvo a dar de alta más adelante?

    Gracias.

    • Hola Melanie, la actividad de venta de ropa está incluida en las actividades de fuerza mayor, por tanto, podrías solicitar la prestación extraordinaria. En cambio, si te das de baja perderás todas las bonificaciones que tengas concedidas. Con respecto los aplazamientos de impuestos sí podrás hacerlo en la web de la Agencia Tributaria, para la moratoria de las cuotas de autónomos aún no están disponibles en Seguridad Social.
      Espero haber aclarado tu duda.

  • Hola,
    Estoy dada de alta como autónoma dando clases extraescolares en colegios , mis ingresos son muy bajitos , unos 350-400 euros al mes sin contar el gasto que me supone la tarifa plana de autónomo, actualmente estoy en el tramo que pago 142€ de autónomo, por lo tanto este trimestre mis ganancias son unos 150-200 € al mes…. ahora , por el cierre de colegios me he quedado sin clases, tengo muchas dudas al respecto ; puedo cogerme a la ayuda de autónomo aunque mis ganancias están muy por debajo de la ayuda ?, el día 31 de Marzo me van a cobrar la cuota completa ? si entro en el mes de Abril y no me doy de baja (porque tengo muchas dudas de cómo hacerlo) me van a cobrar después el mes de Abril completo? Por favor necesito saber qué pasos seguir , estoy muy perdida. Muchas gracias por su ayuda.

    • Hola Eva, para solicitar la prestación de autónomos hay que demostrar tu actividad pertenece a las vulnerables, como es el caso, podrás solicitarlo en la Mutua correspondiente. El autónomo de marzo se ha suspendido, pero habrá que pagarlo, para que posteriormente lo devuelvan a los autónomos que hayan solicitado el cese de actividad. Con respecto a lo que pasará en abril, aún no hay nada claro. Espero haber aclarado tu duda.

  • Buenas,

    Me ha comunicado la empresa para la que colaboraba como autónomo que marzo es el último mes de dicha colaboración. Me quiero dar de baja como autónomo, pero no tengo certificado digital y ahora mismo no podría hacerlo porque por el coronavirus todas las oficinas de Hacienda y la SS están cerradas. ¿Cómo puedo darme de baja para que no me pasen la cuota del mes de abril? Aunque me la pasen puedo solicitar la baja una vez abran las oficinas y por lo tanto me harán la baja a fecha de marzo y me devolverán el recibo de abril. No sé si existe una moratoria en este tipo de gestiones por motivos del coronavirus.

    • Hola Adrián, te recomiendo que solicites el certificado digital, ya que, se puede hacer con cita previa en el Ayuntamiento de tu localidad, de manera que puedas presentar la baja en autónomos.
      Espero haber aclarado tu duda.

  • hola.. mi sector se ha visto afectado. Era autonoma y tenia una foodtruck.. pero ahora ya no se cuando podre volver a trabajar ya que mi trabajo funcionava hiendo a conciertos, fiestas, ferias…. entonces me cancelaron todos los eventos y me di de baja de autonoma el dia 16 de marzo con fecha del 14. Podria acogerme a alguna ayuda?

    • Hola Anna, si estás de baja en hacienda y en Seguridad Social ya no será de aplicación la ayuda excepcional regulada en el artículo 17 del RD 8/2020 por disminución del 75% de los ingresos. Pero sí podrás solicitar la prestación ordinaria por cese de actividad si reúnes los requisitos para ello.
      Espero haber aclarado tu duda.

  • Buenas tardes. Tengo un camión que presta servicio para una empresa de transportes. El día 28 de marzo nos comunicaron que en principio se iba a parar a la mitad de los camiones, pues el volumen de trabajo ha caído bastante. El día 30 de marzo solicité a la mutua el cese de actividad, pues me imagino que estaremos casi todo el mes abril sin trabajar. Pero todavía no he tenido contestación de la mutua y no se si me corresponderá alguna ayuda, al ser transporte por carretera actividad que no ha parado. ¿Pensáis que tengo derecho a ayuda?
    Gracias y un saludo

      • Hola. Mi socia y yo tenemos una SL y pagamos autónomos como administradoras. Nosotras somos a la vez las trabajadoras de la empresa. Nos dedicamos a los campos de veranos y este año contanñbilzamos 0 ingresos y la temporada se da ya por terminada . Pensamos si podemos darnos de baja como autónomos o por ser administradoras de la empresa no podemos. En tal caso qué debemos hacer porque la empresa esta inactiva e incluso respondimos el contrato de alquiler del local en junio. Debemos dar de baja la empresa entonces? Muchas gracias por su ayuda.

        • Hola Angeles, si la empresa se encuentra inactiva, deberías presentar el cese de la actividad en la Agencia Tributaria, para tramitar la baja de autónomas societarias. En el caso de que no vayáis a reiniciar la actividad tendréis un mes para disolverla.
          Espero haber aclarado tu duda.

  • Muy buenas, soy autonoma, y antes d toda esta situacion cogi baja por fallecimiento de mi pareja. Dias despues tuve que cerrar ya que es una estetica, mi pregunta es, cual es la manera mas conveniente para pagar menos, seguir de baja y pagar cuota de autonomo e impuestos? O pedir prestacion por cese de actividad y ahorrarme la cuota? Mi gestor dice que siga de baja, pero yo no lo veo mas conveniente, gracias.

    • Hola Esperanza, mi recomendación es que continúes en la situación que estás, ya que, podrían no concederte el cese de actividad, y, por tanto, tendrías que pagar los autónomos durante el Estado de Alarma. Espero haber aclarado tu duda.

  • Hola en el dia 24 de marzo me dado la baja porque no sabia si tendra alguna ayuda…..en el dia 26 marzo me dado la alta ….porque mi jestora me ha dicho que tendrá alguna ayuda….en mi caso pierdo todo….soy autónomo i tengo alquilada una tienda …vendo joyería.

    • Hola Ilko, uno de los requisitos para acceder a la ayuda extraordinaria es estar dado de alta en el RETA. Te recomiendo que solicites alguna línea ICO para hacer frente a los gastos de tu negocio. Espero haber aclarado tu duda.

  • Hola,
    Al darme de baja en la Seguridad Social he puesto por error una fecha diferente a la fecha del cese actividad autónomos en hacienda. ¿Puedo modificar algo? ¿Qué consecuencias tiene? Gracias.

    • Hola Renata, si has cometido un error en la fecha del cese en hacienda, debes presentar un escrito solicitando la subsanación, ya que, puede generarte problemas si tramitas la baja de autónomos. Espero haber aclarado tu duda.

  • Hola hice un cese de actividad en hacienda mod. 036 en enero con efectos a 31 de diciembre de 2020,pero no me he dado de baja en la seguridad social. He pedido la ayuda extraordinaria por covid porq no puedo trabajar, y he pagado todas las cuotas, incluída la cotización de marzo, si me deniegan la prestación, con q fecha debo darme de baja de autónomos para no pagar más cuotas? Gracias

    • Hola Isabel, si te deniegan la prestación extraordinaria podrás darte de baja dentro del plazo de los tres días naturas siguientes al cese de actividad. Si cesaste el 31 de diciembre de 2020 en Hacienda, no te valdrá esa fecha para la baja de autónomo, a no ser que demuestres que realmente ya no ejerces actividad desde esa fecha.
      Espero haber aclarado tu duda.

      • hola hice cese acitivad en hacienda modelo 036 con efectos 31 de diciembre de diciembre de 2019, no he tramitado la baja de la seguridad social como autonomo y he continuado pagando las cuotas sin facturar nada. tramite la prestacion extraordinaria por covid y me la concedieron y he estado cobrandola hasta el 30 de junio. Ahora quiero dejar de pagar cuotas y darme de baja definitiva de la seguridad social porque no podre reanudar mi actividad. Con que fecha debo tramitar la baja en el RETA? para evitar alguna sanción.
        pongo efectos 31 de diciembre de 2019, o 14 de marzo de 2020 que es la fecha de cese extraordinario por prestación o puedo poner 30 de junio de 2020?. Repito todas las cuotas de Seguridad social estan pagadas hasta marzo que me concedieron la prestación extraordinaria por COVID

        • Hola Isabel, si te concedieron la prestación extraordinaria por causa mayor, podrás solicitar la baja definitiva como autónomo a partir de su finalización que fue el 30 de junio.
          Espero haber aclarado tu duda.

    • Hola, no entendí muy bien el plazo de tres días si es que tengo que ir a la oficina de la seguridad social en los tres días siguientes a la fecha de los formularios o como y si todo el proceso se puede hacer online o tengo que ir si o si a la oficina. Por otro lado mi marido esta de autonomo colaborador conmigo que soy la principal, tengo que darlo de baja a el tambien y luego darle de alta para ponerlo de principal? Por último para que no me cobren el mes siguiente hasta que fecha de ultimos del mes anterior puedo presentar la baja? Gracias

      • Hola, la baja de un autónomo se tramita por vía electrónica, sin tener que desplazarse a la oficina de la Seguridad Social. Si quieres poner a tu marido como titular de la actividad, deberás tramitar su baja como autónomo colaborador para emitir su nueva alta como titular de actividad tanto en Hacienda como en Seguridad Social.

        La cuota de autónomo se cobra el último día habil del mes, es decir, si no quieres pagar el mes de septiembre, debes darte de baja el día 31 de Agosto.

        Espero haber aclarado tu duda.

  • Hola. Muy interesante y completo el artículo.

    Tengo una duda: me puedo dar de baja como autónomo en hacienda con fecha diferida del cese de actividad de hasta 30 días? los 3 días que mencionas en el artículo son referente al lapso que hay desde la baja en hacienda hasta la baja en seguridad social? Actualmente estoy dado de alta como autónomo en actividades profesionales y también trabajo por cuenta ajena con contrato indefinido; la situación es que mi empresa ha tramitado un erte de reducción de jornada desde el primero de abril y hasta la fecha no me he dado de baja como autónomo. Ahora acabo de leer en la página del SEPE que si se está dado de alta como autónomo en el momento en que nace el derecho a la prestación por desempleo o reducción de jornada (ERTE) entonces esta no podrá ejecutarse por ser incompatible con el trabajo. No he facturado nada en este periodo desde el decreto de alarma. Será que me puedo dar de baja en hacienda con fecha del 20 de marzo por ejemplo? es que he leído en una página respecto a que al cumplimentar el modelo 036 y notificar la baja, se puede colocar una fecha de cese de actividad de hasta 30 días antes pero tengo mis dudas.

    Muchas gracias…

    Un saludo

  • Estoy de baja por I.P.T. desde noviembre ,trabajaba en cooperativa ,y como cobraba de seguridad social la incapacidad pensaba que estaba todo solucionado ,mi sorpresa es que solicité el 20/100 por tener más de 52 años me la deniegan por tener una actividad. me dirijo al trabajo y me dicen que a ellos les cobran autónomos y que yoe tengo que dar de baja en Hacienda con un papel que me harán de cese de actividad y que reclamé las cuotas de autónomos que ellos an pagado ,mi pregunta es si a mí la seguridad social me concedió la I.P.T. en noviembre me operaron otras
    vez en enero de recambio de prótesis de rodilla en enero pedí cita en Hacienda y me anulan por corona virus, no sé cuándo podré ir tendré algún problema por no informarme en la cooperativa hasta marzo un saludo

    • Hola Isabel, los autónomos que se encuentran en situación de baja por incapacidad temporal, no pagarán el autónomo a partir del segundo mes de baja. En el caso que te lo hayan cobrado, tendrás que solicitar los ingresos indebidos en Seguridad Social. En la situación de Estado de Alarma no se cuentan los plazos administrativos, por tanto, si te han anulado una cita, quedará suspendido hasta que se reinicie la actividad.
      Espero haber aclarado tu duda.

