Actualizado: 06 octubre, 2023 · 22 comentarios · 14 min de lectura

¿Un autónomo puede contratar a alguien? Cómo hacerlo, cuánto le cuesta y consejos

un autonomo puede contratar
Validado por: Marcos De La Cueva - CEO Billin
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Si eres autónomo y necesitas contratar a un trabajador, te explicamos las opciones que tienes, las posibles ventajas y cómo hacerlo de forma correcta.

Un autónomo puede contratar al igual que una empresa y por eso te explicamos cómo hacerlo en detalle.

En este artículo encontrarás

¿Cómo puede contratar un autónomo a un trabajador?

Cuando eres autónomo y trabajas por cuenta propia, puedes encontrarte con una acumulación de tareas que requiera que contrates a alguien para cubrir tus necesidades, bien sea de forma puntual o de manera indefinida.

Aparte de poder contratar a un trabajador, un autónomo puede contratar a otro autónomo, mediante un contrato mercantil, como si fuera un cliente, sin poder aplicarle condiciones laborales ni horarios fijos de trabajo.

¿Qué le hace falta a un autónomo para contratar a un empleado?

Como cualquier otra empresa, un autónomo puede contratar a un trabajador mediante un contrato de relación laboral. En este caso, el autónomo tiene que pagar los seguros sociales del trabajador.

Para poder dar de alta a un empleado, el autónomo lo primero que debe hacer es darse de alta en Seguridad Social como empresario, presentando el Modelo TA-6 para inscribirse en dicho sistema. Posteriormente, tienes que solicitar el código cuenta de cotización (CCC) con el Modelo TA.7 y ya podrás dar de alta al trabajador con el Modelo TA. 2/S.

Y, por último, tendrás que registrar el contrato de trabajo en el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE). Todos estos trámites se realizan obligatoriamente de forma telemática, hasta el pago de las cotizaciones del trabajador tendrás que hacerlo usando el Sistema Cret@.

¿Cuánto cuesta contratar a un trabajador siendo autónomo?

El coste del seguro social y la nómina de un empleado va a depender tanto del Convenio de los trabajadores al que corresponda tu actividad, como del tipo de contrato, es decir, si es temporal, indefinido, parcial, total, etc.

Para que puedas hacer un cálculo aproximado, te diré que el coste de contratar a un trabajador en el régimen general ronda el 30% sobre el salario base.

¿Cuántas personas puede contratar un autónomo?

Existe un límite de contratación de trabajadores, cuando el autónomo está tributando en el régimen de módulos, ya que, podrá contratar desde 2 hasta 10 empleados como máximo, según el tipo de actividad que desarrolle.

Por ejemplo, si la actividad está relacionada con la industria del pan, podrá contratar un máximo de seis personas, mientras que el comercio al por menor, solo podrá un máximo de cinco trabajadores.

¿Un autónomo puede contratar trabajadores asalariados?

Como hemos comentado en los apartados anteriores, un autónomo puede tener trabajadores asalariados, siempre y cuando, se inscriba como empresario en la Seguridad Social y solicite un CCC.

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¿Un autónomo puede contratar a otro autónomo?

Más que contratar a otro autónomo, podemos decir que, un autónomo puede tener una relación laboral con otro autónomo mediante un contrato mercantil de prestaciones de servicios.

Pero, debes tener claro que el autónomo contratado no estará vinculado laboralmente a la empresa, y, por tanto, no se le puede exigir cumplir un horario de trabajo.

En este tipo de contratación comercial, en la que cada autónomo pagará su cuota a la Seguridad Social y emitirá mensualmente una factura por la prestación de sus servicios, según se acuerde en el contrato mercantil.

¿Un autónomo puede contratar a un familiar o cónyuge?

Según el artículo 1.1 del Estatuto de los Trabajadores, cuando un autónomo contrata a un familiar, hasta el segundo grado de consanguineidad, debe hacerse como autónomo colaborador, a excepción, de que se pueda demostrar que el trabajador, cumple con las características propias de una relación laboral y que no existe una dependencia entre el autónomo y el trabajador, entonces sí tendría que contratar al familiar en el régimen general.

Es decir, que si el familiar convive con el titular de la actividad, no recibe unos ingresos fijos y comparte los riesgos del negocio, entonces la contratación se haría como autónomo colaborador.

¿Un autónomo puede contratar a un extranjero?

