Entidades Sin Personalidad Jurídica (ESPJ)
Actualmente, existe una forma de emprender sin tener personalidad jurídica, así es la ESPJ, que surge con la posibilidad de que los autónomos puedan constituir entidades en atribución de renta.
Esta modalidad ESPJ está cada vez más presente en el mercado y te contamos qué es, los tipos que existen, como tributan y algún ejemplo de entidad sin personalidad jurídica.
En este artículo encontrarás
¿Qué es una entidad sin personalidad jurídica?
La entidad sin personalidad jurídica es una manera de asociación en la que dos o más socios ponen en común sus recursos y sus habilidades, sin tener que crear una empresa con personalidad jurídica, pero que tendrá unos objetivos comunes, sean o no económicos.
Por tanto, esta entidad sin personalidad jurídica permite que los autónomos se asocien creando entidades en atribución de rentas, es decir, su tributación será mediante la atribución de la participación de cada socio, integrando estas rentas en la base imponible del IRPF del partícipe.
Su constitución es muy sencilla, ya que, no exige un capital mínimo, hay un mínimo de dos socios, pero no existe un máximo, la responsabilidad del socio es ilimitada, cada socio tributa en IRPF de forma independiente, los beneficios se reparten en función de lo que haya aportado cada uno y no necesita fijar una finalidad concreta, además, su constitución se hará en documento privado.
¿Qué se entiende por persona jurídica?
Una persona jurídica se entiende como una organización que busca un fin concreto y que puede estar formada por una o más personas físicas que actúan a través de una administración única o de modo conjunto, respondiendo a sus acciones como una única entidad.
Cuando se crea una persona jurídica, esta adquiere unos derechos y unas obligaciones como propios, por ello, necesita el reconocimiento legal por parte de la Agencia Tributaria para poder llevar a cabo su actividad económica.
La razón por las que se crean las personas jurídicas es con el objetivo de realizar una actividad empresarial para conseguir un objetivo determinado y común, entre todos los socios.
El objetivo de una persona jurídica puede ser económico (sociedad anónima o limitada), o sin ánimo de lucro (ONG).
Tipos de entidad sin personalidad jurídica
Veamos cuáles son las entidades sin personalidad jurídica:
Comunidad de bienes
La Comunidad de bienes (C.B.) es una forma muy sencilla de asociarse varios autónomos para llevar un proyecto en común, por tanto, se recomienda para empresarios con pequeños negocios.
La constitución de una C.B. se ejecuta en un contrato privado entre varios autónomos, denominados socios comunes, los cuales, ostentan la titularidad de una cosa o derecho pro indiviso, por el que esperan obtener un beneficio a través de su explotación económica. En el caso de aportar en su constitución bienes inmuebles o derechos reales sí habría que constituirla mediante escritura pública.
Con esta modalidad de asociación, el autónomo mantiene su condición como persona física y se beneficia de las bonificaciones de la tarifa plana, no teniendo que pagar la cuota de autónomo societario.
Sus principales características son:
- Mínimo dos socios para su constitución.
- La responsabilidad de los socios frente a deudas es ilimitada.
- Los socios tributan en IRPF.
- La C.B. se rige por el Código de comercio en materia mercantil y el Código Civil en cuanto a derechos y obligaciones, de ahí, que carezca de personalidad jurídica.
Sociedad civil
Otro ejemplo de entidad sin personalidad jurídica es la Sociedad Civil, consiste en elaborar un contrato privado de colaboración entre dos o más personas físicas para realizar una actividad conjuntamente con ánimo de lucro. Los socios pueden aportar trabajo como socios industriales o bienes y dinero como socios capitalistas.
Desde el año 2016, las sociedades civiles que tengan un objeto mercantil, es decir, que desarrollen una actividad económica, tienen que tributar por el Impuesto de Sociedades, y no en IRPF en régimen de atribución de renta.
Se establece en contrato privado, aunque se recomienda hacerlo en escritura pública, requiere un mínimo de dos socios, la responsabilidad de los socios frente a las deudas es ilimitada y personal, los socios deben estar dados de alta en autónomos pudiéndose beneficiar de la tarifa plana, se rige por el Código de comercio en materia mercantil y Código Civil en cuanto a derechos y obligaciones, y admite diferentes formas de administración y representación (única, solidaria y mancomunada).
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¿Cómo tributan las ESPJ?
La entidad sin personalidad jurídica cuenta con una serie de obligaciones fiscales, al igual que una entidad con personalidad jurídica.
En el caso de obtener beneficios como socios capitalistas tendrán que presentar el Modelo 123 y el Modelo 193, es el resumen del año anterior.
Pero, si por el contario, aportan trabajo, presentarán el Modelo 130 cada uno de los socios comuneros de manera trimestral y la declaración de la renta incluyendo su atribución de beneficios.
La entidad sin personalidad jurídica presenta el resumen para calcular el rendimiento final, donde se debe especificar y justificar el reparto de beneficios entre los socios.
Esta modalidad de constituirse como entidad sin personalidad jurídica es muy sencilla y facilita los trámites, aunque debes tener en cuenta, que quedas excluida de algunas ayudas y subvenciones.
Las Entidades sin personalidad jurídica son útiles en determinados casos para simplificar el proceso de crear un negocio. Si tienes algún tipo de duda, utiliza los comentarios y te responderemos.
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2 comentarios
Tenía pensado constituir una ESPJ con 2 socios más y nuestras dudas es si los socios tributan por atribución de rentas ó de lo contrario es la entidad la que tributa por impuesto de sociedades?
Hola Miguel, como opciones de Entidades Sin Personalidad Jurídica nos encontramos con la Comunidad de Bienes y la Sociedad Civil, que son la manera más sencilla y habitual de asociación entre autónomos. Desde 2016 las sociedades civiles con objeto mercantil, es decir, que realicen una actividad económica, tienen que tributar por el Impuesto sobre Sociedades. Mientras que anteriormente tenían que hacerlo por el IRPF en régimen de atribución de rentas. En el siguiente enlace encontrarás todo lo referente a las sociedades civiles, https://www.billin.net/blog/que-es-una-sociedad-civil/. Espero haber aclarado tus dudas.