  • Buenas tardes, me di de alta como autónoma en Marzo porque para poder trabajar en mi empresa era requisito indispensable ser autónomo. Pago la cuota mínima. Yo no facturo, me pagan una cantidad acordada al mes. Quiero saber si ceso mi actividad como autónomo si tengo derecho a alguna ayuda. También me gustaría saber si puedo trabajar por cuenta ajena para otra empresa siendo autónomo. Gracias

  • Buenos días ,mi marido es autónomo en régimen especial, o sea, que paga aquí en España y trabajaba en Andorra, por un convenio que hay entre los dos países. Ahora que no estamos trabajando en Andorra, ¿como podría darse de baja en autónomos?, puesto que no tenemos igresos. Estamos llamando a todos sitios y no nos atiende nadie. Por favor, a ver si nos puede decir algo. Gracias de antemano

    • Hola Isabel, para poder tramitar la baja en Seguridad Social, hay que tener un certificado digital. Este trámite se puede realizar mediante la página web de la Seguridad Social.
      Espero haber aclarado tu duda.

  • Buenas tardes, por favor necesito ayuda co una pregunta, me hice autónomo para poder trabajar con glovo, y lamentablemente han tardado demasiado en todo el proceso, y luego de 1 mes me hicieron llegar la mochila y los materiales y ahora no he podido empezar pq no me deja registrarme en la app por un error. Entonces no pude pagar la primera cuota de autonomos, y me dijeron que ahora debo pagar casi 300 euros. Como puedo hacer porque nunca empecé la actividad ya que estoy dependiendo que glovo me solucione la app para poder trabajar, y me estoy endeudando con la seguridad social y nisiquiera he trabajado, no puedo pagar la cuota pq más bien tenía 3 meses desempleado y ahora peor que ha hasta deudas tengo por querer trabajar de repartidor.

    • Hola Daniel, cuando la cuota de autónomos no se pagan en plazo voluntario, se pierde cualquier bonificación y se paga un recargo sobre el importe de la misma. Deberías solicitar un aplazamiento sobre la deuda que tengas en Seguridad Social, de manera que evites acumular más.
      Espero haber aclarado tu duda.

  • buenas….tengo una duda:trabajo como limpiador autonomo y tambien estoy en una bolsa de empleo publico.estuve compaginando ambos hasta que pude y despues tuve que ponerme como no disponible en la bolsa de empleo publico(presentando el alta de autonomo).Ahora tengo mas tiempo y quiero volver a compaginarlo,para lo que me piden darme de baja como autonomo.¿puedo darme de baja un dia y de alta al siguiente dia?tendria algun problema?Muchas gracias

    • Hola Javier, según la Ley de Reformas urgentes del Trabajador Autónomo el número de altas y bajas en el año se limitan a tres veces, si lo hacer por cuarta vez se te cobrará el mes completo de autónomo. Espero haber aclarado tu duda.

  • Hola, Estoy de alta en autónomos cotizando el máximo como gerente de empresa de reformas, soy único empleado.
    No facturo desde hace meses y con e Coronavirus ya no veo opción, No se si se puede pedir alguna ayuda/paro.No puedo seguir pagando, he seguido los pasos del post y en la pag de hacienda no me genera el PDF de la baja.
    Como puedo hacer si no se puede ir fisicamente??.
    Gracias

  • Hola Pedro!!
    Soy autónoma, soy psicóloga y trabajo con niños con dificultades escolares. Tengo un local alquilado donde realizo dichas reeducaciones. Hasta septiembre no tengo previsión de trabajar por lo que quiero darme de baja de autónomos mientras tanto. Y , evidentemente, mantener el local.
    Mi duda es la siguiente: si me doy de bajo hasta septiembre pero he de continuar pagando la retención del local. Qué he de hacer ??
    Muchas gracias.

    • Hola, en el caso de que mantengas un local afecto a la actividad cerrado, podrás tramitar la declaración censal de baja o la modificación en datos relativos a actividades económicas y locales, de manera que, presentes el Modelo 115, pero estés de baja en autónomos por no ejercer la actividad.
      Espero haber aclarado tu duda.

  • Buenos días,
    en mi caso, yo tenía un pequeño local dónde realizaba actividades extraescolares a niños, sólo trabajaba 2 horas y media semanales pero aún así tuve que darme de alta de autónomos, hacía poco que había abierto el centro en octubre del 2019.
    Por el estado de alarma tuve que cerrar el 11 de marzo del 2020. Estuve esperando un tiempo prudencial hasta saber si recibiría algún tipo de ayuda o no, incluso el Gobierno tuvo poco tiempo para valorar las circunstancias y definir las ayudas, lo cual tardó unas semanas. Cuando me informé lo suficiente para saber que no recibiría ninguna ayuda decidí darme de baja de autónoma. La baja la realicé el día 7 de abril poniendo la fecha de baja el 1 de abril, sin cumplir con los tres días naturales de plazo, dado que no sabía que debía hacer hasta la fecha.
    Me cobraron el autónomo de marzo y de abril, supongo que por el plazo en el que me di de baja. Pero la realidad es que cerré de forma obligada por el estado de alarma desde el 11 de marzo, siendo éste un caso excepcional, imagino que no me multarán por no cumplir con el plazo pero aun así ¿sabéis si podría reclamar el pago del autónomo de marzo y abril? ¿Qué gestiones debería realizar? Muchas gracias.

    • Hola Ana, las bajas en Seguridad Social hay que darlas como máximo 3 días naturales posterior a la fecha del efecto, es por ello, por lo que te han cobrado el autónomo de abril. Por tanto, no podrías reclamar la cuota del mes de abril.
      Espero haber aclarado tu duda.

  • Hola buenas soy autonomo y estoy seguier pagando couta de autonomo. Gobierno pagado prestacion extraordinario hasta 15 de mayo. Mi pregunta es hasta cuendo va a pagar esta ayudas con esta situacion covid 19 ? Si no paga ayuda el govierno puede pedir Paro autonomo o no ?? Gracies.

    • Hola Kristian, la prestación extraordinaria se ha pagado hasta el 30 de abril, según la normativa aprobada esta ayuda tendrá duración hasta el último día del mes que se levante el estado de alarma.
      Espero haber aclarado tu duda.

  • Hola buenos días, en mayo del 2019 me di de alta como agente de seguros. En agosto, solicité la subvención del programa de estímulo a la creación y consolidación de trabajo autónomo. Desde enero no tengo ingresos por esta actividad, pero no me he dado de baja por no incumplir el requisito de estar de alta durante 12 meses. No habrá ningún problema por haber estado estos meses sin ingresos? Me dieron de alta en una asesoría, pero cuando llegue la fecha en la que haga 12 meses, me puedo dar de baja yo mismo con mi certificado?

    Un saludo

    • Hola, las obligaciones específicas de las personas beneficiarias de esta ayuda son: mantenerse de alta como autónomo mientras dure el periodo subvencionalbe, abonar las cuotas de autónomo y estar al corriente en Hacienda y Seguridad Social. Espero haber aclarado tu duda.

  • Buenos días, en marzo solicité la ayuda por la situación del coronavirus por reducción de ingresos de más del 75% la cual me fue aprobada.

    Los de mi mutua me comentaron que seguiría recibiendo la ayuda hasta que terminase el Estado de alarma y que no tenía que enviarle cada mes ningún dato contable.

    Este mes he vendido parte de la maquinaria más cara de mi negocio ya que creo que tendré que cerrar.

    Si por vender esta maquinaria se entiende que es ingreso, no tendré este mes una reducción de ingresos. ¿Deberé devolver la ayuda o cual es el procedimiento?

    Si durante el Estado de alarma consigo trabajo por cuenta ajena, ¿en automático dejaré de recibir la ayuda que tengo de autónomo por reducción de ingresos?

    • Hola alex, para cobrar la prestación extraordinaria del autónomo, habría que demostrar una reducción de ingresos en un 75%, de acuerdo con la regulación, se revisará el mes anterior de la solicitud, respecto al semestre natural anterior, es decir, si la presentaste en el mes de marzo, se tendrá que comparar con la media de facturación entre los meses de septiembre a febrero. Si has vendido inmovilizado de tu negocio, deberás contabilizar el beneficio o la pérdida obtenida por dicha enajenación. En el caso de que consideres que no cumples los requisitos para el cobro de esta prestación, deberás realizar un desistimiento ante la Mutua colaboradora.
      Espero haber aclarado tu duda.

  • Hola, tengo varias preguntas: si me quiero dar de baja de autónomos porque no trabajo en agosto, a partir de que fecha puedo tramitar la baja?.que fecha pondría en el formulario?
    si trabajo en julio, la cuota de ese mes se paga a final de junio?
    ultima pregunta: si mis ingresos son inferiores al importe de la cuota de autónomo, tengo que pagar toda la cuota?
    gracias!

    • Hola Mj, si quieres estar dado de baja durante el mes de agosto, debes tramitarla el día 31 de julio, es el que tienes que indicar en el formulario, y su cuota se pagaría el último día hábil de julio. Independientemente de los ingresos que obtengas tendrás que pagar la cuota de autónomo.
      Espero haber aclarado tu duda.

  • Buen día. Gracias por toda la Información. Querían preguntar, mi esposo está dado de alta como autónomo pero no ha facturado desde antes del Covid absolutamente nada, adicional trabaja por cuenta ajena en una empresa donde cotiza normal como empleado de ellos. Actualmente estoy embarazada y no sabemos si es mejor darse de baja como autónomo (ya que no está facturando) o seguir tal cual como está ? Puede esto ocasionar inconvenientes Al momento de pedir su baja postnatal en la empresa ??? Gracias

    • Hola, en el momento de solicitar la paternidad, se tendrá en cuenta la base de cotización del trabajador en el mes anterior a la fecha del nacimiento del menor dividido entre el número de días a que dicha cotización se refiere. Espero haber aclarado tu duda.

    • Hola, llevo dos años de autónomo ahora me quiero dar de baja como autónomo pero cogí una subvención que me obliga a estar tres años de autónomo. Que puedo hacer?cuánto tendría que devolver de la subvención?
      Gracias

      • Hola Meli, si tu alta de autónomo está sujeta a la aprobación de una subvención, debes mantenerte el tiempo que obliga la Ley, sino tendrás que devolver la parte que no has cumplido como beneficiaria. Espero haber aclarado tus dudas.

  • Buenos dias

    Muchas gracias, ha sido muy útil.
    Me gustaría comentar mi caso, pues estoy desconcertada y no sé qué hacer. Me quedé en paro el año pasado y en enero de 2020 me hice autónoma con un régimen especial de ayuda del SEPE y durante 9 meses, me pagan la prestación e intento salir adelante como autónoma. Como soy comercial, en marzo dejé de tener actividad y pedí la ayuda a mi Seguro por el cese y me la concedieron. No recibí ninguna notificación por parte de mi seguro de autónomo ni del Sepe de que no se pudiera y de hecho pregunté a un abogado e incluso Fremap no tiene constancia de que no sea compatible. El Sepe me estuvo pagando dos meses, por lo que tampoco me avisó de nada. Ahora no me han pagado el mes de mayo y he ocnseguido contactar con el Sepe y me dicen que seguramente tendré que abonarles los dos meses. En julio tengo cita presencial con ellos y les explicaré mi caso pero me gustaría saber si tenéis algún comentario al respecto, o si sabéis como debe proceder a partir de ahora. Muchas gracias

    • Hola Milagros, los autónomos que estuviesen dados de alta en el RETA el 14 de marzo, bien sea por causa mayor o por disminución de ingresos, tienen derecho a cobrar la prestación extraordinaria por cese de actividad. El RD Ley 13/2020 de 8 de abril modifica el artículo 17 del RD Ley 8/2020 y señala:
      “5. Esta prestación será compatible con cualquier otra prestación de seguridad social que el beneficiario viniera percibiendo y fuera compatible con el desempeño de la actividad que desarrollaba. Espero haber aclarado tu duda.

