Actualizado: 21 agosto, 2023 · 29 comentarios · 6 min de lectura

Bases de cotización para autónomos

base cotizacion autónomos
Validado por: Marcos De La Cueva - CEO Billin
(20 votos, promedio: 3,55 de 5)
Cargando...

Aquí todo lo que debes conocer de la base de cotización de autónomos y las cuantías máximas y mínimas para 2023. Si te interesan aspectos que impactarán en tu futuro como autónomo esta es una de las que debes conocer.


¿Cuál es la base de cotización y qué es?

El concepto de base de cotización hace referencia a la remuneración bruta que un empleado recibe al mes y que viene establecida todos los años por los Presupuestos Generales del Gobierno.

Las bases de cotización se aplican tanto a trabajadores por cuenta ajena como por cuenta propia, y, nos determinará la cuantía que puede recibir un trabajador a la hora de tramitar una prestación por desempleo, una incapacidad temporal o la jubilación.

Conoce más sobre la baja laboral de autónomos.

Veamos la importancia que tienen las bases de cotización de los autónomos.


¿Cuál es la base de cotización de un autónomo?

A diferencia del régimen general, la base de cotización de un autónomo, consiste en una cuantía establecida legalmente, la cual, se usa como referencia para el cálculo de la cuota de autónomo que tienes que pagar.

Con el nuevo sistema de cotización para autónomos en 2023, la base elegida ya no se elegirá libremente por el autónomo, sino que dependerá de la previsión de los rendimientos netos mensuales.

La base de cotización mínima autónomos en el año 2023 es 751,63 euros y si decides elegirla, pagarás la cuota más pequeña de autónomos.


¿Cuál es la base de cotización mínima de autónomos?

Veamos las diferentes bases de cotización que existen para un autónomo y sus limitaciones:

  • Cuota mínima: 230 euros al mes – Base de cotización: 751,63 euros al mes.
  • Cuota máxima: 1267 euros al mes – Base de cotización: 4139,40 euros al mes.

Dependiendo de la edad que tenga el autónomo habrá que tener en cuenta los siguientes aspectos:

  • Si el autónomo es menor o igual de 47 años: podrá elegir libremente entre la base mínima y máxima.
  • Si el autónomo tiene 48 años o más: las bases de cotización mínima y máxima, serán 1.035,90 y 2.113,20 euros al mes respectivamente.

Si el autónomo acredita que su última base de cotización fue superior a 2.077,80 euros al mes, sí podrá cotizar por una base comprendida entre 960,60 y el importe incrementado en un 1,7%, con el tope de la base máxima de cotización.

➨ Utiliza nuestra calculadora para realizar el cálculo de la cuota autónomos.

Por tanto, en España actualmente la cuota mínima que se paga de autónomo son 230 euros al mes, pero ten en cuenta, que dependiendo de si cumples algunas circunstancias excepcionales podrías beneficiarte de las bonificaciones de la tarifa plana autónomos.


¿Cuánto hay que pagar de autónomos para cobrar la pensión máxima?

A partir del año 2020, la edad de jubilación ha aumentado en dos meses, y está fijada en los 65 años y 10 meses, para poder jubilarse con 65 años es necesario haber cotizado 37 años.

Con una revalorización del 8,5%, la pensión máxima en 2023 se situará en 3.059,23 euros mensuales (42.829,29 euros anuales).

Supongamos un autónomo que ha cotizado por la base mínima y a los 46 años de edad, se amplía la base de cotización autónomos al máximo, pasando a pagar 1.266,66 euros al mes.

Pues bien, si decides esta opción, para poder cobrar la máxima pensión, deberás tener en cuenta que, con la ley actual, los requisitos para cobrar esa pensión máxima serían 35,5 años de cotización y el periodo de cómputo son 21 años, estas condiciones se irán endureciendo, según pasan los años.


¿Cuál es la base de cotización de un autónomo societario?

