Cómo deberán los autónomos comunicar sus actividades antes del 30 de junio
La reciente actualización de la clasificación nacional de actividades económicas (CNAE-2025) ha introducido cambios significativos que afectan a los trabajadores autónomos en España.
Esta modificación implica que, antes del 30 de junio de 2025, todos los autónomos deben comunicar a la Seguridad Social su actividad económica conforme a la nueva clasificación.
Este proceso se debe llevar a cabo para garantizar el correcto encuadramiento en el nuevo sistema.
En este artículo, te explicamos detalladamente cómo realizar esta comunicación y qué aspectos debes tener en cuenta para cumplir con tus obligaciones.
En este artículo encontrarás
¿Qué es CNAE?
La clasificación nacional de actividades económicas (CNAE) es un sistema de códigos numéricos que tiene como finalidad agrupar y clasificar todas las empresas y autónomos, según la actividad económica que desarrollan.
Este sistema permite identificar de manera precisa la actividad principal de una empresa o autónomo, facilitando la recopilación, análisis y comparación de datos económicos a nivel nacional e internacional.
El sistema CNAE se estructura en códigos de cuatro dígitos que corresponden a diferentes actividades económicas.
Por ejemplo, el código 6910 se asigna a actividades jurídicas, mientras que el 6812 corresponde a actividades de promoción inmobiliaria.
- Un primer nivel consistente en rúbricas identificadas mediante un código alfabético (secciones)
- un segundo nivel consistente en rúbricas identificadas mediante un código numérico de dos cifras (divisiones)
- un tercer nivel consistente en rúbricas identificadas mediante un código numérico de tres cifras (grupos)
- un cuarto nivel consistente en rúbricas identificadas mediante un código numérico de cuatro cifras (clases)
Es importante destacar que el CNAE tiene un carácter principalmente estadístico y no tiene implicaciones fiscales directas.
Sin embargo, su correcta asignación es obligatoria para todo tipo de sociedades, empresas, autónomos y agentes económicos que operen dentro del mercado europeo.
La última actualización de la CNAE se realizó en 2009. Desde entonces, han surgido nuevas actividades económicas, mientras que otras han evolucionado, gracias a los avances estructurales, científicos y tecnológicos.
La nueva versión, la CNAE-2025, tiene como objetivo modernizar el sistema, alinearlo con los estándares internacionales y permitir una recopilación de datos más precisa y comparable, tanto a nivel nacional como global.
Además, la implementación del CNAE-2025 trae consigo una nueva obligación para los autónomos y negocios que deben estar registrados bajo un epígrafe específico.
Entre el 1 de marzo y el 30 de junio de 2025, será necesario actualizar y comunicar su actividad económica a la Seguridad Social, conforme a la nueva clasificación.
La Seguridad Social explica cómo debe comunicar su actividad un autónomo
La nueva clasificación nacional de actividades económicas 2025 (CNAE-2025) ha sido aprobada por el Real Decreto 10/2025, de 14 de enero. La entrada en vigor de la CNAE-2025 se produjo el pasado 16 de enero de 2025 (al día siguiente de su publicación en el BOE).
ha establecido nuevas obligaciones para los autónomos en cuanto a la actualización de su actividad económica registrada.
La Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) ha detallado el procedimiento que deben seguir los trabajadores por cuenta propia para cumplir con esta normativa.
El citado Real Decreto establece, entre otros aspectos, los siguientes:
- Artículo 6.a), sobre fecha de aplicación para fines estadísticos de la CNAE-2025 en los registros administrativos:
“a) Entre el 1 de marzo y el 30 de junio de 2025 se deberá comunicar la codificación de la variable actividad económica de las unidades económicas comprendidas en los registros administrativos de la Tesorería General de la Seguridad Social que se utilizan para la generación de dicha variable del Directorio Central de Empresas del INE según la CNAE-2025.”