  • buenas tardes pedro!!!
    tengo una duda.
    quiero darme de baja de autónomo hace tiempo que trabajo en una empresa con un contrato de 40 horas a la semana….
    ¿Como podría hacerlo?
    debo 5 recibos y no se si debiendo dinero puedo darme de baja…
    Gracias

    • Hola Luis Andrés, tramitar la baja de autónomo, se puede hacer en cualquier momento del ejercicio natural, tendrás que tramitarlo por la página web de la Seguridad Social. Te informo de que la deuda tendrás que subsanarla, sino te podría traer problemas en un futuro.
      Espero haber aclarado tu duda.

  • Estoy dado de alta en el RETA, y solicite a primeros de junio pensión de jubilación con fecha baja 30-06-2020. Y me han reconocido la pensión con efectos económicos a 01-07-2020.

    La baja en Hacienda es un mes desde el 30-06-2020. El mismo 30-06 voy a presentar modelo 036 de baja.
    La baja en el RETA. ¿Hay obligación den notificársela a la Tesorería General? ¿O al haber solicitado la jubilación al INSS y habermela reconocido, la baja en el RETA se produce de forma automática?

    Un saludo. Y gracias

    • Hola Andres, independientemente de que la Seguridad Social haya aprobado tu jubilación, deberás presentar de forma telemática la baja en el RETA, indicando que causa baja por pensionista.
      Espero haber aclarado tu duda.

  • Como proceder para hacer un convenio con la Tesoreria de la Seguridad Social y seguir cotizando hasta la jubilación. ¿Me tengo que dar de baja primero como autonomo?. Debido al gran atasco que hay actualmente en la Tesoreria de la SS por todo el tema del Covid, me esta resultando imposible obtener cita previa. ¿Que debo hacer? porque se pasan los días y no avanzo nada. Muchas gracias

    • Hola Jesus, para llegar a un acuerdo con la Seguridad Social, debes tener una cita con ellos de forma obligatoria.
      Espero haber aclarado tu duda.

  • Hola Pedro. Muy útil tu artículos, se agradece la información tan bien explicada. Me surge una duda: Si me doy de baja de autónomos por ejemplo el día 24 del mes, pero especificando la fecha de la baja a un día anterior a la de la tramitación (por ejemplo el día 9 del mes), la seguridad social cobra la cuota de todo el mes, o sólo la parte proporcional de esos 9 días que habré estado dado de alta? Un saludo y muchas gracias.

    • Hola Carlos, la cuota de autónomo se pagará por los días efectivos que hayas estado de alta en el mes correspondiente.
      Espero haber aclarado tu duda.

  • Hola! Estaba de alta de autónomo como transportista, ahora he cesado la actividad y me he dado de baja de autonomo y he vendido el camión por 1200 euros. Tengo que declarar la venta del camión? Algunos me dicen que si y otros que no, que la venta de un vehículo no se declara, y yo solo quiero hacer las cosas bien. Mil gracias.

    • Hola Paulo, si tu vehículo estaba afecto a la actividad, deberás declarar el beneficio obtenido por su venta.
      Espero haber aclarado tu duda.

  • Hola buenos días mi consulta sería como puedo hacer para darme de baja en el autonomo en el anses me dicen que tengo que dar de baja para poder cobrar el IFE y yo en realidad jamás tuve nada no tuve nunca un negocio nada nada no tengo nada no entiendo porque figuró como autónomo yo lo que necesito es un certificado de baja para poder cobrar esa emergencia en este momento me encuentro sin trabajo y alquilo no tengo ayuda de nadie y bueno Esa es mi mi consulta me asombra enterarme que estoy en el afip cuando ya te digo jamás tuve ni tengo nada si alguien podría contestarme desde ya Muchas gracias al menos Dónde puedo dirigirme o algún teléfono que alguien me pueda asesorar

    • Hola Sandra, para tramitar la baja de autónomo, habrá que realizarlo vía online por la página de la Seguridad Social con un método de identificación, o solicitar cita previa para la presentación en papel del TA-521/Simplificada.
      Espero haber aclarado tu duda.

  • Hola, estoty dado de alta Como autonoma Desde el Julio 2017,en el 2018 al principio de septiembre decidi cerrar porque mi tinda era en bacarrota, le pedi a la asesora que me de de Baja en Todos Los sentidos, en febrero 2019 encontre trabajo con contracto de 20 horas semanales, en el marzo 2020 he entrado en ERTE por la empresa, y tambien de la otra empresa donde encontre otros 20 horas semanales Desde el mes de febrero 2020,por no recibir las prestaciones del ERTE, decidi preguntar por todas partea para ver de donde el error, asi que he llamado a la asesora que se encargaba de la documentacion de mi tienda para preguntar și ha Echo todo lo correcto con mis tramites de baja en Todos Los sentidos cuando cerre la tienda, donde Ella me contesto que me ha dado de baja solo por la asesoria no en la Hacienda y la SS, asi que yo sigo Dada de alta Como autonomo Desde el año 2017 hasta hoy sin saber, sin ejercitar ninguna actividad ni cobrar ni hacer ingresos, ni facturacion ni nada, que me tengo que hacer? No puedo cobrar las prestaciones del ERTE porque estoy dado de alta como autonomo, pero tambien me tengo que pagar la cuota del autonomos para todos estos años? Que me tengo que hacer? Estoy desesperada, desde el mes de marzo no recibo nada tampoco trabajo, no se que hacer y donde ir… Mil gracias!

    • Hola Liliana, si realmente la baja de Hacienda y Seguridad Social no se dió de baja por un error administrativo, deberías presentar un recurso ante las dos delegaciones acreditando el cese de actividad con algún documento acreditativo. En caso contrario, Seguridad Social te reclamará todas las cuotas hasta la fecha de cese, y, Hacienda te requerirá todos los impuestos que no hayas presentado.
      Espero haber aclarado tu duda.

  • Buenos días. Me voy a dar de baja como autónomo, es decir, voy a cesar mi actividad. Sé que tengo que darme de baja con la misma fecha en Hacienda y en la Seguridad Social. Ahora bien, en el modelo 037, ¿puedo darme de baja con fecha 31/07/2020 aunque cumplimente hoy el 037? Muchas gracias de antemano.

    • Hola Javier, la baja censal se puede realizar de forma previa a la fecha real de la situación de baja.
      Espero haber aclarado tu duda.

  • hola soy autonom transportista,desde febrero estoy de baja por un accidente que tuve el año pasado que no se curo devidamente y ahora no puedo trabajar con el camion,mi pregunta es puedo darme de baja de autonomos tanto de hacienda como de seguridad social?
    actualmente cobro la baja de Fremap,osea seguridad social unos 660 euros cada mes,
    si me doy de baja de modulos y seguridad social ,seguire cobrando lo mismo o ya no cobrare la baja, aparte se pede pedir el cese de actividad osea el paro de autonomos estando de baja?saludos

    • Hola, si te das de baja en el régimen de autónomos, dejarás de cobrar la incapacidad. Mientras estás de baja no puedes acceder a la prestación extraordinaria del autónomo. Espero haber aclarado tu duda.

  • Hola, buenos días, he estado como empleado hasta el 15 de diciembre y luego tome el paro que me se acabó en plena cuarentena el 19 de abril y no tenía derecho a ningún subsidio extraordinario porque no tengo familia a cargo, así que hace poco me he dado de alta como autónomo y tengo una tienda de ropa que he abierto desde el seis de junio, pero en este mes de agosto estoy cobrando muy poco, además me han puesto en cuarentena por algunos días hasta que no dan el resultado del test del Covid-19 que he hecho hoy. Si cierro la actividad al final del mes de agosto y me doy de baja como autonomo, que subsidio puedo pedir? Y la cuota como autónomo sería la misma si después algunos meses me doy otra vez de alta? (Ahora estoy pagando la quota base de 59,90€)
    Gracias

    • Hola Nicola, para saber el subsidio que pudiera corresponderte después de tramitar la baja en el RETA, deberás pedir cita en el SEPE para que estudien tu situación particular. Si te das de baja siendo beneficiario de la tarifa plana, no podrás volver a recuperarla hasta que vuelvas a cumplir los requisitos para acceder a ella.
      Espero haber aclarado tu duda.

  • Hola buenas tardes,

    trabajo en una empresa por cuenta ajena y soy autonomo desde el dia 24 de febrero como repartidor, la empresa a la cual trabajo se fue a ERTE el día 14 de marzo, como no habia cobrado el erte he pedido cita en el sepe y me dicen que no tengo derecho por ser autonomo, que tendría que darme de baja como autonomo para poder cobrar el erte y pierdo los meses que no he cobrado, lo que facturo como repartidor es muy poco y la empresa ha dicho que van a extender los ertes, si me doy de baja como autonomo pierdo la subvencion de tarifa plana, tambien he leido en la pagina de la seguridad social que si me doy de baja como autonomo por cuenta propia no tengo derecho a paro y no se si tendria derecho a cobrar el erte.

    como podria hacer? llevo mucho tiempo buscando de solventar mi situación y quiero hacer lo queme traiga menos inconvenientes a la final, porque viendo las opciones que tengo salgo perdiendo por todos lados.

    saludos

    • Hola Manuel, si estas trabajando por cuenta ajena y por cuenta propia, no podrás compatibilizar las dos prestaciones por desempleo. Si te han denegado el desempleo por ERTE será porque habrás cobrado la ayuda extraordinaria del cese de actividad.
      Espero haber aclarado tu duda.

  • Buenos días, soy un autónomo que tiene 28 años, llevo cotizado con tarifa especial 2 años y 5 meses, debido a la situación he decidido darme de baja porque soy una empresa que fábrica productos peleteros y mis clientes llevan sin hacerme pedidos 5 meses (no aguanto más pagando los costes fijos); mis preguntas son:

    1. ¿Es esencial darse de baja a la vez en SEPE y hacienda a la vez en esta situación?
    2. No estoy dado de alta en el paro, ¿ al darme de baja me dan inmediatamente en en el paro?
    3. Debido a que he cotizado con tarifa plana, ¿tengo derecho a una prestación por desempelo de cese de actividad?

    • Hola Juan Carlos, si te das de baja como autónomo, tendrás que inscribirte en la Oficina de desempleo tu mismo. Para tener derecho a cobrar el cese de actividad deberás cumplir los siguientes requisitos: Estar afiliado a la Seguridad Social y en situación de alta en el Régimen Especial del Mar, tener cubiertas las contingencias profesionales y la de cese de actividad y estar al corriente en el pago de las cuotas de Seguridad Social.
      Tener cubierto un periodo mínimo de cotización por cese de actividad de doce meses continuados e inmediatamente anteriores a la situación legal de cese de actividad, siendo computable el mes en que se produzca el hecho causante del cese de actividad.
      Estar en situación legal de cese de actividad.
      Suscribir el compromiso de actividad para el mantenimiento de la prestación a fin de realizar las actividades fomativas, de orientación profesional y de promoción de la actividad emprendedora a las que se le convoque.
      No haber cumplido la edad ordinaria de jubilación, salvo que no tuviera acreditado el periodo de cotización requerido para ello.
      Que no concurra ninguna de las incompatibilidades previstas en la Ley 32/2010, de 5 de agosto.
      Espero haber aclarado tu duda.

  • Hola,

    Siguiendo estos pasos, me he dado de baja como autónoma en agosto. Pero el 31 de agosto me cogieron la cotización de autónomos, que ha pasado?

    He presentado el modelo 036 con «Cese de actividades empresariales y profesionales», y también en la seguridad social tengo un documento que dice «RESOLUCIÓN SOBRE RECONOCIMIENTO DE BAJA: Régimen Especial de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos». Tenia que presentar también el modelo 037? El castellano no es mi idioma nativa, asi que me pregunto si he hecho alguna eror, para que me cobran todavía la seguridad social del mismo mes?

