Cuota cero de autónomos en Madrid: quién puede pedirla y cómo
Emprender en la Comunidad de Madrid ahora es más accesible gracias a la cuota cero para autónomos, conocida como “tarifa cero”, una medida que elimina el coste de la cotización a la Seguridad Social durante un periodo de tiempo para determinados colectivos.
Esta iniciativa busca fomentar el autoempleo y apoyar a quienes deciden iniciar su actividad profesional en la región.
En este artículo, te explicamos quiénes pueden acceder a la cuota cero, cuáles son los requisitos y qué pasos debes seguir para beneficiarte de esta ayuda.
Si estás pensando en emprender, ¡esta información te interesa!
En este artículo encontrarás
- 1 ¿Qué es la cuota cero para autónomos en la Comunidad de Madrid?
- 2 ¿Quiénes pueden beneficiarse de la cuota cero para autónomos en la Comunidad de Madrid?
- 2.1 Autónomos con cuota reducida inicial
- 2.2 Autónomos con ingresos netos bajos
- 2.3 Autónomos de colectivos vulnerables (24 meses iniciales)
- 2.4 Extensión de hasta 36 meses para colectivos vulnerables
- 2.5 Mujeres autónomas que vuelven al trabajo tras la maternidad
- 2.6 Autónomos con prestación por cuidado de menores
- 2.7 Cuantía y duración de la cuota cero en Madrid
- 3 Condiciones para mantener la cuota cero de autónomos en Madrid
- 4 Plazos para solicitar la cuota cero en Madrid
- 5 Pasos para solicitar la cuota cero de autónomos en la Comunidad de Madrid
- 6 Conclusión
¿Qué es la cuota cero para autónomos en la Comunidad de Madrid?
La cuota o tarifa cero para autónomos en la Comunidad de Madrid es una medida diseñada para fomentar el autoempleo, reduciendo los costes iniciales que los emprendedores enfrentan al comenzar su actividad profesional.
Esta iniciativa permite a ciertos colectivos de autónomos disfrutar de una bonificación total en la cuota de la Seguridad Social, complementando la conocida tarifa plana.
En términos prácticos, mientras un autónomo que se beneficia de la tarifa plana paga una cuota reducida de 80 euros al mes, con la cuota cero esta cantidad se elimina por completo.
De esta forma, durante el periodo bonificado, el trabajador autónomo no tiene que abonar ninguna cantidad por su cotización a la Seguridad Social.
El objetivo principal de esta medida es impulsar el emprendimiento y facilitar la creación de nuevos negocios en la Comunidad de Madrid, aliviando la carga económica durante los primeros meses de actividad.
Además, busca apoyar a colectivos específicos, como jóvenes, mujeres y personas en situaciones vulnerables, promoviendo la inclusión laboral y la igualdad de oportunidades.
La cuota cero, por tanto, no solo representa un alivio financiero para los autónomos, sino también una oportunidad para que nuevos emprendedores puedan enfocarse en hacer crecer su proyecto sin preocupaciones adicionales.
¿Quiénes pueden beneficiarse de la cuota cero para autónomos en la Comunidad de Madrid?
La tarifa cero para autónomos en Madrid está diseñada para apoyar a un amplio grupo de emprendedores, incluyendo tanto a nuevos autónomos como a colectivos que enfrentan mayores desafíos.
A continuación, detallamos los perfiles que pueden acogerse a esta ayuda:
Autónomos con cuota reducida inicial
Pueden beneficiarse los trabajadores por cuenta propia que, tras darse de alta, hayan disfrutado de la cuota reducida por contingencias comunes y profesionales (es decir, 80 euros al mes bajo la tarifa plana estatal) durante los primeros doce meses naturales completos desde el inicio de su actividad.
Autónomos con ingresos netos bajos
Aquellos autónomos cuyos rendimientos netos anuales sean inferiores al salario mínimo interprofesional (SMI) podrán extender la bonificación de la cuota cero durante un segundo año completo, es decir, otros doce meses adicionales tras el primer año de ayuda.
Autónomos de colectivos vulnerables (24 meses iniciales)
Trabajadores por cuenta propia que pertenezcan a alguno de los siguientes colectivos tienen derecho a extender su bonificación durante los primeros veinticuatro meses de actividad:
- Personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33%.
- Víctimas de violencia de género.
- Víctimas de terrorismo.
Extensión de hasta 36 meses para colectivos vulnerables
En el caso de autónomos pertenecientes a colectivos vulnerables, como los mencionados anteriormente (discapacidad, víctimas de violencia de género o terrorismo), la bonificación puede ampliarse durante otros treinta y seis meses adicionales, siempre que sus ingresos netos anuales se mantengan por debajo del SMI.