- Disposición adicional única, sobre obligación de comunicación de la codificación de la actividad económica:
“Con el fin de dar cumplimiento al artículo 6.a), para su inclusión en los registros administrativos de la TGSS identificativos de los sujetos responsables de la obligación del ingreso de las cuotas de la Seguridad Social, dichos sujetos responsables deberán comunicar a la citada entidad, conforme a los procedimientos que esta establezca, la siguiente información:
- a) En el caso de los sujetos responsables que ya consten en los referidos registros a la fecha de entrada en vigor de este real decreto, deberán comunicar la codificación de la variable actividad económica según la CNAE-2025 antes del 30 de junio de 2025.
- b) En el caso de los sujetos responsables que se incorporen a dichos registros a partir del 16 de enero de 2025, fecha de la entrada en vigor de este real decreto, deberán comunicar en el momento de su incorporación la codificación de la variable actividad económica según la CNAE-2025.
- c) Asimismo, los sujetos responsables indicados en los párrafos anteriores deberán comunicar, igualmente, la codificación de la variable actividad económica según la CNAE-2009 para el periodo de tiempo que transcurra entre la entrada en vigor de este real decreto y la entrada en vigor de la legislación de la Seguridad Social que establezca la tarifa de primas para la cotización al sistema de la Seguridad Social por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales adaptada a la CNAE-2025.
En resumen:
- Autónomos y negocios dados de alta con anterioridad antes del 16 de enero de 2025 deben comunicar la actividad entre el 1 de marzo y el 30 de junio de 2025.
- Autónomos y negocios dados de alta a partir del 16 de enero deberán comunicar en el momento de su incorporación la codificación de la variable actividad económica según la CNAE-2025.
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Procedimiento para llevar a cabo la comunicación del CNAE de autónomos
Con relación a la comunicación que, de conformidad con lo establecido en el artículo 6.a) y disposición adicional única del RD 10/2025, debe realizarse a la TGSS respecto de los valores de la nueva CNAE-2025, se deben realizar las siguientes actuaciones:
Autónomos en situación de alta a 3 de marzo de 2025
Según los cuadros de equivalencias entre la CNAE-2009 y la CNAE-2025 elaborados por el INE.
Si el código de CNAE-2009 que actualmente identifica a una actividad empresarial determinada se desglosa en varios códigos de CNAE-2025, será necesario comunicar a la TGSS, respecto de cada uno de los códigos de cuenta de cotización afectados, el código de CNAE-2025 en la que se clasifique la actividad de la empresa.
Para ello, durante el mes de marzo, se habilitará una nueva funcionalidad en la Oficina
virtual del Sistema RED, para que los autónomos, así como los profesionales que trabajan para ellos, puedan consultar los códigos de la nueva clasificación que corresponden a la anterior ordenación.
La comunicación de la nueva CNAE-2025 no será necesario realizarla respecto de aquellos códigos cuya actual CNAE-2009 se corresponda con una única CNAE-2025, dado que, en estos casos, el código de la CNAE-2025 será asignada automáticamente por la TGSS.
Autónomos en situación de alta a partir del 4 de marzo de 2025
Todos aquellos autónomos que causen alta o reinicien su actividad a partir del 4 de marzo de 2025, deberá comunicar tanto el valor del código de la CNAE-2009 como el de
la CNAE-2025.
Consulta aquí el Boletín de noticias RED de la Seguridad Social del pasado 27 de enero de 2025 si quieres ampliar la información.
Recordatorio de la Seguridad Social para la comunicación de la actividad de los autónomos
La Seguridad Social, antes de habilitar esta funcionalidad, ha enviado (durante la última semana del mes de febrero) una comunicación a todos los autónomos, recordándoles esta obligación, de forma similar a lo realizado respecto de los trabajadores por cuenta propia afectados por el proceso de regularización de bases y cuotas:
- Un correo electrónico que incluirá un enlace a través del cual se accederá a una base de datos, en formato Excel, que contendrá la relación de los códigos asignados, cuya CNAE-2009 se corresponda con un único valor de la nueva CNAE-2025 y, en consecuencia, respecto de los que no hay que realizar ningún tipo de comunicación.
- Un correo electrónico que incluirá un enlace a través del cual se accederá a una base de datos, en formato Excel, que contendrá la relación de los códigos de cuenta de cotización, cuya CNAE-09 se desglosa en varios códigos de la nueva CNAE-2025, con la información de los posibles valores a anotar, respecto de los que hay que realizar la correspondiente comunicación antes del 30 de junio de 2025.