    Gracias

    • Hola Lena, si te has dado de baja como autónoma durante el mes de agosto, el 31 de ese mismo mes te cobrarán el correspondiente a los días que hayas estado de alta. Para tramitar la baja de autónomos, también deberás tramitar la baja mediante el Modelo 037 en la Agencia Tributaria.
      Espero haber aclarado tu duda.

  • Hice la alta en Barcelona, podría darme de baja en Galicia por ejemplo en la oficina de seguridad social y la hacienda allí ? No tengo el certificado digital para hacerlo en línea

    • Hola Claire, las altas y las bajas tanto en Seguridad Social como en Hacienda se pueden presentar en cualquier delegación del país. Cuando tramites la baja de Seguridad Social podrías tener problemas al hacerla en papel, ya que, actualmente es obligatorio hacerlo vía online.
      Espero haber aclarado tu duda.

  • Buenos días,
    Trabajaba como autónomo (tengo empresa SLU), actualmente me han contratado en otra empresa como trabajador y estoy en el régimen general, el anterior trabajo como autónomo era al 100% para otra empresa en contrato de agencia, firmé la carta de rescisión con el mes de preaviso y me gustaría saber como darme de baja de autónomo, para no pagar la cuota, pues la empresa de la cual soy administrador único va ha quedado sin actividad. Gracias

    • Hola Eduardo, la baja de un autónomo societario se tramita por la web de la Seguridad Social con el certificado digital, además debes presentar el Modelo 036 con el cese de actividad de la sociedad. Espero haber aclarado tu duda.

  • Hola buenas tardes mira soy atunomo y estuy de baja medical desde 18 de junio de 2020 y como tengo duda duda con seguridad social la mutua no me pagan nada por favor Nicieto un solucion llevo tres meses sin ningúno ingresó soy casado y tiengo una niña de tres años y me mujer esta embarazada POR FAVOR se hay alguien para hechar la mano un saludo!

    • Hola Elmokhtar, las prestaciones por incapacidad temporal se cobrarán cuando el autónomo esté al corriente de las obligaciones en Seguridad Social. Puedes intentar solicitar un aplazamiento para que te aprueben dicha prestación.
      Espero haber aclarado tu duda.

  • Buenas,
    soy autónoma, por un asunto familiar me tuve que ir a mi país y me olvidé de dar la baja en hacienda y seg soc. Me fui el día 7/08/2020 y volveré el finales de septiembre 2020. Tengo una consulta y quiero volver abrirla en octubre.
    ¿Que debería hacer? Vale la pena dar la baja? Me van a multar? Es que no tuve ingresos desde el día 7/09.
    Muchas gracias por aconsejarme

    • Hola Mahin, mientras no tramites la baja de Hacienda y Seguridad Social como autónomo, te cobrarán las cuotas referentes a los meses que estés en situación de alta. Si lo tienes domiciliado y lo pagas en voluntario, no te sancionarán ni pagarás recargos. En el caso de que no se paguen en voluntario, perderás cualquier bonificación y te incrementarán recargos de apremio.
      Espero haber aclarado tu duda.

  • Buenas tardes,

    acabo de encontrar la web y la guía que esta (casi) muy bien echa.
    He seguido paso a paso todo lo que esta escrito. He llegado a darme de baja de autonomo, y en el cese de actividad puse el dia 31/08, ósea hace 15 días.

    Después de haber comprobado que efectivamente estoy de baja, he seguido la guía paso a paso y me he encontrado el tópic:

    «¿Qué pasa si no me doy de baja en autónomos en plazo?»

    En el caso de que no presentes la baja en autónomos en Seguridad Social durante esos tres días naturales posteriores, la Administración puede obligarte a pagar la cuota de autónomos hasta la fecha efectiva de la baja, además, esa falta de comunicación en tiempo y forma podría conllevar a una infracción leve sancionable por un importe que va desde los 60 euros hasta los 625 euros.

    Ya que acabo de darme de baja, puedo hacer algo para evita de tener una multa futura de 625€?

    Muchas gracias por la ayuda

    • Hola Kevin, si te has dado de baja fuera del plazo de los tres días, es probable que la Administración te cobre la cuota de autónomos hasta el día que se hizo efectiva dicha baja. La sanción de 625 euros se aplica normalmente cuando la infracción lleva aparejada una multa más grave.
      Espero haber aclarado tu duda.

  • Hola Pedro,

    tengo 2 preguntas:

    1/ tengo la tarifa plana y pago 67e, como es eso posible? No es 60e la tarifa plana 2020?
    2/ cuanto cuesta el tramite para darse de alta como autonomo y el tramite para darse de baja? Para saber si mi gestor no ha anadido costes?

    Muchas gracias por antemano!

    • Hola Benjamin, si pagar 67 euros por la tarifa plana, es posible que tengas incluido el cese de actividad, que cotiza el 0,8% de tu base de cotización.
      Espero haber aclarado tu duda.

  • Hola buenas tardes.necesito darme de baja de autónomo eso es lo que me dicen en anses y por esas razones me han sacado todos los beneficios de mis hijos porque dicen que estoy tengo el alta en como autónomo y yo nunca hice nada otra cosa de más de lo que estoy trabajando necesito saber de qué modo lo puedo hacer porque yo nunca tuve actividad como autónomo

    • Hola Carmen, para darte de baja de autónomo tendrás que hacerlo de forma telemática en la web de la Seguridad Social, además de tramitar la baja censal en Hacienda.
      Espero haber aclarado tu duda.

  • Hola,
    Voy a darme de baja como autonomo en hacienda y en la seguridad social, y quiero pedir el convenio especial de la seg. soc. ¿que es mejor, dar de baja y pedir despues el convenio, o pedir directamente pasar de uno a otro? ¿lo conceden a todos?
    gracias

    • Hola Dominique, las personas que pueden suscribirse en el Convenio Especial de Seguridad Social son, entre otros, las personas físicas que trabajan por cuenta propia, siempre que continúen de alta, tengan 65 años o más y tengan 35 años o más de cotización. Para que te lo concedan deberás tener como mínimo un periodo de cotización de 1080 días en los últimos doce años inmediatamente anterior a la baja en el Régimen del que se trate.
      Espero haber aclarado tu duda.

  • Excelente informe. Muy preciso. Me ayudó muchísimo para hacerlo. Lo único donde me trabe en donde en la parte de baja de seguridad social que pude un código no sabía que poner. Era el código de la baja del formulario que estaba haciendo. Mi caso 036 Cese de la actividad…
    Gracias.

  • Hola!!!
    A ver si me podéis echar una mano.
    El 30 de abril presenté la baja de autónomos en la SS.
    El 14 de mayo recibo un mal de la SS en el que me dice que sigo aún dada de alta en hacienda, que lo subsane.
    El 18 de mayo presento vía online el formulario reducido por el covid 036-037.
    Pues resulta que el 1 de septiembre me dan de alta de oficio los de la seguridad social pero con fecha 1/5/2020, es decir, desde que me dí de baja.
    Me han pasado la cuota este mes 268,31 y resulta que desde que me dí de baja, al echarme tb. De otro empleo por cuenta ajena pedí el paro y lo he cobrado estos meses pasados, pero este mes no he cobrado el paro, porque me dieron de alta de autónomos de oficio.
    Qué puedo hacer?
    No he cobrado nada… Y encima he pagado 268, 31!!?
    No consigo hablar con la SS y la cita previa me la dan para el 5 de noviembre!!!

    • Hola Stela, para tramitar la baja como autónomo, hay que presentar la baja fiscal en Hacienda, en el caso de que no lo hagas, te mantendrá la Seguridad Social de alta de oficio. Deberías tramitar nuevamente la baja para que no acumules más autónomos sin pagar.
      Espero haber aclarado tu duda.

  • Buenos dias
    Soy autonomo y voy a cerrar en la mutua me dicen que por motivos economicos tengo que aportar las cuentas del ejercicio anterior al cierre.
    Si me doy de baja el 31/12/20 tengo que presentar las cuentas del 2019 me dicen, entonces me tengo que dar de baja el 1/01/21 ?
    La baja si es el 31 ese dia se puede facturar?
    Yo lo que quiero es no tener nada en el 2021 para evitarme papeleos ese año
    No se si me explico bien
    Saludos y gracias anticipadas

    • Hola Javier, si vas a tramitar el cierre de tu negocio por motivos económicos, y vas a cobrar el cese de actividad, debes demostrar la caída en tus ingresos. Si te das de baja el día 01/01/2021, por ese día, tendrás obligaciones fiscales. Si tu baja se tramita el día 31, sí podrías facturar ese día, pero sería el último.
      Espero haber aclarado tu duda.

  • He solicitado a mitad de Octubre mi jubilacion con fecha 1 de Octubre, cuando debo de presentar la baja como autonomo en hacienda y en la seguridad social, ya o cuando reciba la aprobacion de la pension.
    Saludos y gracias anticipadas.

    • Hola Juan Antonio, cuando se tramita la baja como autónomo, hay que indicar la causa, si desde el 1 de octubre ya estás jubilado (aunque no tengas la resolución), deberías haber tramitado la baja el día 30 de septiembre de 2020. Espero haber aclarado tu duda.

  • Hola Pedro,

    Sé que el artículo tiene algún tiempo, pero tengo una duda. Ahora mismo soy autónomo, pero el próximo martes empiezo a trabajar en una empresa por cuenta ajena. Tengo algunas facturas pendientes de cobrar de un cliente, así que tengo algunas dudas. Aunque la empresa me vaya a dar de alta como trabajador por cuenta ajena, la baja de autónomos la tengo que tramitar yo, verdad?

    Por otro lado, si hago cese de actividad en hacienda y baja de autónomo en el RETA, podré emitir las facturas que me faltan por cobrar? Debo emitirlas antes?

    Por último … me gustaría seguir colaborando de forma esporádica con mi principal cliente, pero será por un importe muy bajo al mes (100-200 euros). Puedo seguir dado de alta en Hacienda pero dar la baja en el RETA para hacerle las facturas??

    Gracias!

    • Hola Juan, la baja en régimen especial de autónomos la debe tramitar uno mismo mediante la web de la Seguridad Social con el certificado digital. En el caso de tramitar la baja en el RETA y Hacienda, no podrás emitir facturas, debes hacerlo antes de presentar la baja. Si el trabajo por cuenta propia va a ser esporádico, no es tu principal fuente de ingresos y no superas el salario mínimo interprofesional, sí podrías sólo estar dado de alta en Hacienda para declarar esas facturas eventuales.
      Espero haber aclarado tu duda.

  • Hola,
    en 2019 tenia una tienda de manicura, por circunstancias ajenas a mi tuve que cerrar. Confiando en que el gestor me daría de baja en RETA y demás temas burocraticos. Cual ha sido mi sorpresa este año que al reclamar el ERTE, ya que trabajo para otra persona, me dicen que no tengo derecho ya que aparezco como autonoma.
    ¿Cómo tengo que proceder en esta situación?
    ¿Puedo darme de baja pasado el tiempo reglamentario?

    Un saludo

    • Hola Lucia, si sigues apareciendo de alta como autónomo, deberás tramitar la baja en la web de la Seguridad Social, además asegúrate de que sí te hayan emitido la baja en Hacienda. La fecha efectiva de la baja será cuando la solicites, y tendrás que pagar las cuotas de autónomo que no hayas abonado.
      Espero haber aclarado tu duda.

  • Hola, soy autónomo societario, administrador solidario sin retribución con el 50% de participación en la sociedad. Quiero darme de baja de autónomos y que sea el otro socio (somos pareja de hecho) siga administrando la sociedad. ¿Qúe trámites debemos debo hacer?

    • Hola Beatriz, si vas a tramitar un cambio en el administrador, deberás presentar la modificación mediante el Modelo 036, para posteriormente, dar de baja al administrador saliente en la Seguridad Social y, seguidamente, dar de alta al administrador entrante.
      Espero haber aclarado tu duda.

