¿Bajarán los módulos 2019?
Te mostramos como quedarán el sistema de módulos para el 2019 publicado en el B.O.E. mediante una orden regulatoria.
En este artículo encontrarás
Resumen de la Orden regulatoria para 2019
Cómo se esperaba, ya se ha publicado la Orden que regulará los módulos para el año 2019, donde se mantendrán los límites del 2018, por lo que, todos aquellos autónomos que tributen en módulos respirarán tranquilos.
Se publica de la siguiente manera “En relación con el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, se mantienen para el ejercicio 2019 la cuantía de los signos, índices o módulos, así como las instrucciones de aplicación. Asimismo, se mantiene la reducción del 5 por ciento sobre el rendimiento neto de módulos derivada de los acuerdos alcanzados en la Mesa del Trabajo Autónomo.”, y con respecto al IVA publica “mantiene, para 2019, los módulos, así como las instrucciones para su aplicación, aplicables en el régimen especial simplificado en el año inmediato anterior.”
Entró en vigor la semana pasada la Orden HAC /1264/2018, del 27 de noviembre, con la cual, se extenderá el límite para los módulos de 2019, nos ha tenido, en una incertidumbre hasta el último momento, ya que, el límite de 150.000 euros no se aplicará para este año, aunque las intenciones de la Administración son ir disminuyendo los límites para la aplicación del sistema SII, de esta forma, se mantendría un mayor control sobre los autónomos y se evitaría el fraude.
Los límites del sistema objetivo para 2019
Como hemos comentado, el Gobierno vuelve a dar una prórroga al régimen de estimación objetiva extendiendo los mismos límites que disponíamos en 2018.
Los tramos para tributar en módulos serán para el 2019:
Veamos qué actividades están recogidas dentro de esta Orden regulatoria:
- Agricultura y ganadería
Se le aplica un umbral de expulsión de 250.000 euros, sin verse afectada el destino de la facturación, y, son la mayoría de las actividades que comprende tanto la agricultura como la ganadería.
- Pesca
Producción de mejillón batea.
- Comercio minorista
Incluye quioscos y talleres de reparación de vehículos.
- Hostelería
Incluye todos los bares, restaurantes, cafeterías, heladerías, hostales, pensiones y fondas.
- Transporte
De viajeros, mercancías y taxis, transporte de mercancías por carretera y servicios de mudanzas.
- Otros servicios:
Peluquerías, salones de belleza, autoescuelas, tintorerías y fotocopias.
- Industria panificadora
Actividades relacionadas con la fabricación del pan y bollería o masas.
- Construcción
Albañilería, carpintería, cerrajería, fontanería, pintores, estas actividades están excluidas desde el año 2016, eran las que estaban obligadas a retener el 1%.
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¿Qué hacer si tributas en módulos?
En un principio, si no has superado los límites en el año anterior, te mantendrás con los mismo parámetros e índices que el año 2018.
Las características del modelo de estimación objetiva, es el sistema de pagos, a efectos fiscales que no funcionará dependiendo de los ingresos y gastos reales, sino que, el cálculo de los beneficios se realiza a través de unos índices relacionados con el negocio, como, por ejemplo, los metros del local, los kW consumidos y contratados.
Con los módulos, la contabilidad será más sencilla, ya que, al estimarse los ingresos, de hecho, se computarán los gastos y no los ingresos.
Para saber si te será más rentable estar en módulos o en estimación directa, tendrás que tener en cuenta que en cada caso es diferente, por ello, puedes usar un simulador que facilita la Agencia Tributaria.
Normalmente, la tributación en módulos será más rentable cuando los ingresos calculados estén por debajo de los que generamos realmente, por ejemplo, un bar pequeño, con un solo trabajador, y con un volumen de ventas alto. Las actividades ganaderas, agrícolas y forestales funcionan de forma diferente.
Se queda fuera la transmisión de elementos patrimoniales afectos a la actividad, los cuales, ante una ganancia o pérdida, si tributas en módulos, no se integrarán en tu rendimiento de la actividad, sino en la declaración de la renta del año al que corresponda.
Los autónomos que tributen en módulos tendrás que incluir sus rendimientos en el apartado de la declaración de la renta de actividad económica, además de realizar trimestralmente el impuesto de IRPF e IVA.
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