Los pasos que debe seguir un autónomo para contratar a un extranjero son:

  • En el caso de extranjeros comunitarios, si el trabajador está estudiando o en prácticas, se le podrá contratar siempre que el empleo sea compatible con los estudios que está realizando, se le concedería una autorización de trabajo de un máximo de tres meses.

También son autorizados para trabajar aquellas personas que hayan finalizado sus estudios y lleven residiendo en España más de 3 años, siempre que no hayan sido becados por Organismos Públicos.

Para los que lleven residiendo en España de forma continuada durante un año de forma regular, también pueden ser autorizados para trabajar.

  • En el caso de extranjeros no comunitarios también podrán conseguir un permiso de trabajo, siempre que no estén en España de forma irregular.

Los extranjeros que consigan trabajo deberán presentar junto al permiso de trabajo, el contrato de trabajo, un certificado de antecedentes penales y certificado médico de que no padece ninguna enfermedad, de manera que se conceda ese nuevo permiso de trabajo.

Pasos para contratar como autónomos: con vídeo explicativo

Los pasos que hay que dar para contratar a un trabajador cuando eres autónomo son:

  • Inscripción como empresario en la Seguridad Social para obtener el CCC.
  • Comunicar cualquier variación que pueda afectar al autónomo, como cambio del domicilio fiscal, actividad económica, etc.
  • Comprobar que los futuros trabajadores estén afiliados a la Seguridad Social.
  • Comunicar cualquier variación que pueda afectar al trabajador, tanto en sus datos como en las condiciones laborales.
  • Registro y comunicación del contrato de trabajo.
  • Ingresar de forma mensual las cuotas de cotización.

¿Qué trámites legales puedes desarrollar en relación con la contratación de trabajadores?

Una vez realizado este trámite administrativo, estarás capacitado formalmente para completar los distintos trámites legales relacionados con la contratación de trabajadores, pudiendo establecer personalmente una nueva relación contractual con aquellas personas que entren a formar parte de la estructura de tu negocio, y que pasamos a enumerar a continuación:

Registro de altas, bajas y variaciones de los datos de todos aquellos trabajadores que desees que desarrollen sus tareas profesionales por cuenta ajena en el seno de tu negocio.

En este punto, es preciso aclarar que la normativa vigente establece la necesidad de comunicar todos estos movimientos asociados a los recursos humanos relacionados laboralmente con tu negocio, mediante los modelos TA.1 y TA.2/S, respectivamente.

Actualmente, la presentación de estos registros hay que hacerlos de forma telemática.

Además, tanto trabajadores autónomos como empresas con menos de 15 trabajadores, estarán obligados a realizar estos trámites telemáticamente, a través de la plataforma ‘RED Directo’, en la que se pueden gestionar, igualmente, otros trámites laborales como la notificación de altas y bajas médicas o la declaración de incapacidad temporal de un trabajador por cualquier causa.

Presentación y registro de los contratos de trabajo en el Servicio Público de Empleo Estatal que, se deberá formalizar en un plazo máximo de 10 días desde la firma efectiva del contrato laboral por ambas partes.

Desembolso de las cotizaciones correspondientes a cada trabajador en la Tesorería General de la Seguridad Social; durante todo el tiempo en que se mantenga tu relación laboral con cada una de las personas que desarrollan sus tareas profesionales en tu negocio, será obligatorio estar al corriente de sus cuotas de cotización, que, asimismo, deberán aparecer reflejadas expresamente en su nómina.

¿La contratación de trabajadores afecta a tu derecho a bonificaciones como autónomo?

Para finalizar, es preciso recordar que, desde octubre del año 2015, la decisión de contratar a otras personas para su participación laboral en tu proyecto de negocio no tendrá ningún efecto sobre tu posible derecho a recibir cualquier tipo de bonificación como trabajador autónomo, como puede ser la tarifa plana por inicio de actividad.

El coste real de la contratación de un trabajador

El coste que te supondrá tener un empleado dado de alta tendrá dos vertientes:

  • El sueldo bruto del trabajador, que se convertirá en sueldo neto tras aplicar las deducciones correspondientes, y será el que el trabajador cobre a final de mes.
  • La cuota patronal que está a cargo de la empresa, y se calculará en función de los coeficientes emitidos por Tesorería.
  • El coste de una Asesoría Laboral Online para que te elabore el contrato, la nómina y los seguros sociales.

Actualmente, existe multitud de calculadoras de coste salariales, donde podrás estimar el coste del trabajador, pero en Billin hemos creado una que puedes utilizar sin coste y todas las veces que quieras.