  • Buenos dias. Un autonomo ha vuelta a su pais pero su gestor se niega darle de baja aquí en la seguridad social ni enviarle sus certificado digital para que el mismo lo puede hacer.
    Hay otra manera de darse de baja por favor?
    Muchas gracias y un saludo.

  • Muy buenas:
    El pasado mes de octubre me di de alta en el 037 con fecha de alta el 02/11. Al final nunca comencé la actividad y me quise dar de baja antes del 02 pero no me dejaba porque para darme de baja debía estar de alta. Tras ello el 03/11 hice la baja con fecha 02/11 y si me dejó, con lo que quedó alta y baja el 02/11. ¿Debo realizar las formalidades tributarias trimestrales y demás, a pesar de que nunca realicé actividad? ¿Existe algún problema respecto al RETA?

    Un saludo y gracias

    • Hola Luis, además de presentar la baja en Hacienda con el Modelo 037, y, no has llegado a presentar el alta del RETA, no debes tramitar nada en Seguridad Social. Con respecto a las declaraciones trimestrales, ya que no te han anulado el alta, sino que ha sido un alta y una baja, deberías presentar los impuestos del cuarto trimestre y sus resúmenes, marcando sin actividad. Te dejo un enlace donde encontrarás como rellenarlos y presentarlos https://www.billin.net/blog/como-hacer-la-declaracion-del-iva-trimestral-con-billin/.
      Espero haber aclarado tus dudas.

  • En el 2017 hice clave fiscál y a los meses le pedí a mi primo me hiciera la baja de autónomos y el siguió facturado sin decirme ya está hecha la denunci a pero me piden la baja y no puedo lograr la.Ana es me quitó todos los beneficios por ser autónoma y no lo soy

  • Hola, he seguido los pasos que mencionáis en el artículo sobre darse de baja en el RETA. Con la agencia Tributaria ha ido bien, ya la tengo con fecha 15-11-20, pero al ir a la Seguridad Social me indica que hay un error: el 6653 «para este nº de la Seguridad social no existe un alta en este régimen por lo que no procede acceder a la solicitud». He solicitado un certificado de situación actual y dice que estoy en situación de Alta.
    No se que hacer, y no hay manera de contactar con la seguridad social, ¡me puedes ayudar por favor!

    • Hola, si la Seguridad Social te indica ese error, has podido confundirte al rellenar el número de seguridad social o cualquier otro dato, en el caso de que te siga dando error, debes guardar esos comprobantes y enviarlos al correo electrónico de la Administración correspondiente informando de tu situación. Espero haber aclarado tus dudas.

    • Hola yo también tengo el mismo problema. Me he dado de baja en la agencia Tributaria, pero al querer darme de baja en la seguridad social, me pone ese mismo error 6653.
      Sin embargo, cuando consulto la situación actual del trabajador, me pone que estoy en situación de Baja.
      Ayuda.!

  • Buenas tardes. He leído los requisitos para solicitar la baja por cese de actividad telemáticamente. Yo estoy registrada en clave pin. Podría hacerlo con clave o necesito certificado electrónico?
    Otra pregunta: si la baja de mi actividad quiero que sea a partir del 1 de enero, cuándo tendría que solicitar la baja en la Seguridad Social y en Hacienda?

    Gracias y un saludo.

    • Hola, para presentar el Modelo 036/037 en la web de la agencia tributaria se puede hacer con certificado digital o introduciendo unos datos de verificación. Si quieres tramitar la baja a 31 de diciembre, debes presentarlo, como último día ese mismo 31 de diciembre. Espero haber aclarado tus dudas.

  • Hola, soy autónomo mas de 20 años, tengo problema con la vista y ya no puedo trabajar, con mes de julio la doctora me ha dado de baja medica hasta 15 de septiembre cuando hizo la propuesta para la incapacidad permanente para INSS. He presentado todo los documentos para incapacidad permanente en INSS. En la pagina TU Seguridad Social aparece todavía en tramites.
    Yo sigo dado de alta en la Agencia Tributaria como autónomo y también en la seguridad social. En el cierre del Trimestre 2 y 3 he presentado los modelos en negativo ( sin actividad)
    Mi pregunta es ¿si es correcto estar de alta como autónomo, hasta que recibo una respuesta del INSS, o tengo que darme de baja?

    Gracias

    • Hola Daniel, si estás tramintando la incapacidad permanente total, una vez que te la aprueben, lo normal es que la Seguridad Social te de la baja de oficio, sino deberás tramitar la baja por incapacidad. Espero haber aclarado tus dudas.

  • Hola! Este 8 de octubre termine después de 15 años de autónoma dependiente solo le trabajaba a mi empresa..ahora estoy en la situación q mi gestora no se aclara con la mutua y yo sigo de alta..me dejó q esperara a terminar los módulos y tal…solo quiero socilitar paro

    • Hola Isabel, en el caso de autónomo economicamente dependiente, las condiciones para cobrar el paro son: disponer de un contrato con su cliente principal, registrar el contrato en el SEPE y acreditar la finalización del contrato. Espero haber aclarado tus dudas.

  • Hola, trabajo como autonoma desde febrero de 2020, me di de alta para trabajar como repartidor/colaborador en la empresa Glovo de reparto de comidas y otras cosas, a día de hoy no estoy trabajando con ellos porque me dijeron que querían cesar el contrato conmigo sin siquiera darme una razón de peso de porque habían decidido hacer eso (yo intuyo que lo hicieron por que actualmente Glovo esta siendo investigado por fraude). El caso es que ellos me obligaron a hacerme autonoma siendo esta un alta fraudulenta ya que en realidad debería ser contratada por la empresa y estar en régimen general, se de el caso de compañeros que al estar en esta misma situación les han devuelto las cuotas pagadas (durante 2-3 años) y les han reactivado la promoción de los 60 euros durante un año. Yo tuve una cita telefónica con el SEPE y les comente mi caso, me dijeron que no podía hacer nada para recuperar la promoción y que la forma de darme de baja era primero en Hacienda y después tramitar la baja de autonomos a través de internet. El compañero que tuvo el mismo problema que yo me comento que a el le dieron una cita presencial y que ellos mismos se encargaron de gestionarle toda la baja, no entiendo porque a mi no me quieren ayudar. Me gustaría saber que puedo hacer en este caso, porque yo ahora mismo no estoy facturando dinero siendo autonoma y tampoco puedo cobrar el ERTE de la empresa en la que estaba trabajando, y me gustaría poder recuperar la oferta de los 60 euros anuales porque si tengo intención de ser autonoma de nuevo más adelante

    • Hola, si lo que quieres es tramitar tu baja de autónomos, debes presentar el Modelo 037 en Hacienda y la baja en Reta, podrás hacerlo tú misma con un certificado digital, en el blog de Billin, contamos con artículos que te ayudarán a hacerlo facilmente. Si actualmente eres autónoma, también puedes solicitar el cese de actividad aprobado en octubre en la Mutua que te corresponda, a esperas de que la situación pueda mejorar. Espero haber aclarado tus dudas.

    • Hola Marisa, para darte de baja en autónomos, tienes primero que tramitar el Modelo 036/037 en la Agencia Tributaria, para posteriormente, presentar la baja en la web de la Seguridad Social, necesitarás el certificado digital. Espero haber aclarado tus dudas.

    • Hola Ana, a la hora de jubilarse, se puede presentar la solicitud, hasta tres meses antes de la fecha de jubilación. Así que ya podrías solicitarla. Espero haber aclarado tus dudas.

    • Hola Luis, para solicitar la baja en autónomos, se necesita el certificado digital, si se encuentra fuera de España, podrá solicitarlo en la embajada española.
      Espero haber aclarado tus dudas.

  • Gracias por la información. Me ha sido muy útil. Solo tengo una duda, dónde encuentro el Código del Impuesto de Actividades Económicas?

  • … Buenos días. Me he dado de baja de Autónomo, y me he llevado la última sorpresa. Me di de baja el día 22, en HACIENDA y en SEGURIDAD SOCIAL. Aún así me han cobrado todo el mes, y un suplemento de 2 euros achacable a Septiembre. ¿A qué se debe esto?

    • Hola Jorge, si tu baja de autónomos ha sido posterior al día 15, es probable que la Seguridad Social, te haya cobrado el mes completo. La propia Administración te devolverá los ingresos indebidos que correspondan desde la fecha de tu baja de autónomos, lo hará de oficio, sin que tengas que reclamarlo.
      Espero haber aclarado tus dudas.

    • Hola Angel, para acceder a ese trámite en la web de la Seguridad Social, podrás hacerlo mediante usuario y contraseña, cl@ve o vía SMS.
      Espero haber aclarado tus dudas.

    • Hola Anastasia, tanto la baja en Seguridad Social como en Hacienda, deben coincidir en la fecha del cese de actividad, aunque puedes presentar alguna de ellas de forma previa. Espero haber aclarado tus dudas.

  • Hola, estoy totalmente carente de conocimiento en estos temas, le comento mi caso:
    Soy emigrante retornado, con 60 años de edad ,nunca he podido trabajar en España desde hace 2 años que llegue ,por lo que tengo cero tiempo cotizado ,ya agote la ayuda de emigrante retornado y estoy culminando mi primera RAI, tengo además una hija menor de 16 años conmigo. Y estoy totalmente carente de conocimientos en todo esto.
    Me han propuesto un contrato como autónomo, pero he leído que si causo baja no tengo derecho a paro, ni ayudas ni nada, salvo a la ayuda por cese de actividad si tengo 12 meses como autónomo, que no se si por mi edad y salud logre acumular.
    Es cierto que quedaría desamparado con mi hija en caso de no lograr cumplir el año de trabajo como autónomo?. No tendría ninguna ayuda por el sepe como hasta ahora ? Que me aconseja usted.
    Muchas gracias

    • Hola Jose, en el caso de que no te corresponda cobrar ninguna prestación, deberías solicitar el Ingreso Mínimo Vital para tu unidad de convivencia, siempre que cumplas los requisitos reglamentarios.
      Espero haber aclarado tus dudas.

  • Hola,
    me di de baja en Seguridad social como autónomo pero no ante la Agencia Tributaria, por lo que ahora me están notificando que al no presentar las declaraciones de IVA e IRPF, podría llegar a pagar multa a menos que presente documentación que respalde el cese efectivo de mi actividad laboral com autónoma y algún recurso que me permita ser excluida de la sanción. En tal caso qué documentación podría presentar?. Muchas gracias desde ya, estoy muy preocupada porque no encuentro la forma de resolverlo.
    Saludos

    • Hola Constanza, si te diste de baja de autónomos por una causa justificada, podrás presentar toda la documentación que justifique ese trámite, en cualquier otro caso, tendrás que presentar las liquidaciones correspondientes y pagar las sanciones correspondientes.
      Espero haber aclarado tus dudas.

  • Cuando me doy de baja de autónomos para una fecha diferente a la de hoy, la comprobación de que efectivamente me he dado de baja no saldrá hasta el día efectivo de la baja o el día en que la he tramitado?

    Gracias!

  • Hola buenas tardes estoy muy preocupada porque he cesado como autónomo y dado de baja en hacienda desde el 20 de octubre y por cuestiones de la SS no he podido tener cita virtual,solo una por teléfono,donde me respondieron que tenía que acudir a mi oficina,cómo me doy baja si desde entonces he intentado concertar cita y me es imposible,existe otra manera de hacerlo,un abogado o gestor que se encargue de hacer dicho trámite.gracias .

    • Hola Miriam, para tramitar la baja de autónomo, podrás realizarlo por la web de la Seguridad Social, sin tener que acudir a la oficina de forma presencial.
      Espero haber aclarado tus dudas.

