¿Cómo tramitar las ayudas en el sector turístico por Coronavirus?
Dentro de las primeras medidas decretadas para ayudar financieramente a empresas y autónomos están las ayudas en el turismo por el Coronavirus. Estas medidas fueron rápidamente adoptadas, ya que este sector es uno de los más castigados por culpa de la crisis del COVID-19.
Es por ello que en Billin te mostraremos si puedes acogerte a ellas, las condiciones y el proceso para solicitarlas.
➨ Para ayudarte a realizar los cálculos puedes utilizar nuestro simulador de prestamos.
Veamos como proceder:
En este artículo encontrarás
- 1 Ayuda para empresas y autónomos en el sector turismo
- 2 ¿Quién puede solicitar este tipo de ayudas?
- 3 ¿Qué requisitos tengo que cumplir?
- 4 ¿Qué cantidad puedo percibir?
- 5 ¿Cuáles son las condiciones de la operación?
- 6 ¿Qué documentación tengo que aportar?
- 7 ¿Qué vigencia tiene la ayuda?
- 8 ¿Dónde tengo que tramitar la solicitud?
Ayuda para empresas y autónomos en el sector turismo
Esta ayuda se recoge en uno de los apartados principales del Real Decreto-ley 7/2020, cuyo objetivo es proteger dos de los sectores más afectados, como son el turismo y el transporte.
El Gobierno ha decidido aumentar la línea de financiación para los afectados por la bancarrota del grupo Thomas Cook, subiéndola de 200 millones hasta los 400 millones de euros.
Se ha instruido al ICO para que con carácter inmediato, realice las gestiones necesarias con las entidades financieras para que la línea de financiación ampliada pueda estar a disposición de las empresas en el plazo máximo de diez días a contar desde la fecha de entrada en vigor del RD (12 de marzo de 2020).
¿Quién puede solicitar este tipo de ayudas?
Autónomos y empresas con domicilio social en España que formalicen operaciones en la Línea ICO Empresas y Emprendedores, cuya actividad esté dentro de un CNAE del sector turístico y actividades conexas según la relación de CNAE publicada.
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¿Qué requisitos tengo que cumplir?
Las empresas y autónomos deberán cumplir los siguientes requisitos:
- No podrán figurar en situación de morosidad en los ficheros de información sobre solvencia patrimonial y crédito.
- No podrá estar incursos en un procedimiento de insolvencia colectiva ni reunir los requisitos para encontrarse sometido a un procedimiento de insolvencia colectiva a petición de los acreedores.
- No se podrá utilizar esta financiación para efectuar refinanciaciones anteriores o posteriores de otros préstamos con la entidad financiera.
- Los clientes que tengan la condición de gran empresa deberán tener una calificación crediticia B- o superior.
¿Qué cantidad puedo percibir?
El importe máximo por cliente y año es de 500.000 euros, en una o varias operaciones.
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¿Cuáles son las condiciones de la operación?
La financiación se formalizará bajo la modalidad de préstamo:
- Plazo de amortización y carencia: 1, 2, 3 o 4 años con 1 año de carencia de principal.
- Tipo de interés del préstamo: Fijo, hasta un máximo de 1,5% (incluidas comisiones).
- Comisiones y gastos: La Entidad de Crédito podrá aplicar una comisión al inicio de la operación. El coste para el cliente de esta comisión más el tipo de interés, no podrán superar la TAE máxima 1,5%. Además podrá aplicarse una comisión de amortización anticipada voluntaria que, con carácter general, será del 1% sobre el importe cancelado.
- TAE de la operación: La Tasa Anual Equivalente (TAE) aplicable a la operación estará compuesta por el coste de la comisión inicial, que en su caso aplique la Entidad de Crédito, más el tipo de interés. La TAE no podrá superar el límite máximo del 1,5% establecido por ICO.
- Garantías: La Entidad de Crédito podrá solicitar las garantías que estime oportunas, salvo aval de la SGR o SAECA. El ICO garantizará a las Entidades de Crédito el 50% del riesgo de sus clientes.
¿Qué documentación tengo que aportar?
Además de la documentación que cada Entidad de Crédito considere necesaria para estudiarla operación, el cliente deberá aportar la siguiente documentación:
- Declaración de ayudas de minimis.
- Documentación que acredita la condición de cliente de esta financiación con garantía del ICO.
- Copia del CIF (empresas) o NIF (autónomos).
- Copia de escritura o estatutos donde se acuerde el domicilio social que corresponda al momento de la fecha de firma de la operación Modelo 036 o 037 donde figura el CNAE del cliente.
IMPORTANTE: Sabemos que estás en un momento complicado. Por este motivo extendemos el periodo de prueba gratuita de Billin a 30 días hasta que finalice la crisis del Covid-19. Así podrás facturar y compartir tu información contable con tu gestoría sin moverte de casa.
¿Qué vigencia tiene la ayuda?
El cliente podrá formalizar operaciones con la Entidad de Crédito hasta el 31 de diciembre de 2020.
¿Dónde tengo que tramitar la solicitud?