Para ser autónomo societario hay que cumplir uno de los siguientes supuestos:

  • Tener al menos el 25% del capital social de la empresa y ejecutar labores de gerencia.
  • Tener al menos el 33% del capital social de la empresa y trabajar en ella.
  • No tener participaciones sociales, pero convivir con uno de los socios con el 50% de capital social.

Con el nuevo sistema de cotización en función de sus ingresos reales, la cuota del autónomo societario presenta grandes diferencias con respecto al cálculo de los trabajadores autónomos individuales.

Así, los autónomos societarios que tuvieran la base mínima anterior, en 2023 tendrán opción a una base mínima de 1.013,07 euros. Esto quiere decir, que los autónomos societarios que coticen por la base mínima tienen que pagar una cuota de 310 euros mensuales.

De esta forma, hay una mejora con respecto los 377,87 euros mensuales que tenían de cuota en el año 2022, suponiendo un ahorro anual de 814,44 euros.

¿Eres autónomo o tienes una pyme?

Crea presupuestos, facturas y tickets fácil y sin errores.

Consigue el programa de facturación Billin gratis con el Kit Digital.

Nosotros te ayudamos a solicitar la ayuda sin coste.

Introduce una dirección de correo correcta Introduce una dirección de correo correcta
Introduce una contraseña No se han cumplido los requisitos de contraseña
8 o más caracteres
Al menos 1 minúscula
Al menos 1 número

*Billin es una solución de factura electrónica 100% subvencionada para autónomos y empresas de 0 a 49 empleados con el Kit Digital.

Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, España Digital 2025, y Plan de Digitalización de Pymes 2021-2025 de los fondos Next Generation de la UE.

La dirección de correo introducida ya está presente en nuestra base de datos Error de servidor, pruebe más tarde por favor


¿Cómo y cuándo ampliar la base de cotización de autónomos?

Con la entrada en vigor de esta nueva modalidad, los autónomos pueden modificar su base de cotización cada 2 meses, para un máximo de 6 veces al año.

Esto implica una mayor frecuencia en comparación con las condiciones actuales, que permiten solo cuatro modificaciones anuales.

Los plazos para el cambio son:

  • Del 1 de enero al 28/29 de febrero: el cambio en la cuota comienza el 1 de marzo.
  • Del 1 de marzo al 30 de abril: el cambio en la cuota comienza el 1 de mayo.
  • Del 1 de mayo al 30 de junio: el cambio en la cuota comienza el 1 de julio.
  • Del 1 de julio al 31 de agosto: el cambio en la cuota comienza el 1 de septiembre.
  • Del 1 de septiembre al 31 de octubre: el cambio en la cuota comienza el 1 de noviembre.
  • Del 1 de noviembre al 31 de diciembre: el cambio en la cuota comienza el 1 de enero.

Este trámite se realiza en la web de la Seguridad Social en “sede electrónica” mediante el certificado digital, bastará con marcar la opción “elige el tipo de cambio de base” y rectificarla de forma manual, seguidamente haz click en “continuar”, y, habrás finalizado el trámite, obteniendo un justificante del cambio realizado.

La base de cotización de autónomos es uno de los aspectos que debemos tener en cuenta para nuestra jubilación, y más con el paso de los años. Aunque también puedes optar por alternativas como un plan de pensiones a medida. Tú eliges.

Sobre la persona que ha validado este artículo
Marcos De La Cueva - CEO Billin

Licenciado en ADE por la Universidad Autónoma de Madrid, Marcos De la Cueva es CEO y cofundador de Billin, un programa online que lleva más de 9 años ayudando a autónomos, pequeños negocios y gestorías a digitalizar sus presupuestos, facturas, tickets y gastos.
 
Sobre Marcos De La Cueva
 
Apasionado por el mundo empresarial y la tecnología, cursó su Máster de Finanzas en la Universidad Pontificia de Comillas y estuvo en el Programa de Cooperación Educativa de la Universidad Autónoma de Madrid.
 