  • Hola soy autónoma tengo tienda de ropa online, estoy dada de alta desde febrero de 2019, tengo la tarifa plana y me han dado una subvención, pero mi tienda no da muchas ganancias quisiera saber si me podría dar de baja en el mes de febrero de 2021, ya que cumpliría los dos años que tengo que estar por recibir la subvención?

    • Hola Dayana, si recibiste una subvención por inicio de actividad, es probable, que tengas que estar un tiempo determinado dada de alta, por el contrario, te solicitarían la devolución de la misma. Si ese periodo son dos años, y en febrero cumple ese tiempo, sí podrías darte de baja como autónomo.
      Espero haber aclarado tus dudas.

  • Hola, soy autonoma desde el 2007, con fecha 31/12/2020 me di de baja y nueva alta fecha 01/01/2021 para una sociedad civil, pero de momento no vamos a poder poner en marcha la sociedad, por lo que he solicitado la anulacion de la baja y el alta respectivamente en seguridad social para que me siga constando el alta del 2007. Tendré algún problema??

    • Hola Yessica, si has solicitado la anulación de la alta de autónomo de manera justificada, no debes tener ningún problema en dicha anulación.
      Espero haber aclarado tus dudas.

  • Buenas tardes,
    Estoy dado de alta como PROGRAMADORES Y ANALISTAS INFORMATICA. Estos últimos meses no facturé y no creo que lo vuelva a hacer por lo que pienso en pedir la baja de autónomos. ¿Al hacerlo perderé mi número de Seguridad Social? Lo pregunto porque en el corto plazo pasaré a ser trabajador por cuenta ajena y querría saber si el darme de baja como autónomo podría llegar a traer complicaciones en caso de que me contrate una empresa en los próximos meses.

    Muchas gracias

    • Hola Nicolás, el número de seguridad social se asigna a cada persona una sola vez, al igual que el NIF. Espero haber aclarado tu duda.

  • Hola, tengo una duda sobre prestación por maternidad. Cuando termine la baja maternal no voy a retomar mi actividad como autónoma. Me puedo dar de baja ya o eso afectará al cobro de la prestación de maternidad? Estoy de baja desde el 3 de diciembre, tengo que hacer la declaración del 3 trimestre del 2020; tengo que hacer también la del primer trimestre del 2021 aunque no tenga ninguna actividad? Muchas gracias de antemano

    • Hola Ana, mientras se cobra la baja por maternidad no se pagará cuota de autónomos. Si te das de baja en diciembre, tendrás que presentar el cuarto trimestre y el resumen correspondiente. Si en el año 2021 ya no estás de alta, no tendrás que presentar ninguna declaración. Espero haber aclarado tus dudas.

  • Buenos dias puedo darme de baja como autónomo y seguir en la seguridad social? la verdad tenemos dos trimestres sin operaciones pero no queremos perder los beneficios de la seguridad social

    • Hola Nora, para estar dado de alta como autónomo en Seguridad Social, debes ejercer una actividad económica y presentar los impuestos correspondientes. Por tanto, no podrás estar dado de alta como autónomo sin estar dado de alta en Hacienda. Espero haber aclarado tus dudas.

  • Hola buenas,
    Tengo 2 preguntas,haber si podéis ayudarme porfavor.
    La primera es:
    Estoy de alta de autónomo y me a salido otro trabajo por cuenta ajena,al ser pluriempleo,a la hora de hacer la declaración de la renta, me tocará pagar?
    La segunda es:
    Me puedo dar de baja del autónomo a últimos de mes de enero,con efecto a 31 de enero?O hay unos meses específicos para hacerlo?
    Gracias de antemano

    • Hola Alejandro, el hecho de tener dos trabajos, uno por cuenta ajena y otro por cuenta propia, no supone obligatoriamente que tengas que pagar en IRPF, eso dependerá de la cantidad de ingresos que recibas y de tu situación familiar y personal. La baja de autónomo puedes tramitarla cuando tengas un cese en la actividad, no hay un límite de meses para hacerlo. Te dejo un enlace donde encontrarás información sobre la baja de autónomos, https://www.billin.net/blog/darse-de-baja-autonomo-online/. Espero haber aclarado tus dudas.

  • Hola soy autónomo y x mi ignorancia no sabía q significaba yo estaba trabajando para una cooperativa de seguridad cazadores y me dijeron q me tenía q ser autónomo para podés trabajar y x mi nesecidad acudí a hacerlo cuando me quedé sin el trabajo nunca me dijeron q tenía q darlo de baja eso fue como en el 2007 y ahora no se cómo seguir con el trámite de baja

  • Tengo 71 años, medico, he ejercido siempre como autonomo, y en estos momentos estoy en situacion de jubilado percibiendo una pension de 750 euros. No obstante he mantenido mi actividad profesional y he seguido haciendo declaraciones trimestrales con ingresos anuales inferiores a 3000 euros.
    He dejado ya toda actividad profesional remunerada y quiero darme de baja en la actividad.
    ¿Basta con darme de baja la actividad en hacienda dado que en la seguridad social ya no cotizo al ser pensionista?.

  • Hola muy buen articulo, tengo una duda. En Junio 2020 me di de baja de Autónomo de la seguridad social y Hacienda realice la declaración de los 2T correspondientes al periodo que estuve de alta, para presentar la 390 tambien tenia que haber hecho la declaración del 3t y 4t? o la presento con lo que declare? he intentado comunicarme con haciendo por teléfono y es imposible, pedi cita y me la dieron para el dia 5 de Febero y ya estaria fuera de plazo. Gracias

  • Hola, muchas gracias por el valioso contenido!
    Sin embargo, me queda una pregunta. Deseo darme de baja como autónomo y dejar de pagar las coutas mensuales, esto debido a que recientemente he emprendido registrando una empresa fuera de España (Estonia). Al ya no requerir el derecho a facturar como figura autónomo, tampoco estoy obligado a pagar la Seg Social como autónomo, pero me gustaría seguir haciendo aportaciones de manera VOLUNTARIA. Es posible? Hacer aportaciones a mi Seg Social como persona física, sin actividad económica en España?
    De antemano, muchas gracias!

  • Hola Pedro,
    Tengo una consulta, me di de alta como autónomo y pago la tarifa plana de 60 euros al mes. He leído que no es necesario pagar la seguridad social si ganas menos del SMI. (Mi salario anula no llega a las 4000 euros).
    ¿Puedo dejar de pagar eso 60 euros y seguir dado de alta como autónomo (alta en hacienda)?
    ¿Como lo puedo hacerlo?, ¿que formulario o casilla debo rellenar?
    Saludos

  • Buenos días
    Mi mujer es propietaria de un taxi, quiero congelar la licencia hasta que consiga venderla , y tiene un asalariado desde hace varios años .
    Quiere liquidarlo pero este dice que su mujer está embarazada y se va a coger la baja por paternidad y en ese plazo no podrá despedirlo , ni abran ingresos .
    Que puede hacer ?
    Hay alguna solución ?

  • Hola buenos días! Quería hacer una consulta, mi papá trabajo muchos años con su patron que le pagaba el monotributo, ahora ya quiere jubilarse y fue al anses y le dijieron que figura como autónomo lo cual mi papá, no sabía confiaba en su patron, ahora queremos saber que pasos se deben seguir ya que él no tiene idea de la documentación a presentar y no se como ayudarlo ya que no se puede ir al afip en forma presencial

  • Hola soy autonomo y quero darme de baja pero el gestor que lo tenia no me quere dar el certificado digital dice que ia no lo tiene como puedo darme de baja solo ?? Gracias

  • Buenos días,
    llevo dos meses inactivo como autónomo y quisiera darme de baja hoy pagando este mes la mínima cuota posible de autónomo. Estamos a 25 de febrero.
    ¿Qué fecha efectiva de baja debo poner ante hacienda y la seguridad social? ¿22 de febrero para no exceder el plazo de tres días requerido por la seguridad social?

  • Hola buenos dias, os comento lo que me ha pasado:
    El día 02/03/2021 hice la petición por Internet de la jubilación, y el día 03/03/2021 me llama la funcionaria de la Seguridad social que ya visite para información y me dijo que tenía que pedir la jubilación el 31/05/2021,y antes de pedirla tenía que darme de baja en Hacienda y en la Seguridad social de ALCORCON, y me da toda la información en dos posit y una tirita de papel con el correo donde mandar la documentación o que por correo.
    Me dice que va anular la petición y le pregunto porque y me dice que porque tengo un convenio especial y le pregunto que convenio especial y me dice que estoy en un cese de actividad, y yo le digo que lo que tengo es una ayuda extraordinaria por bajos ingresos, con Fremap y que sigo trabajando, pero que sigo pagando autónomos.
    Y dice espera que lo miro, y me dice ah si, y digo entonces porque me quiere cancelar mi petición que tengo que pedirla el 31 de mayo y como dije antes me tengo que dar de baja en hacienda y en la Seguridad social y que luego pida la jubilación,.
    Yo no lo entiendo cuando a un compañero del taxi en septiembre pidió la jubilación anticipada y no tuvo ningún problema.

  • Hola mi marido obtuvo una agencia de mensajería y yo quedé como socia
    El tema que la agencia quebró y yo me quiero desvincular xq me separe como hago? El tampoco trabaja más en mensajería

  • hola soy autonomo y estoy de baja por accidente desde el dia 6 de febrero de 2020, en el mes de julio del 2020 me di de baja de actividad en hacienda y ahora como sigo de baja y me han dicho que me olvide de volver a trabajar por que estoy mal quiero darme de baja de autonomos ,pero el programa de la seguridad me dice que estoy fuera de plazo.
    como lo hago para darme de baja,? me doy de alta en la actividad y luego de baja ya que me han dicho que hay que hacerlo como mucho en 3 dias
    saludos

  • Buenos dias, soy autonomo y con fecha 2 de Marzo de 2021 pedí la JAV en la seguridad social para el día 31/05/2022, aún está pendiente de contestación por parte de INSS, y me dijeron en el INSS que tenia que darme de baja de Hacienda y en la Seguridad social, puedo hacerla ya las bajas o tengo que esperar hasta la fecha de mi jubilación y si puedo hacerlo con anterioridad, muchas gracias anticipadas.
    Un saludo.

    • Hola Miguel Ángel, para darte de baja en autónomos se debe indicar el impuesto de actividad económica, esa información se encuentra en los datos censales que tiene la Agencia Tributaria cuando tramitaste el alta correspondiente. Sin más, te dejo un enlace donde encontrarás toda la información sobre cómo tramitar la baja de autónomos, https://www.billin.net/blog/darse-de-baja-autonomo-online/. Espero haber aclarado tus dudas.

  • Me he dado de baja como autónomo en la agencia tributaria pero me resulta imposible hacerlo en la Seguridad Social al carecer de certificado digital y de Cl@ve. ¿Me pueden indicar algún procedimiento? Un saludo

  • Mi esposo se quiere dar de baja en autónomo y la AFIP no lo permite porque tiene una deuda .
    El está sin trabajo es diabético no lo toman en ningún lado porque es mayor de edad tiene 61 año.es ingeniero eléctrico.
    Yo no puedo cobrar la AUH porque en Anses figura como autónomo.
    el ya se dió de baja en todos lados pero en AFIP lo están extorsión ando . porque le dicen que hasta que no pague la deuda no le dan la baja.
    por favor me pueden guiar que hacer.

  • Pienso darme de baja como autónoma el día 1 de enero del 2022 y cesar la actividad de la empresa por motivos económicos,

    ¿Se paga el mes e enero completo de autónomo, sólo el día 1 o no se paga nada.

    El día 1 de enero también solicitaré el paro del autónomo,

    ¿ Desde qué fecha me pagan el par.

    Gracias por tus contestaciones.