Funcionalidad para Consulta/Anotación CNAE 2025
Para saber cuál es el CNAE de un autónomo, Al seleccionar la funcionalidad aparecerán las siguientes pantallas:
En ella deberá introducirse el código de cuenta de cotización (CCC) cuya actividad económica se desea consultar y/o anotar.
Una vez superadas las validaciones, se mostrará la siguiente pantalla en la que figura el código de la CNAE-2009 que tiene el CCC y el de la CNAE-2025 que se puede anotar.
En caso de que solo exista un código de la CNAE-2025, no es necesario que se anote, dado que la TGSS lo hará automáticamente.
En caso de que exista más de un código de la CNAE-2025 posible para la CNAE-2009 de que se trate, marcando el campo “CONSULTAR CNAE” aparecerán todas ellas, y necesariamente se deberá elegir una de las mostradas.
Para ayudar a la elección entre los diferentes códigos mostrados puede ser de utilidad consultar la:
Información sobre la CNAE-2025
En este enlace del Instituto Nacional de Estadística (INE) tienes información completa sobre la CNAE-2025 y, en concreto, sobre:
- Estructura completa de la CNAE-2025
- Documento y notas explicativas sobre la CNAE-2025
- Correspondencias entre la CNAE-2025 y la CNAE-2009, así como de la CNAE-2009 y la CNAE-2025.
En la misma página web, el INE ha incorporado una herramienta –CodIA- o codificador automático, que, en base a la descripción de la actividad de la empresa, facilita uno o varios códigos de la CNAE-2025 que pueden corresponderse con dichas descripciones.
Descarga en Excel las tablas CNAE 2025 – 2009 ➨ haz clic aquí
Consecuencias de no comunicar las actividades de los autónomos antes del 30 de junio
No actualizar correctamente el CNAE antes del 30 de junio puede generar diversas complicaciones para los autónomos y sus empleados.
Uno de los principales problemas surge con la cotización de los empleados, ya que si el CNAE no está correctamente actualizado, la Tesorería General de la Seguridad Social podría detectar una discrepancia al procesar la documentación y dar error en la presentación de las cotizaciones.
Aunque la Tesorería acepte la cotización a pesar del error en el CNAE, podrían generarse problemas adicionales relacionados con las contingencias profesionales, porque la tarifa de cotización por accidentes de trabajo (AT) y enfermedades profesionales (EP) varía según el tipo de actividad económica.
Algunas profesiones con mayores riesgos, como la minería, la construcción, la agricultura o la ingeniería civil, están sujetas a tarifas más elevadas.
Si el CNAE registrado no refleja correctamente la actividad real, la cotización puede ser incorrecta, lo que podría llevar a infracotización y problemas en la cobertura de los trabajadores.
Por ejemplo, si un empleado sufre un accidente y la mutua detecta que la cotización realizada no se ajusta a la actividad real, podría denegar la cobertura total del siniestro, dejando al autónomo expuesto a reclamaciones o sanciones.
Para los autónomos sin empleados, la falta de actualización del CNAE no afecta directamente a su cotización, pero sigue siendo un requisito obligatorio para estar correctamente registrado ante la Agencia Tributaria.
No cumplir con esta obligación podría acarrear sanciones económicas, si se asimila este incumplimiento al contemplado en el artículo 202 de la LGT que considera infracción tributaria “el incumplimiento de las obligaciones relativas a la utilización del número de identificación fiscal y de otros números o códigos establecidos por la normativa tributaria o aduanera”.
En estos casos se prevé una multa de 150 euros.
Además, algunos sectores económicos cuentan con incentivos específicos o subvenciones que dependen de la clasificación CNAE, como las ayudas europeas al sector industrial o los fondos estatales de apoyo a empresas y autónomos afectados por crisis económicas.
Conclusión
Ser autónomo implica una gran responsabilidad en la gestión de tu documentación, así como con tu facturación.
Mantener estos aspectos al día no solo te ayuda a evitar sanciones y problemas legales, sino que también te permite llevar un control preciso de tus ingresos y gastos, facilitando la toma de decisiones financieras.
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