Marcos siempre ha tenido su objetivo claro: ayudar a la creación de negocios financieramente sostenibles a través de una herramienta de facturación que les permita ahorrar tiempo y tener la contabilidad bajo control.
 
Marcos De La Cueva en los medios
— Noticia sobre el informe factura electrónica de TeamSystem en Channel Partner.
— Charla sobre productividad y Ley Crea y Crece en El Economista.
— Charla sobre factura electrónica obligatoria en Muy Pymes.
— Charla sobre digitalización autónomos y productividad en esdiario.
— Charla sobre productividad y factura electrónica en La Razón.
— Charla sobre factura electrónica obligatoria en Autónomos y emprendedores.
— Entrevista sobre Ley Antifraude y Ley Crea y Crece en Expansión.
— Entrevista sobre Ley Antifraude y Ley Crea y Crece en La Razón.
— Entrevista sobre factura electrónica obligatoria en El Economista.
— Comunicado Billin y TeamSystem en Business Insider.
— Entrevista en Economía Digital.
— Entrevista en Ideas para tu empresa de Vodafone.
— Entrevista en MásQradio.
— Entrevista en Armas para emprender de El Método Gallardo.
— Entrevista en KFund.
— Entrevista en AXA Seguros España.
— Entrevista en GestionaRadio.
 
Marcos De La Cueva en eventos
 
— Participación como ponente en Accountex España 2023.
 
Temáticas de especialización
 
negocios | startups | contabilidad| fiscalidad | empresas| asesorías| autonomos | emprendedores | pequeños negocios | economía | ADE | pymes | desarrollo de negocio 

No te pierdas nada

Subscríbete a la Newsletter de Billin

A principios de cada mes enviamos un email con noticias de última hora, novedades fiscales y los contenidos más buscados por autónomos y pymes.

Escribe un comentario

Todos los campos son obligatorios para darte la mejor respuesta

29 comentarios

  • Buenos días, estoy trabajando con un contrato de 5 horas y como no encuentro otro que complemente estoy pensando hacerme autónoma, es posible hacerlo a media jornada? o no existe esa opción?.
    Saludos

  • Hola,

    Estoy trabajando por cuenta ajena, pero a finales de mes, voy a dejar el trabajo y hacerme autónoma.
    Tengo 49 años y hace 7 años que fui autónoma. De entonces a ahora, he estado como asalariada.
    Agradecería si me pudieran responder a la siguiente pregunta: ¿Cuánto pagaría de autónomos si tengo previsión en estos primeros meses facturar entre 1000 y 2000 euros?
    Muchas gracias de antemano!
    Un saludo!

  • Buenas tardes. Me estoy planteando cotizar al máximo para mi jubilación. Actualmente cotizo por el mínimo y tengo 47 años. Cuando me jubile tendré 43 años cotizados en total. En mi caso cuanto sería cotizando al máximo al mes y cuanto se me quedaría más o menos de jubilación?. He de hacerlo ya o me puedo esperar más años para empezar. Tengo entendido que con 47 años el máximo de base cotización es 2070´80€. Muchas gracias.

    • Hola Vicente, si desde el 1 de enero de 2019 ya tenías cumplido los 47 años, la base máxima de cotización será 2.077,80 euros. Para el cálculo de la jubilación habrá que sumas las bases de cotización de los últimos 24 años y el resultado se divide 336, así se obtiene la base de cotización. Posteriormente habrá que calcular el porcentaje de la base de cotización que te corresponde. Para el año 2027 y posteriores se exigirán 37 años de cotización mínimo para cobrar el 100% de la base de cotización. Te dejo un enlace donde encontrarás una mayor información sobre la jubilación, https://www.billin.net/blog/cobrara-autonomo-cuando-se-jubile/. Espero haber aclarado tus dudas.