  • Buenas , llevo como autónomo nada mas que un mes y creo que no lo estoy llevando muy bien por falta de trabajo. me gustaria saber si me puedo dar de baja

  • Hola,

    Llevo desde el año pasado con una tendencia de facturación a la baja y este último semestre en negativo, me quiero dar de baja para no tener que pagar la cuota en el mes de julio, y ya vencido el semestre y con él uno los requisitos para las ayudas que he estado recibiendo por la bajada de facturación por más de 75%, (en realidad más del 90%…)

    Hay alguna fecha en especial para darme de baja?, tengo certificado y puedo hacerlo ya en hacienda (con fecha de ¿….?) y esa misma fecha según nos dices en el artículo, reflejarla en la SSocial.

    Mi problema es que no se exactamente con que fecha tengo que hacerlo con suficiente antelación para no tener penalizaciones, ni pagar la cuota del mes que viene.

    Muchas gracias!

  • Buen día.
    Después de dar de baja en agencia tributaria y segsocial, habría que hacer algún tramite en la Hacienda de la diputación de Gipuzkoa? evidentemente tengo la obligación fiscal en este territorio.
    Gracias.

    • Hola Roberto, si quieres tramitar la baja de actividad y de autónomo, tendrás que hacerlo en Hacienda y Seguridad Social. En el caso de tener un local abierto al público tendrás que darlo de baja en la Administración local que corresponda. Te dejo un enlace donde encontrarás todo lo que debes saber para tramitar el cese de la actividad, https://www.billin.net/blog/darse-de-baja-autonomo-online/. Espero haber aclarado tus dudas.

  • Quiero que me asesoren necesito saber cómo denunciar usaron mi nombre y apellido para una empresa inexistente en affip lo cual me perjudicó los beneficios que tenía en anses soy desempleado y como puedo hacer para hacer esta denuncia ya que anses me explico que ellos no tienen relación con eso que es affip quien debe de darme asesoramiento y resolución de mi problema desde ya gracias.

    • Hola Ivan, ante una situación así deberías acudir a un profesional jurídico, te facilitará todos los pasos a seguir para llevar a cabo tu denuncia. Esta es la información que podemos ofrecerte desde nuestra plataforma https://www.billin.net/. Espero haber aclarado tus dudas.

  • Hola!
    Soy autónoma desde hace 24 años, anteriormente trabajé por cuenta ajena durante 7 años. Pedí el cese de actividad desde febrero de 2021 a 31 de mayo de 2021, me he dado de baja de autonómos y de Hacienda el 29 de junio, lo he hecho correctamente o tendría que haber seguido de alta hasta septiembre con las bonificaciones de las cuotas?
    Gracias!

  • Hola, quiero jubilarme anticipadamente el próximo mes de agosto y ya he hecho la solicitud correspondiente telemáticamente. Quisiera saber si para darme de baja en hacienda y en la S.S. debo esperar al último momento o si puedo hacerlo ya con fecha de agosto. Por cierto, la fecha de baja ¿sería el día en que cumplo los años o el día 30 del mes?

    Muchas gracias y un saludo.

  • Hola, estoy pensando en darme de baja como autónomo. Probablemente me vuelva a dar de alta en Septiembre o en cuanto me salga algún trabajo.

    Yo amortizo trimestralmente la compra de dos cámaras y aún me queda por amortizar durante un par de años. Estos son bienes de inversión a efectos de IRPF (+600€) pero no a efectos de IVA (menos de 3000€).
    Cómo puedo gestionar esto? Tendría que hacer algún «traspaso» a mi mismo como persona particular después de darme de baja? Y cuando vuelva a estar de alta? O puedo simplemente seguir amortizando «normalmente» y seguir haciendo mis declaraciones como si nunca me hubiera dado de baja?

    Por otro lado, el año pasado recibí una ayuda de la Comunidad de Madrid para nuevos autónomos que, por subvencionar la compra de inmovilizado, también voy «amortizando». (Esta ayuda requiere 2 años de alta como mínimo, lo cual ya superé, así que en teoría no habría problema con darme de baja). Cómo podría tratar esto?

    Gracias de antemano

    • Hola Miguel, en el caso de que tramites la baja de autónomo y la baja censal no podrás amortizar los bienes de inversión. En el momento que vuelvas a tramitar el alta y hagas uso de esos bienes de inversión, podrás amortizar lo que te quede pendiente desde el nuevo alta. Si has cumplido los requisitos exigidos por la recepción de una subvención, no deberías tener ningún problema al emitir la baja. No obstante te dejo un enlace donde encontrarás más información sobre los bienes de inversión y su amortización, https://www.billin.net/blog/tablas-amotizacion-pymes-autonomos/. Espero haber aclarado tus dudas.

  • Hola soy yessica yo estoy activa como autónomo y no se xq xq n soy autónomo pero me sale activa no se xq razón alguien me puede ayudar a dar de baja no se por estoy no tengo nada que ver n tengo nada de negocios soy pobre mamá de dos bebés y no puedo cobrar asignación x este problema alguien me puede ayudar favor ya no se hacer nesesito ayuda ni por embarazo puede cobrar x este problema

  • Hola, buenas, mi novio estaba de autonomo de uber eats y hace poco le he dado de baja, pero falle y di de baja solo en la seguridad social pero el modelo 036 no lo he presentado. he dado de baja el el dia 8 de julio, con baja desde 30 de junio, porque ya no trabajaba en ello y para pagar una gestoria le salia muy caro por ello yo investigue e intente hacerlo yo misma. pues el se dio cuenta que le han pasado el cobro de autonomo de este mes, sera porque no he presentado el modelo 036, fui corriendo hoy para presentarlo y ya esta hecho. pero mi pregunta es, el cobro se lo pasaran igual? podria de alguna manera recuperar ese dinero? ya que la fecha de baja consta como el mes de junio, ya estaba de baja en este mes. Gracias

  • Hola, hice el alta de autónomo para con fecha de 1 de Septiembre de 2021 on line.
    Ahora no me interesa porque posiblemente me contraten en una empresa.
    ¿Puedo anular el alta antes de que comience?
    Es por lo de la tarifa plana. No me interesa perder esa posibilidad para un futuro.
    Gracias

    • Hola María, si tienes una causa justificada para demorar la fecha de inicio de actividad por cuenta propia, podrás presentar un escrito de anulación a la Agencia Tributaria y a la Seguridad Social para que no se compute dicha alta. No obstante, te dejo un enlace donde encontrarás todo lo que debes saber para tramitar la baja de autónomo, https://www.billin.net/blog/darse-de-baja-autonomo-online/. Espero haber aclarado tus dudas.

  • Buenos dias,necesito darme de baja como autónomo en RETA y en hacienda.
    Me di de alta hace 2 meses pero nunca llegué a trabajar como autónoma ni a facturar nada.
    Ahora ya me han dado de alta como trabajadora dependiente en una empresa y he decidido dar de baja el autonomo.
    Mi duda es relativa a la fecha que tengo que indicar en los formularios como cese de actividad al no haber nunca tenido actividad.
    Gracias

    • Hola Cecilia, la fecha correspondiente a la baja de autónomos y de Hacienda es la fecha del cese de actividad, independientemente de que no hayas conseguido generar ingresos durante un periodo determinado, además estarás obligada a presentar los impuestos correspondientes al periodo de alta en la actividad. Te dejo un enlace donde encontrarás toda la información necesaria para tramitar la baja de autónomos, https://www.billin.net/blog/darse-de-baja-autonomo-online/. Espero haber aclarado tus dudas.

      • Gracias por tu respuesta.
        Entonces deberia indicar la fecha de hoy mismo si es hoy que me doy de baja tanto en hacienda como en la seg social.
        Al no haber ejercido no es que pueda indicar fecha de cese hace un mes por ejemplo porque entiendo que tengo 3 dias para presentar la baja una vez hecho el cese

  • Buenas tardes,

    Soy autónoma y el jueves pasado (30 de septiembre) me di de baja pensando que no iba a haber más ayudas y, por lo tanto, que no iba a poder seguir afrotando todos los gastos. Esta mañana me he enterado de que sí que se habían prorrogado las ayudas. :/ La duda que tengo es si hay alguna forma de anular la baja pasadas las 72 horas. Y en el caso de que no, ¿si me doy de alta con la fecha de 1 de octubre, podría solicitar las ayudas que he estado percibiendo hasta el 30 de septiembre? Muchísimas gracias por su ayuda y atención.

    Saludos

    • Hola Nela, para poder tener derecho a cobrar la prórroga del cese de actividad debe la Administración anular tu alta, y, para ello debes justificar dicha anulación. En caso de darte de alta desde el 01 de octubre de 2021, no podrás solicitar esas ayudas. Te dejo un enlace donde encontrarás una mayor información sobre las prestaciones extraordinarias del cese de actividad, https://www.billin.net/blog/ayudas-autonomos-por-coronavirus/. Espero haber aclarado tus dudas.

  • Hola:
    Tengo una duda. Tengo una SL de obras y servicios que desde la pandemia, Marzo 2020 ha ido a menos, y durante el 2021 no he tenido facturación, es decir, ningún ingreso.
    Mi pregunta es si es posible a fecha de hoy, darme de baja en autónomos y en hacienda por cese de actividad con fecha 01/01/2021.
    No he pagado los autónomos de este año, he intentado mantener la empresa por si me salía algún contrato para solventar la situación de deudas pero no ha sido posible.
    Si no puedo dar de baja todo con fecha de Enero, con que fecha podría hacerlo… con 60 días anteriores a hoy?.

    Muchas gracias

    • Hola Silvia, el hecho de presentar una baja fuera de plazo puede conllevar a sanciones administrativas, a no ser que se pudiera demostrar una causa de fuerza mayor, pero por el hecho de obtener pérdidas no sería un motivo suficiente, por tanto, la baja de autónomo no se puede tramitar con fecha retroactiva sin causa justificada. Te dejo un enlace donde encontrarás como tramitar la baja censal y de autónomo societario, https://www.billin.net/blog/darse-de-baja-autonomo-online/. Espero haber aclarado tus dudas.

  • Hola, mi padre va a hacer 65 años el 15 de febrero de 2022. Ha cotizado 43 años acutalmente por tanto le quedaria prestación del 100℅> Para tramitar la baja de autónomos en hacienda cuando tendría que realizarlo? Y en la seguridad social?

  • Buenos días, trabajo en una empresa en horario de mañana a jornada completa, cotizando en el régimen general, por las tardes soy agricultor con las viñas que herede de mis padres y mis suegros, teniendo que pagar la seguridad social agraria desde hace 3 años, ahora quiero dar de alta en la seguridad social agraria a mi mujer y darme yo de baja pues estoy con la espalda fastidiado y no puedo hacer las labores del campo, como puedo hacerlo, gracias

    • Hola Francisco, si eres propietario de unas explotaciones agrarias y vas a ceder su explotación a un tercero, debes realizar un contrato de arrendamiento, además de tramitar la baja en el régimen agrario y modificar el IAE agrario por el de arrendamiento. En el caso de que tu cónyuge sea dueña de la explotación, tendrás que tramitar tu baja en el régimen y el alta de tu cónyuge en el mismo régimen. Te dejo un artículo donde encontrarás una mayor información sobre cómo darse de alta en hacienda y seguridad social, https://www.billin.net/blog/darse-de-alta-como-autonomo/. Espero haber aclarado tus dudas.

  • Buenas hace tiempo mi negocio que es el alquiler de una plataforma de comidas tipo app, no es rentable, decidí seguir su artículo y darme de baja en el reta y la seg social, el problema es que estaba inscripto en 3 epígrafes y el formulario de baja solo me dejó escoger 1, pense que podría hacer 3 veces el formulario pero ya no me deja dice el siguiente error PARA ESTE NÚMERO DE SEGURIDAD SOCIAL EXISTE UNA BAJA PREVIA EN ESTE RÉGIMEN POR LO QUE NO PROCEDE ACCEDER A LA SOLICITUD y cuando entro a la seg, social para ver mi situación me sigue saliendo alta en autónomo, como puedo hacer para completar la baja total del reta y la seg social? muchas gracias.