Calcula cuánto cuesta contratar un trabajador

Calcular el sueldo bruto del trabajador

Como cualquier empresa, no se le puede pagar a un trabajador lo que uno quiera, sino que, habrá que ceñirse al Convenio Colectivo de tu sector y a la Comunidad Autónoma que pertenezcas.

Vamos a ejemplificar de forma general, el coste bruto de contratar a un trabajador a 40 horas semanales, es decir, a jornada completa, por ejemplo, para los puestos más demandados sería:

Como cualquier empresa, no se le puede pagar a un trabajador lo que uno quiera, sino que, habrá que ceñirse al Convenio Colectivo de tu sector y a la Comunidad Autónoma que pertenezcas.

Vamos a ejemplificar de forma general, el coste bruto de contratar a un trabajador a 40 horas semanales, es decir, a jornada completa, por ejemplo, para los puestos más demandados sería:

  • Auxiliar administrativo, 13.900 euros al año, según el Convenio de Oficinas y Despachos de Madrid.
  • Licenciado o Graduado, 17.500 euros al año, según el Convenio de Oficinas y Despachos de Madrid.
  • Un camarero supondría unos 1.400 euros al mes, según el Convenio de Hostelería de Cataluña.
  • Dependiente de supermercado, 12.400 euros al año, según el Convenio de Comercio de Cataluña.

Los Convenios Colectivos están hechos para establecer el salario mínimo a cotizar según la categoría profesional, aunque se pueden pactar salarios superiores, dependiendo de la cualificación y experiencia del trabajador.

El trabajo los fines de semana u horas extraordinarias, también vendrán recogidas en el Convenio Colectivo, y suele llevar un incremento del salario bruto.

¿Cuánto tiene que pagar un autónomo a un trabajador en las siguientes situaciones?

Situación baja laboral

Cuando un trabajador está de baja médica el empleador tiene que seguir pagándole, aunque el gasto dependerá de diferentes factores.

⦁ Tipo de incapacidad temporal.
⦁ El origen de la incapacidad, es decir, por accidente de trabajo o por enfermedad común.
⦁ Lo que establezca el Convenio del sector con respecto a la incapacidad.

Si la incapacidad temporal es por contingencias comunes (enfermedad o accidente no laboral), la empresa debe seguir pagando las cotizaciones sociales del trabajador y parte del salario. Los primeros quince días de baja los asume el autónomo y a partir del 16, seguirá pagándole, pero podrá deducirlo en los seguros sociales del mes siguiente.

Esta situación puede durar un máximo de 365 días, con una prórroga de 180 días más, si existe posibilidad de mejora.

Por tanto, los pagos que debe hacer un autónomo a un trabajador por incapacidad temporal por enfermedad común son:

⦁ Del día 1 al 3, el trabajador no percibe nada.
⦁ Del día 4 al 15, el trabajador percibe el 60% de la base de cotización del mes anterior.
⦁ Del día 16 al 20, el trabajador percibe el 60% de la base de cotización, pero ya podría deducirlo en las cotizaciones sociales que paga el autónomo.
⦁ A partir del día 21, el trabajador percibe el 75% de la base de cotización, y una vez más el autónomo lo recuperará con la deducción en las cotizaciones del mes siguiente.

Si la incapacidad temporal es por accidente de trabajo, el empleado cobrará desde el primer día de baja y recibirá el 75% de la base de cotización, el autónomo asumirá este gasto desde el día 1 para deducirlo en las cotizaciones al mes siguiente.

Algunos Convenios Colectivos incluyen lo que se conoce como “complemento salarial”, donde obligan al autónomo a pagar el mismo salario en caso de baja médica, es decir, el 100%.

Horas extraordinarias o fines de semana

Los autónomos que no alguno de los métodos de registro horario e incumplan esta obligación, deberán pagar a los trabajadores esas horas como extraordinarias.

El hecho de no aportar el registro horario de un trabajador se sobreentiende que las horas se realizaron y no se pagaron.

Además, la Inspección de Trabajo puede obligar a contratar a todos los empleados a jornada completa si las horas están mal registradas.

Ayudas y bonificaciones para autónomos por contratación de trabajadores

Hay diferentes ayudas que ofrece cada comunidad autónoma y otras bonificaciones que ofrece la Seguridad Social por contratar a determinados trabajadores en las cotizaciones sociales.

