Publicado: 20 junio 2024 · 0 comentarios · 9 min de lectura

Autoconsumo en el IVA: ¿Qué es y cómo se declara?

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Validado por: Marcos De La Cueva - CEO Billin
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El autoconsumo en el IVA es una figura fiscal que afecta a empresarios y autónomos cuando utilizan bienes o servicios de su empresa para fines personales o para la propia actividad empresarial. 

Este concepto, que, de entrada puede parecer complejo, es fundamental para asegurar una correcta gestión fiscal.

El autoconsumo en el IVA es uno de los conceptos tributarios que más difíciles pueden ser de entender. Es normal que te surjan dudas, pero en este artículo las vamos a resolver explicando qué es el autoconsumo en el IVA, cómo se regula y cómo se debe declarar, proporcionando ejemplos prácticos y aclarando las diferentes clases de  autoconsumo en el IVA que existen en nuestro ordenamiento jurídico.

Qué es el autoconsumo en el IVA

El autoconsumo en el IVA comprende las entregas de bienes o prestaciones de servicios que forman parte de la actividad empresarial o profesional para uso personal o para la propia empresa. En términos fiscales, se considera que el empresario o autónomo actúa como si se tratara de una venta o prestación de servicios a sí mismo, por lo tanto debe tributar el IVA correspondiente, es decir, debe pagar el IVA en España.

La mejor forma de entenderlo es, siempre, con un ejemplo:

Imagina que un empresario tiene una tienda de electrodomésticos y decide llevarse a su casa una de las televisiones que tiene en el inventario de la tienda, para su uso personal. Este acto se considera autoconsumo de bienes.

Para cumplir con la normativa fiscal del IVA, este empresario debe emitir una factura por ese televisor como si lo hubiera vendido a un cliente. La factura debe incluir el precio de la televisión y el IVA correspondiente. Luego, debe declarar este IVA en su declaración trimestral.

Ejemplo de factura de autoconsumo

  • Concepto: Televisión.
  • Cantidad: 1 unidad.
  • Precio unitario: 300€.
  • Base imponible: 300€.
  • IVA (21%): 63€.
  • Total: 363€.

En este ejemplo, aunque la televisión no se haya vendido a un tercero, el empresario debe considerar la operación como una venta interna y declarar el IVA repercutido de 63€.

Así se asegura de cumplir con la normativa fiscal y tributar correctamente por el uso personal de un bien empresarial.

La regulación sobre el autoconsumo en el IVA

En España, la regulación sobre el autoconsumo en el IVA viene estipulada en la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del impuesto sobre el valor añadido, concretamente en el artículo 9, que regula el autoconsumo de bienes, y artículo 12, que regula el autoconsumo de servicios.

La normativa especifica que el autoconsumo de bienes y servicios debe tratarse como una operación sujeta al IVA, equiparándola a una venta o prestación de servicios a un tercero. A continuación, vamos a ver qué considera, expresamente, autoconsumo de bienes y de servicios.

Objetivo del autoconsumo en el IVA

El objetivo del autoconsumo en el IVA es asegurar que se tribute adecuadamente por el uso de bienes y servicios que originalmente se destinaron a la actividad empresarial, pero que son utilizados para fines personales o diferentes a los previstos. 

Este mecanismo busca evitar el fraude fiscal y garantizar que todos los bienes y servicios que se benefician de deducciones fiscales por parte de las empresas estén debidamente gravados cuando se destinan a usos no empresariales.

Finalidad del autoconsumo en el IVA

  • Equidad fiscal: Garantizar que los empresarios y autónomos paguen el IVA correspondiente cuando utilizan bienes o servicios de su empresa para fines personales, igualando así las condiciones fiscales a las de un consumidor final.
  • Evitar la evasión fiscal: Prevenir que se eluda el pago de impuestos mediante la utilización de bienes y servicios empresariales sin tributar el IVA correspondiente al cambio de uso.
  • Control y transparencia: Proporcionar un mecanismo de control para que la Agencia Tributaria pueda verificar y fiscalizar el correcto uso y destino de los bienes y servicios adquiridos con derecho a deducción de IVA.
  • Armonización fiscal: Alinear las prácticas fiscales nacionales con las normativas de la Unión Europea, promoviendo una tributación coherente y justa entre los estados miembros.

Ejemplo del objetivo del autoconsumo en el IVA

Supongamos que un empresario compra un coche para su empresa y deduce el IVA correspondiente en la compra. Si posteriormente decide usar el coche para fines personales, el autoconsumo en el IVA obliga a que se declare y se pague el IVA por el uso personal del coche. 

Este proceso evita que el empresario se beneficie indebidamente de la deducción del IVA sin tributar por el cambio de uso del bien.

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Autoconsumo de bienes

Según el artículo 9 de la Ley 37/1992, se considerarán operaciones asimiladas a las entregas de bienes a título oneroso:

1.º El autoconsumo de bienes.

A los efectos de este impuesto, se considerarán autoconsumos de bienes las siguientes operaciones realizadas sin contraprestación:

  1. La transferencia, efectuada por el sujeto pasivo, de bienes corporales de su patrimonio empresarial o profesional a su patrimonio personal o al consumo particular de dicho sujeto pasivo. 
  2. La transmisión del poder de disposición sobre bienes corporales que integren el patrimonio empresarial o profesional del sujeto pasivo.
  3. El cambio de afectación de bienes corporales de un sector a otro diferenciado de su actividad empresarial o profesional.