Mujeres autónomas que vuelven al trabajo tras la maternidad
Las trabajadoras autónomas que hayan cesado su actividad por motivos relacionados con la maternidad, como el nacimiento de un hijo, adopción, guarda con fines de adopción, acogimiento o tutela, y regresen al trabajo por cuenta propia en los dos años siguientes al cese.
Pueden acogerse a la cuota cero durante los veinticuatro meses inmediatamente posteriores a su reincorporación.
Autónomos con prestación por cuidado de menores
Los trabajadores autónomos que reciban la prestación para el cuidado de menores afectados por cáncer u otras enfermedades graves y que ya estén disfrutando de la bonificación estatal podrán acogerse a la cuota cero durante todo el periodo en que se extienda esta prestación.
Como ves, la cuota cero de autónomos en la Comunidad de Madrid es una herramienta de apoyo clave para quienes desean emprender o mantener su actividad en condiciones más favorables, especialmente si forman parte de colectivos vulnerables o si sus ingresos netos son bajos.
Esto demuestra el compromiso de la Comunidad de Madrid con la inclusión y el desarrollo económico de los autónomos en la región.
Cuantía y duración de la cuota cero en Madrid
Los autónomos que se den de alta en el Régimen especial de trabajadores autónomos (RETA) y opten por acogerse a la tarifa plana, tendrán derecho a una bonificación durante su primer año de actividad.
Esta bonificación equivale a un total de 960 euros, que corresponde al pago de 12 meses de la tarifa plana (80 euros mensuales). Este es el importe que la Comunidad de Madrid cubre de forma íntegra.
Adicionalmente, la Comunidad de Madrid ofrece una extensión de doce meses más para autónomos que se encuentren en situaciones especiales, como aquellos que no hayan alcanzado el ingreso suficiente para superar el SMI o aquellos que pertenezcan a colectivos vulnerables.
En estos casos, la tarifa cero de la Comunidad de Madrid se extiende por un segundo año completo, lo que supone un total de 1.920 euros en ayuda.
Crea presupuestos, facturas y tickets fácil y sin errores.
Consigue el programa de facturación Billin gratis con el Kit Digital.
Nosotros te ayudamos a solicitar la ayuda sin coste.
Al registrarme acepto los términos y condiciones y la Política de Privacidad.
*Billin es una solución de factura electrónica 100% subvencionada para autónomos y empresas de 0 a 49 empleados con el Kit Digital.
Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, España Digital 2025, y Plan de Digitalización de Pymes 2021-2025 de los fondos Next Generation de la UE.
Condiciones para mantener la cuota cero de autónomos en Madrid
Para poder beneficiarse de la tarifa cero en la Comunidad de Madrid, es necesario cumplir con una serie de requisitos generales y específicos que aseguren el correcto disfrute de la bonificación.
A continuación, te explicamos los más relevantes:
-
- Alta como autónomo a partir del 1 de enero de 2023: sólo pueden beneficiarse de la tarifa cero aquellos autónomos que se hayan dado de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) a partir del 1 de enero de 2023.
- Estar acogido a la tarifa plana: que permite a los autónomos pagar una cuota reducida de 80 euros mensuales durante el primer año de actividad.
- Mantenerse en alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA): es fundamental que permanezca dado de alta en el RETA durante todo el periodo de la bonificación.
- Residencia y desarrollo de la actividad en la Comunidad de Madrid: la tarifa cero es una ayuda que ofrece exclusivamente la Comunidad de Madrid, por lo que para acceder a ella, el autónomo debe residir en la Comunidad de Madrid y desarrollar su actividad empresarial o profesional dentro de la región.
- Estar inscrito en el censo de empresarios, profesionales y retenedores de la AEAT: esta inscripción es una condición necesaria para que el autónomo sea considerado beneficiario de la cuota cero. Se realiza a través del modelo 036 o modelo 037.
- Estar al corriente de las obligaciones con la Seguridad Social y la Agencia Tributaria: esto incluye el cumplimiento de las cotizaciones sociales y el pago de los impuestos correspondientes a su actividad.
- Elaboración del Plan de Prevención de Riesgos Laborales: si la actividad no requiere este plan, el autónomo debe declarar que está exento de la obligación de realizarlo.
Plazos para solicitar la cuota cero en Madrid
La cuota cero en la Comunidad de Madrid se puede solicitar tras cumplir el primer año de actividad bonificada, por lo que los plazos para la solicitud dependerán de la fecha de alta de cada autónomo y el periodo en el que se haya disfrutado de la reducción.