Bonificaciones para personas con discapacidad

Por ejemplo, los contratos indefinidos se bonifican con hasta 6.300 euros anuales si el trabajador tiene más de 45 años y una discapacidad severa.
Para los contratos temporales con discapacidad grave se ofrecen bonificaciones de hasta 5.300 euros.
Si con la misma situación hay conversión de contrato temporal a indefinido también se bonificarán con un máximo de 6.300 euros.

Bonificaciones para Jóvenes menores de 25 años

Estas ayudas están dirigidas a contratos para la formación, y las cuantías anuales dependen del tamaño del negocio, por ejemplo, los negocios con menos de 250 trabajadores, le correspondería una bonificación del 100% sobre las cuotas sociales de contingencias comunes.

Bonificaciones para trabajadores procedentes de una ETT

En contratos indefinidos a trabajadores de una ETT que hubieran estado contratados por formación, la Seguridad Social ofrece 1.500 euros de reducción en las cuotas para los inscritos en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil, en el caso de mujeres llegaría hasta 1.800 euros.

Bonificaciones para trabajadores en situación de exclusión social

Si contratas a un trabajador en situación de exclusión social puedes bonificarte con contrato indefinido 600 euros anuales, con contrato temporal 500 euros anuales y la conversión de contrato a indefinido se bonifica en una cuantía de 650 euros anuales.

Bonificaciones en la conversión de contratos en indefinidos

Hay tres posibles bonificaciones para empresas con menos de 50 trabajadores que son la conversión de contratos en prácticas, conversión de contratos de relevo y conversión de contratos de sustitución por jubilación; en los tres casos se les bonifica con 500 euros anuales a los hombres y 700 euros anuales para las mujeres.

Bonificación para víctimas de tratas, violencia de género, terrorismo y violencia doméstica.

En el caso de víctimas de tratas las ayudas son de 1.500 euros si el contrato es indefinido y 600 euros si es temporal.

Para las víctimas de violencia de género y víctimas del terrorismo, la bonificación, dependerá del tipo de contrato, si es indefinido serán 1.500 euros anuales y 600 euros si es temporal.

Y, para las víctimas de violencia doméstica, son 850 euros para indefinidos y los de conversión, y 600 euros para temporales.

Bonificaciones para desempleados de larga duración

Las bonificaciones para trabajadores considerados parados de larga duración (más de 12 meses) son 1300 euros para hombre y 1.500 euros para mujeres al año.

Un autónomo puede contratar como cualquier empresa con lo que siempre que lo necesites podrás tener empleados a tu cargo.

La parte que debes tener en cuenta es que existen diferencias entre ser autónomo y SL que debes tener en cuenta

Si tienes cualquier consulta o duda, desde Billin estaremos encantados de ayudarte.

Sobre la persona que ha validado este artículo
Marcos De La Cueva - CEO Billin

Licenciado en ADE por la Universidad Autónoma de Madrid, Marcos De la Cueva es CEO y cofundador de Billin, un programa online que lleva más de 9 años ayudando a autónomos, pequeños negocios y gestorías a digitalizar sus presupuestos, facturas, tickets y gastos.
 
Sobre Marcos De La Cueva
 
Apasionado por el mundo empresarial y la tecnología, cursó su Máster de Finanzas en la Universidad Pontificia de Comillas y estuvo en el Programa de Cooperación Educativa de la Universidad Autónoma de Madrid.
 
Marcos siempre ha tenido su objetivo claro: ayudar a la creación de negocios financieramente sostenibles a través de una herramienta de facturación que les permita ahorrar tiempo y tener la contabilidad bajo control.
 
Marcos De La Cueva en los medios
— Entrevista sobre factura electrónica obligatoria en Canal Sur.
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22 comentarios

  • Hola buenas. El motivo de mi consulta es. Saber si yo puedo contratar un chófer para trabajar como repartidor de paqueteria. Yo soy autónomo. Me falta 3 meses para tener 1 año como autónomo gracias

    • Hola Francisco, los profesionales por cuenta propia que estén disfrutando de la tarifa plan para autónomos pueden contratar a los trabajadores que deseen para ampliar su plantilla, de acuerdo a los cambios previstos en la ley a partir del 10 de octubre de 2015. Te dejo un enlace donde encontrarás una mayor información sobre la tarifa plana, https://www.billin.net/blog/requisitos-cumplir-tarifa-plana/. Espero haber aclarado tus dudas.

  • Hola mi consulta es si la hermana de mi madre puede contratarme por cuenta ajena ya que ella es autónoma … soy Soy peruana y me encuentro en territorio Peruano.