Lo anterior implica que cuando un bien que forma parte del inventario de la empresa se destina a su uso personal o a una finalidad ajena a la actividad empresarial, se debe emitir una factura de autoconsumo y hacer la declaración trimestral de IVA correspondiente.

Autoconsumo de servicios

El artículo 12 de la misma ley define el autoconsumo de servicios, estableciendo que se consideran prestaciones de servicios a título oneroso los siguientes supuestos:

  1. Utilización de bienes o servicios del empresario para su uso particular o para su personal, en la medida en que se haya deducido total o parcialmente el IVA soportado.
  2. Prestaciones de servicios realizadas gratuitamente por el empresario a sus empleados o a terceros, salvo las que se realicen de acuerdo con el objeto social de la empresa.

Veamos un ejemplo práctico de autoconsumo de servicios: Imaginemos que un diseñador gráfico utiliza sus habilidades y tiempo para crear material publicitario para su propio negocio.

Según la Ley 37/1992, esta actividad se considera autoconsumo de servicios. El diseñador debe emitir una factura por el valor de los servicios prestados y declarar el IVA correspondiente, como si hubiera prestado esos servicios a un cliente externo.

Ejemplo de factura de autoconsumo de servicios

  • Concepto: Servicios de diseño gráfico.
  • Cantidad: 1 servicio.
  • Precio unitario: 500€.
  • Base imponible: 500€.
  • IVA (21%): 105€.
  • Total: 605€.

En este caso, el diseñador gráfico debe declarar el IVA repercutido de 105€, asegurando así que se cumpla con la normativa del IVA para operaciones de autoconsumo.

La correcta declaración del autoconsumo en el IVA es crucial para mantener la conformidad con la normativa fiscal y evitar sanciones. En este sentido, la Ley 37/1992 proporciona un marco claro para asegurar que tanto el autoconsumo de bienes como el de servicios sean debidamente contabilizados y tributados.

Tipos de autoconsumo en el IVA

El autoconsumo puede clasificarse principalmente en dos tipos: el autoconsumo interno y el autoconsumo externo. A continuación, se explican ambos tipos con ejemplos prácticos para una mejor comprensión.

Autoconsumo interno

El autoconsumo interno se refiere al uso de bienes o servicios dentro de la propia actividad empresarial. Este tipo de autoconsumo no implica una salida del bien o servicio del ámbito de la empresa, sino que se destina a usos distintos dentro de la misma entidad.

Ejemplo de autoconsumo interno:

Una empresa de tecnología que produce software decide usar una licencia de su propio producto para gestionar sus operaciones internas. Aunque el software no se vende a un cliente externo, se considera como autoconsumo interno y debe tratarse fiscalmente como una operación sujeta a IVA.

  • Concepto: Licencia de software.
  • Cantidad: 1 licencia.
  • Precio unitario: 1.000€.
  • Base imponible: 1.000€.
  • IVA (21%): 210€.
  • Total: 1.210€.

En este ejemplo, la empresa debe emitir una factura interna y declarar el IVA repercutido de 210€, como si hubiera vendido la licencia a un cliente externo.

Autoconsumo externo

El autoconsumo externo tiene lugar cuando los bienes o servicios son utilizados para fines personales del empresario o autónomo. Este tipo de autoconsumo implica una salida del bien o servicio del ámbito de la empresa, destinándose a usos personales del empresario.

Ejemplo de autoconsumo externo:

Imaginemos que un autónomo tiene una tienda de flores y decide llevarse un ramo de flores a su casa para uso personal. Este acto se considera autoconsumo externo y debe tratarse fiscalmente como una venta a un cliente externo.

  • Concepto: Ramo de flores.
  • Cantidad: 1 ramo.
  • Precio unitario: 50€.
  • Base imponible: 50€.
  • IVA (21%): 10,50€.
  • Total: 60,50€.

En este caso, el florista debe emitir una factura y declarar el IVA repercutido de 10,50€, cumpliendo con la normativa fiscal para operaciones de autoconsumo externo.

Ambos tipos de autoconsumo requieren la emisión de una factura y la declaración del IVA correspondiente para asegurar que la empresa cumple con sus obligaciones fiscales según la Ley 37/1992 del IVA. 

Para una correcta gestión fiscal, es esencial comprender, distinguir y aplicar adecuadamente el autoconsumo en el IVA, asegurando que todos los bienes y servicios utilizados tanto interna como externamente sean debidamente declarados y tributados. Este proceso puede ser complejo, por lo que contar con el programa de facturación online de Billin puede ser una solución eficaz.

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En definitiva, el uso de herramientas tecnológicas avanzadas no solo simplifica el proceso de gestión fiscal, sino que también te permite centrarte en el crecimiento y desarrollo de tu negocio, dejando la complejidad del cálculo y declaración del IVA en manos de un programa de facturación fiable y preciso como Billin.

Sobre la persona que ha validado este artículo
Marcos De La Cueva - CEO Billin

Licenciado en ADE por la Universidad Autónoma de Madrid, Marcos De la Cueva es CEO y cofundador de Billin, un programa online que lleva más de 9 años ayudando a autónomos, pequeños negocios y gestorías a digitalizar sus presupuestos, facturas, tickets y gastos.
 
Sobre Marcos De La Cueva
 
Apasionado por el mundo empresarial y la tecnología, cursó su Máster de Finanzas en la Universidad Pontificia de Comillas y estuvo en el Programa de Cooperación Educativa de la Universidad Autónoma de Madrid.
 
Marcos siempre ha tenido su objetivo claro: ayudar a la creación de negocios financieramente sostenibles a través de una herramienta de facturación que les permita ahorrar tiempo y tener la contabilidad bajo control.
 
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