Directamente a través de las entidades de crédito que colaboran en esta Línea:
- SANTANDER
- BBVA
- CAIXABANK
- BCC (GRUPO CAJAMAR)
- B. COOPERATIVO
- BANKINTER
- CAJA RURAL DE TERUEL
- LIBERBANK
- BANCO SABADELL
- CAJA RURAL DEL SUR
- CAJA RURAL DE NAVARRA
- CAJA RURAL DE JAÉN
- CAJA RURAL DE ZAMORA
- CAJA RURAL DE ASTURIAS
- GLOBALCAJA
- CAJA RURAL DE ARAGÓN (BANTIERRA)
- CAJA RURAL DE GRANADA
- UNICAJA
- ABANCA
(*) El listado se actualizará con las entidades que se vayan adhiriendo.
Como ves, la solicitud de las ayudas para sector turístico por el Coronavirus están en pleno funcionamiento y disponibilidad, para que puedas acogerte a ellas si entras dentro de la consideración de afectado. Y si tienes más dudas utiliza los comentarios y te ayudaremos.
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11 comentarios
Buenos dias
En primer lugar gracias por la magnifica informacion que nos proporciona,de verdad.
Leyendo los CNAE de las empresas afectadas,no veo el 9601 que somos las Lavanderias / Tintorerias
que trabajamos solo para hoteles y que la afectacion es del 100 % desde el primer dia.
Gracias por su atencion.
Le hago otro comentario;
Mi essposa y yo somos propietarios al 50 % de la empresa que le menciono en el comentario,no estamos
en autonomos ni en regimen general,tenemos un admistrador y trabajadores,hemos presentado erto,y mi
consulta es la siguiente ; no percibimos ingresos de ningun tipo,ni ayudas ni nada,tenemos derecho algun
tipo de ayuda?.
Le agradeceria me pudiera decir algo al respecto.
Gracias por su atencion
Hola Antonio, no hay ninguna ayuda actualmente para las personas que no están cotizando, se va a aprobar una línea para las personas más desprotegidas que no reciban ningún tipo de ingresos, pero aún se desconocen los requisitos.
Gracias y un saludo.
Buenas tardes, tengo una pequeña empresa dedicada al turismo en Mallorca, ahora el 1 de Mayo tendría que empezar la actividad pero debido al coronavirus no podré empezar, la pregunta es , tengo que dar de alta a los trabajadores fijos discontinuos aun que no puedan trabajar. Muchas gracias.
Hola Jose Antonio, los trabajadores fijos discontinuos que no hubiesen comenzado a trabajar, tienen que ser incluidos en el ERTE, indicando su fecha de llamamiento para su incorporación.
Espero haber aclarado tu duda.
Hola Jose Antonio, los trabajadores fijos discontinuos que aún no se habían incorporado a sus puestos de trabajo porque las empresas no los habían llamado, tienen garantizado el cobro del paro en caso de que su compañía haya presentado un ERTE por causas de coronavirus. Te dejo un enlace de información sobre https://www.billin.net/blog/erte/.
Espero haber aclarado tu duda.
Agradecer toda información que nos dan soy autonomo tengo una pequeña cafereria y ayer me envió mi banco la documentación que tengo que aportar plan de contingencias pero no se como hacerlo mi situación es muy crítica puesto que es mi única entrada de dinero en mi hogar un saludo
Hola Lelly, si vas a solicitar una línea ICO debes preparar toda la documentación que te solicitan, ya que recurrirán a la Línea de Avales para avalar las operaciones de financiación que otorgan a los autónomos y empresas.
Espero haber aclarado tu duda.
Soy autónomo, alquiler de barco, pesca y paseo.
Me di de alta de autónomo hace un año, requisitos para poder acceder a un préstamo,para comprar el barco y ponerlo en condiciones óptimas para el desarrollo del proyecto.Hasta enero no tuve todo listo.Lo que más ha tardado ha sido la inspección de buques.
No me ha dado tiempo ni a facturar .
Sigo pagando el préstamo y autónomo(ya no tengo para pagar el próximo mes ni para comer).
Tengo opción de solicitar préstamo?.
Alguna ayuda?
Muchas gracias
Hola Esperanza, como autónoma que eres, debes informarte de si tienes derechos a cobrar la prestación por cese de actividad y acceder a las líneas ICO, te dejo dos enlaces donde encontrarás esa información https://www.billin.net/blog/cese-actividad-coronavirus/, https://www.billin.net/blog/avales-prestamos-ico-coronavirus/.
Espero haber aclarado tu duda.
Hola! Al momento de la pandemia hemos solicitado un prestamo de Covid al principio del abril por La Caixa. Nos han denegado argumentando que ya no tienen dinero. Somos pequeña empresa que gestiona un hostal. Ahora necesitamos mucho de un prestamo porque tenemos derdas de hacienda y de SS/antes del mes de marzo no teniamos/. Como podemos conseguir? Gracias
Hola, las líneas ICO son gestionadas por las entidades financieras, si te lo han denegado en Caixa, deberías intentar volver a solicitarlo en otra entidad bancaria. Espero haber aclarado tus dudas.