Plazo general para solicitar la cuota cero
Una vez el autónomo haya cumplido su primer año de actividad beneficiado por la tarifa plana, puede solicitar la cuota cero en cualquier momento posterior. El plazo para tramitar la solicitud es de tres meses desde la finalización de cada periodo de 12 meses de bonificación.
Supongamos que un autónomo en Madrid se dio de alta el 1 de abril de 2023. Su primer año de actividad con la tarifa plana finalizará el 31 de marzo de 2024.
En este caso, el autónomo tendrá hasta el 30 de junio de 2024 para presentar la solicitud de la tarifa cero, dado que tiene un plazo de tres meses desde la finalización de su primer periodo de 12 meses con la bonificación.
Plazo específico para beneficiarios de la prestación para cuidado de menores
Para aquellos autónomos que estén recibiendo la prestación para el cuidado de menores afectados por cáncer u otra enfermedad grave y cuya bonificación o prestación haya sido inferior a 12 meses, el plazo de solicitud se ajusta.
En estos casos, los autónomos tienen hasta tres meses después de la finalización del periodo en el que hayan disfrutado de la bonificación para presentar la solicitud de la tarifa cero.
Pasos para solicitar la cuota cero de autónomos en la Comunidad de Madrid
Solicitar la tarifa cero en la Comunidad de Madrid es un proceso completamente telemático que se realiza a través de la sede electrónica de la Comunidad de Madrid.
Para completar la solicitud, es necesario contar con uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid, como el certificado digital o el DNI electrónico.
A continuación, te explicamos los pasos para gestionar tu solicitud correctamente:
Acceder a la sede electrónica de la Comunidad de Madrid
El primer paso para solicitar la cuota cero para autónomos es ingresar al portal oficial de ayudas y subvenciones de la Comunidad de Madrid.
de la página, encontrarás el apartado destinado a ayudas, becas y subvenciones, donde podrás acceder a la información y al formulario de solicitud. Asegúrate de estar en la sección adecuada antes de continuar con el proceso.
Pulsar en «Tramitar»
Pincha en este enlace para acceder a la ayuda tarifa cero para autónomos. Una vez dentro, deberás hacer clic en el botón «Tramitar».
Este botón te llevará al formulario de la solicitud de la tarifa cero. Aquí tendrás que rellenar tus datos personales y los detalles sobre tu actividad como autónomo. Asegúrate de que todos los datos sean correctos y estén actualizados, ya que cualquier error puede retrasar o invalidar la solicitud.
Completar y enviar el formulario
Después de rellenar el formulario con toda la información solicitada, deberás enviar la solicitud. Para hacerlo, basta con pulsar el botón «Enviar a registro». Este paso enviará automáticamente tu solicitud para su tramitación por parte de la Comunidad de Madrid.
Adjuntar la documentación necesaria
Además de completar el formulario, es necesario aportar ciertos documentos para validar que cumples con los requisitos para beneficiarte de la tarifa cero.
Los documentos más comunes que debes adjuntar incluyen:
- Certificado de alta en el RETA (Régimen Especial de Trabajadores Autónomos).
- Copia del DNI o NIE para verificar tu identidad.
- Declaración responsable que certifique que estás al corriente de tus obligaciones fiscales y con la Seguridad Social.
Confirmación de la solicitud
Una vez que hayas completado todos los pasos anteriores y enviado la solicitud, recibirás una confirmación de que tu expediente ha sido registrado correctamente. Este acuse de recibo es muy importante, por lo que te recomendamos guardarlo para futuras consultas o seguimientos.
Notificaciones electrónicas
Después de registrar la solicitud, la unidad encargada de la tramitación se pondrá en contacto contigo únicamente a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid.
Esto significa que todas las comunicaciones relativas a tu solicitud, como la resolución o posibles requerimientos adicionales, se enviarán electrónicamente.
Asegúrate de consultar regularmente tu correo o acceder al sistema de notificaciones para estar al tanto de cualquier novedad. El plazo máximo de resolución de la solicitud es de 6 meses.
Conclusión
¡Enhorabuena por tu decisión de emprender una actividad por cuenta propia en la Comunidad de Madrid! Aprovecha al máximo los beneficios de la cuota cero para autónomos, una excelente oportunidad para reducir tus costes iniciales y hacer crecer tu negocio.
Además, para gestionar tus ingresos y gastos de manera eficiente, te recomendamos utilizar Billin, una herramienta que te ayudará a llevar el control total de tus ingresos y gastos de forma fácil y profesional.
No pierdas la oportunidad de optimizar tus recursos y gestionar tu negocio con facilidad desde el primer día.
¡Prueba hoy Billin y haz crecer tu negocio con la mejor gestión financiera!
Otros artículos de interés sobre facturación