    • Hola, podemos decir que un empresario en España puede contratar a un peruano, desde su país de origen, sin que se tome en cuenta la situación nacional de empleo de España. Esto se debe al convenio bilateral entre España y estos dos países. Te dejo un enlace donde encontrarás toda la información sobre la contratación de un trabajador extranjero, https://www.billin.net/blog/autonomo-contratar/. Espero haber aclarado tus dudas.

    • Hola Ramón, si quieres contratar a un trabajador, tendrás que llevar a cabo los siguientes trámites: Inscripción de la empresa (si no ha contratado anteriormente), afiliación del trabajador (en el caso de no estar afiliado), alta del trabajador y presentación del contrato de trabajo. Te dejo un enlace donde encontrarás una mayor información sobre cómo dar de alta a un trabajador, https://www.billin.net/blog/autonomo-contratar/. Espero haber aclarado tus dudas.

    • Hola Daniel, para contratar un trabajador debes solicitar una cuenta de cotización (ccc) y tramitar el alta según las condiciones laborales, categoría, duración, etc., además tendrás que registrar el contrato de trabajo. Te dejo un artículo donde encontrarás una mayor información sobre cómo dar de alta a un trabajador, https://www.billin.net/blog/autonomo-contratar/. Espero haber aclarado tus dudas.

  • Buenos días! Soy autónomo. Trabajo en la construcción. Necesito contratar un peón y tengo alguna duda. ¿Cuanto tendría que cotizar a la Seguridad social por el sueldo mínimo interprofesional?
    Debo precisar que la persona que quiero contratar ,no es ciudadano comunitario, tiene NIE pero sin permiso de trabajo. ¿Qué pasos tendría que dar para poder darle de alta y que contrato le puedo hacer?
    Gracias.

    • Hola Nicolae, la forma legal, salvo excepciones, de contratar a una persona sin papeles en España es celebrando un precontrato de trabajo para extranjeros en España y solicitar el permiso de trabajo y residencia pertinente. Por otro lado, indicarte que la contratación de un trabajador como peón debe hacerse según el Convenio Colectivo de la provincia al que pertenezca la empresa, y no por el salario mínimo interprofesional. En este enlace encontrarás una mayor información de lo que cuesta contratar a un trabajador, https://www.billin.net/blog/autonomo-contratar/. Espero haber aclarado tus dudas.

  • Hola, soy autónomo y quiero contratar a una persona, la pregunta es….me dan alguna ayuda por ser autónomo y contratar a alguien???

  • Como autónoma, soy agente exclusivo de ya Cía. De salud.
    Cuál es el coste total sueldo y seg social si necesito contratar un empleado x media jornada?

    • Hola Sandra, para contratar extranjeros no comunitarios, es necesario que dispongan del permiso temporal de residencia y de trabajo en España en vigor. Si no disponen de este, será el empresario quien lo solicite y una vez concedido el trabajador deberá obtener el visado para entrar en España. En el siguiente enlace encontrarás una mayor información sobre los tipos de contratos después de la reforma laboral, https://www.billin.net/blog/contratos-bonificados/. Espero haber aclarado tus dudas.

  • Buenas quiero expandir mi negocio y necesito evaluar costos para albañil y ayudante de albañil, tanto si se hacen autonomos y hacemos un convenio o registrandolos,, en mi caso yo soy autonomo con tarifa bonificada estoy por cumplir un año, me dedico a reformas integrales, muchas gracias, saludos

  • Tengo centro de bronceado y soy autónoma, tengo contratada a una persona y desde hace más de un mes está de baja por accidente IN ITINERE. Mi gestor dice que yo debo abonarle el 100% de la nómina y el INSs no me está cobrando las cotizaciones. Es esto correcto? Por accidente in itinere no tengo ninguna ayuda para pagar la nómina? Durante cuánto tiempo deberé pagarle la baja? No me da suficiente para contratar a otra persona que me ayude.

    • Hola, en general, el pago lo efectúa la empresa como pago delegado con la misma periodicidad que los salarios. En los casos de enfermedad común o accidente no laboral, el pago entre el 4º y el 15º día de la baja corre a cargo del empresario, a partir del 16º la responsabilidad de pago será del INSS o de la mutua. En el siguiente enlace encuentras todo lo que debes saber sobre la baja laboral de los trabajadores, https://www.billin.net/blog/bajas-laborales-autonomos-trabajadores/. Espero haber aclarado tus dudas.