  • Buenas! Me di de baja en la SS el 28/09/19 pero sin darme de baja en hacienda. La actividad había terminado en esa fecha pero presente la baja en hacienda fuera de plazo (en julio 2020 pero con fecha 28/09/19 como la baja de ss). Hacienda aprobó el cese en la fecha del 28/09/19 y no me aplicó ninguna sanción. Ahora viene ss a reclamarme todas las cuotas de autónomo que van desde esa baja del 28/09/19 hasta julio 2020 que es cuando presente la baja en hacienda. Es una deuda de más de 3000€, habría posibilidad que se extinga o sería un caso perdido? Gracias por su atención

  • Hola buenos días soy Raúl autónomo de trabajo construcción.
    En estos momentos estoy pasándolo muy mal no llego cubrir los gastos , los precios que da la empresa no es suficiente para realizar el trabajo y mantener a los los operarios,
    – estoy endeudando en la seguridad social.
    – en la acienda.
    Quiero dar de baja de autónomo, si podéis por favor antes por favor necesito tus ayudas gracias saludos

    • Hola Raúl, si estás generando deudas con Seguridad Social puede provocarte futuras repercusiones a la hora de solicitar cualquier prestación, por tanto, te recomiendo solicitar un aplazamiento antes de tramitar la baja, para ir subsanando la deuda según tus ingresos. Te dejo un artículo donde encontrarás una mayor información para solicitar el aplazamiento de tus deudas con Seguridad Social, https://www.billin.net/blog/aplazamientos-deudas-hacienda-seguridad-social/. Espero haber aclarado tus dudas.

  • Buenas tardes
    Llevo cotizados ininterrumpidamente 44 meses como autónomo y he estado cobrando cese de actividad por ayudas de COVID que acaban el 28 de febrero, si me es imposible seguir con el negocio y ceso mi actividad cobraré el paro de autónomo o por lo contrario la ayuda que me dieron por COVID ha contado ???

    • Hola Francisco, la prestación extraordinaria que han cobrado los autónomos durante el cese de actividad ha consumido el pago que se realiza en la cuota de autónomos como cese de actividad, dependiendo del tiempo que hayas pagado esa contingencia te podría o no corresponder. Te dejo un enlace donde encontrarás una mayor información sobre el cese de actividad en los autónomos, https://www.billin.net/blog/es-obligatorio-cotizar-por-el-cese-de-actividad/. Espero haber aclarado tus dudas.

      • Buenos días,

        tengo una consulta, estoy como asalariada con un 66% de jornada, también trabajo como autónomos, aproximadamente cada dos meses. Mi facturación como autónomos no llega al salario mínimo interprofesional (SMI). Me han comentado que si mi facturación de autónomos es esporádica, no llega al SMI, y estoy asalariada como actividad principal puedo darme de baja de autónomos y seguir facturando, ¿es cierto? ¿Debería mantenerme dada de alta en hacienda? ¿cómo lo gestiono? en mis facturas pago IRPF, no tengo IVA ni pagos trimestrales.

        Muchas gracias,

        • Hola Maribel, estando dado de alta en el censo de empresarios de Hacienda con el modelo 037, puedes facturar sin ser autónomo una cantidad menor al SMI de 2022, ahora bien, el problema está en saber qué considera la Seguridad Social como actividad habitual. En teoría para ellos no se debería de dar de alta como autónomo una persona que realice actividades que no son consideradas un medio de vida, sino como algo complementario u ocasional. Eso sí, cuidado si haces facturas todos los meses y con la misma cantidad, aunque sean pocas, se considerará que estás realizando una actividad habitual y recurrente y podrías tener problemas. Y si lo haces cobrando el paro, perderás la prestación automáticamente. No obstante, te dejo un artículo donde encontrarás todo lo que debes saber para facturar sin ser autónomo, https://www.billin.net/blog/facturar-sin-autonomo/. Espero haber aclarado tus dudas.

  • Hola me quiero dar de baja como autónomo pero no puedo nose porque alguien me ayuda dejo mi número 654934805

  • Hola.quisiera saber como dar de baja autonomo el papa de.mi hija es autonomo hace 4 años esta preso y yo hace 5 que me separe de el jamas me dio un centavo encima me sacaron asignacion por hijo. Por.el no pagar sus deudas digo yo que culpa tiene mi hija!?

  • Autónomo desde 12 marzo sin actividad.quiero darme baja autónomo final de este junio 2022..si lo hago el mismo día 30. Es correcto para cumplir con los requisitos para que no te ner devolver ayuda COVID19..el 30 se considera estar en alta..para el día siguiente 1 julio se considere baja..como lo hago para no tener problemas.. gracias de antemano

  • Hola me quiero dar de baja en autonomo por ala mama de mis hijos le sacaron la asignacion de los chicos. Yo hace 5meses que estoy privado de mi libertad y no se como hacer para que le devuelvan el salario de los chicos si me pueden ayudar estaria muy agradecido

  • Me he beneficiado de la reducción de cuota de autónomos en los últimos 4 meses por haber recibido la prestación por cese de actividad. He visto que los requisitos son estar dado de alta hasta el 30 de junio de 2022. Si pongo como fecha efectiva de cese de actividad el 30 de junio, ¿me harán devolver las reducciones de cuota o habré cumplido con los requisitos? Por lo que he leído de otras respuestas, si se pone como fecha efectiva de baja el 30 de junio se considera ese día como activo y solo a partir del 1 de julio ya se estaría de baja, así que se cumpliría el requisito, pero no estoy seguro. Si pusiera el 1 de julio tendría que hacer las declaraciones trimestrales en octubre aún sin actividad y todo ese lío, así que preferiría poner como fecha efectiva el día 30 de junio. ¿Podéis aclararme el tema? Gracias.

  • Buenas noches, he sido autónoma desde el 2021.
    Después de seis meses de baja por enfermedad, presento mis documentos en el INS para mi jubilación, el dia10 de octubre del 2022.
    Pensaba que todo estaba solucionado, y recibo una llamada telefónica en noviembre, la persona que estaba al tf me comunica que no pueden completar mi resolución por que no me había dado de baja en hacienda .
    Cojo cita y el 2 de diciembre me persono en hacienda y me cursan la baja de cese de actividad, a día de hoy, pensaba que estaba todo solucionado, intentando personarme en el INS para mencionarles que si todo estaba en orden! cuando hoy me dicen que si no me doy de baja de autónomo no se cursara la jubilación.
    Creo sinceramente que la organización es muy precaria a la hora de explicar al ciudadano, yo por mi parte no se hacerlo mejor, si no me indican como. Me están pasando por banco los recibos de autónomo, los estoy devolviendo.
    como me doy de baja? puedo reclamar este caso mío? Gracias
    Carmen

  • Hola yo me di de baja como autónomo puedo cobrar el cese de actividad estuve un año como autónomo pero me tocó cerra el negocio porque no era rentable pero tengo un asesor tan malo que me dice que el negocio no hubo pérdidas y no se puede demostrar y creo eso es uno de los requisitos que piden

  • BUENOS DIAS, SOY AUTONOMA Y ESTE MES DE MARZO HARE 1 AÑO, Y A LA VEZ COMPATIBILIZO CON UN TRABAJO TEMPORAL POR CUENTA AJENA, ME HAN DESPEDIDO DE ESE EMPLEO Y COMO AUTONOMA HACE MAS DE 6 MESES QUE NO ESTOY PERCIBIENDO INGRESOS, HE VERIFICADO EN EL SEPE Y NO PUEDO PEDIR EL PARO PORQUE SOY AUTONOMA Y ADEMAS NO TENGO MAS DE 360 DIAS COTIZADOS. QUE OPCIONES TENGO PARA RECIBIR ALGUN INGRESO O AYUDA??? POR FAVOR QUE PUEDO HACER?

  • Soy la administradora de una empresa S.L y quiero darme de baja mi socio me dice siempre si luego la próxima semana y así llevo lo que va de año y me sigue corriendo la cuenta de autónomo y realmente yo quiero saber que debo hacer para darme de baja, y también el precio.

  • Hola soy autónoma desde hace 8 años y Llevo 3 meses de baja médica.
    Quiero pedir el alta voluntaria porque me han ofrecido un trabajo como asalariada y aunque tenga que reposar quiero trabajar.
    La pregunta es , para darme de baja como autónoma y que no me cobren abril , cómo tengo que proceder ? Estoy en plazo ???

  • Buenas tardes. Soy autónomo desde hace 14 meses y trabajador por cuenta ajena a tiempo parcial desde hace más de 3 años. Desde el mes de febrero no estoy facturando nada ya que terminó el contrato de asesoría técnica que tenía con mi cliente principal. No sé si más adelante podré volver a generar ingresos, pero no puedo seguir haciéndome cargo del pago de la cuota de autónomos sin facturar nada, por lo que me voy a dar de baja como trabajador autónomo. Si me doy de baja hoy día 15 de mayo, ¿voy a tener que pagar la cuota completa del mes o solo estos primeros 15 días? ¿Tengo derecho a alguna prestación por cese de actividad si estoy trabajando a tiempo parcial por cuenta ajena? ¿Debo justificar el motivo de la baja y en caso afirmativo, de qué modo? Muchas gracias.

  • Por fin de contrato con unos comunidades en este momento tengo más gastos que ingresos.Eso es normal? Por este motivo tengo derecho al paró??

  • Hola, excelente artículo!

    Una pregunta

    Me di de baja de autónomo tanto en hacienda como en la seg social el dia 22. La seg. social me deja seguir cotizando hasta fin de mes.
    Puedo solicitar el paro desde el dia del cese de mi actividad o debo esperar al dia que termina la cotizacion en la seg. social? (tengo derecho a paro por haber estado en paro previo a darme de alta y haber estado de alta solo 3 meses)

    Gracias!

  • Hola, ¿qué ocurre cuando habiendo cesado ya como autónomo hace ya un año, y queda el código de agente exclusivo CIA seguros abierto? Gracias

  • Hola, cesé como autónomo por motivos de fuerza mayor, el 31 de agosto de 2022. Compartía local con un familiar que trabaja como agente exclusivo para otra CIA. Somos una SL. Me encuentro en exclusión social desde hace un año, porque todas las ayudas solicitadas me fueron denegadas reiteradamente con la misma respuesta: «POR EXCEDER DE INGRESOS»

    Olvidé cerrar el código de agente, y el familiar con quien trabajaba, siguió trabajando en mi nombre ( suplantación de identidad, me insinuó la AGENCIA TRIBUTARIA )

    No hice la declaración de la RENTA, porque no creí que tuviera que hacerla, al no percibir ingresos, dado que este familiar me desautorizó en la cuenta, y me impidió trabajar. Y todo esto, en unas circunstancias personales dolorosas ( agresión, fallecimiento de mi padre, … )

    No puedo pagarme un gestor o un abogado, para salir de esta situación que me ha perjudicado hasta el día de hoy. Ruego asesoramiento, para que no se me perjudique más. Gracias

  • Hola me di de alta de autónomo hace un par de meses pero ahora estoy trabajando en una empresa con contrato te lo que darme de baja como autónomo o se hace automáticamente alguien lo sabe gracias

  • Hola buenas tardes,

    Yo era autónoma pero me surgió, de la noche a la mañana la posibilidad de realizar un trabajo para la Administración. Sin embargo, resulta que tengo incompatibilidad absoluta, por lo que, de la noche a la mañana, me tuve que dar de baja de autónoma. Sin embargo, había facturas emitidas que todavía no he cobrado por acuerdos con el cliente y trabajos realizados, que no he tenido tiempo de cobrar. ¿Cómo puedo hacer ahora, tanto para cobrar esos trabajos realizados cuando era autónoma no cobrados, y cobrar las facturas emitidas no pagadas?

    Muchas gracias.