  • Hola
    Tengo 57 años. Llevo cotizando como autónomo unos 10 años. Anteriormente había trabajado por cuenta ajena. En estos años he cotizado por la base mínima. Quería saber si cotizando por una base más alta en estos siguientes 10 años, mi pensión mejoraría. Y en caso afirmativo, ¿cuál sería la base máxima por la que se me permitiría cotizar? Muchas gracias de antemano.

    • Hola Alberto, la pensión de jubilación se calcula en la actualidad, sobre un periodo de referencia, en este caso, 24 años hacia atrás. Evidentemente si aumentas la base de cotización en tus últimos 10 años, tu pensión de jubilación se verá mejorada. Las bases y cuotas de cotización para el año 2021 son: Base Mínima: 944,4 euros.
      Base Máxima: 4.070,1 euros.
      Base Límite <47 años: 2.052 euros.
      Base Máxima <47 AÑOS: 2077,80 euros.
      Tipo General: 30,6%.
      Contingencias Comunes: 28,3%.
      Contingencias Profesionales: 1,3%.
      Cese de Actividad: 0,9%.
      Formación: 0,1%.
      Te dejo un enlace donde encontrarás una mayor información sobre la jubilación. https://www.billin.net/blog/cobrara-autonomo-cuando-se-jubile/. Espero haber aclarado tus dudas.

  • Hola, soy autònomo societario, con cotizaciòn como autònomo, por ser administrador de la empresa y con nòmina en la misma, mi pregunta es. ¿En el momento de la jubilaciòn influye la nòmina, o solo me jubilarè por la cotizaciòn como autònomo?.
    Gracias.

  • buenos dia. tengo ya cotizados 42 años los ultimos 30 como autonomo. El proximo 31/07 cumplo 64 años y quisiera jubilarme cuanto me quedaria de pension estoy cotizando lo minimo. un saludo

    • Hola Pedro, si quieres cobrar el 100% de pensión de jubilación, hay que cotizar 36 años actualmente, pero en 2027 este plazo se incrementará a 37. Por tanto el tiempo que cotices de más entre los 20/25 años y los 36/37, irá incrementando el porcentaje de pensión que cobrarás. La cuantía resultará de los últimos 25 años en 2022. Te dejo un artículo donde encontrarás toda la información sobre cuánto cobrará un autónomo al jubilarse, https://www.billin.net/blog/cobrara-autonomo-cuando-se-jubile/. Espero haber aclarado tus dudas.

  • Buenas noches.
    Tengo 46 años y cumplo 47 en Julio ,mi empresa es una comunidad de bienes de dos socias y pago autónomos lo mínimo,llevo 6 años en la empresa y antes 27 años cotizados para empresas.

    Que debo hacer para poder jubilarme cn una pensión d unos 1200€.

    Cuando tendría q pagar autónomos??

    • Hola Marga, la cuantía de la pensión se determina aplicando a la base reguladora el porcentaje general que corresponda en función de los años cotizados y, en su caso, el porcentaje adicional por prolongación de la vida laboral, cuando se acceda a la jubilación con una edad superior a la ordinaria vigente en cada momento y el coeficiente reductor que corresponda. En este artículo encontrarás una mayor información sobre la cantidad que se cobrará al jubilarse, https://www.billin.net/blog/cobrara-autonomo-cuando-se-jubile/. Espero haber aclarado tus dudas.

  • Tengo 59 años y 36 años cotizados en régimen general, ahora voi abrir una S.L.que cuota de autónomo tendría que pagar para poder tener una buena pensión , se puede pagar 600,00 euros al mes de autónomo , gracias.

    • Hola Mateo, los trabajadores con 48 o más años desde el 1 de enero de 2022 podrán elegir sus bases entre las cuantías de 1.035,90 y 2.113,20 euros mensuales, salvo que se trate del cónyuge supérstite del titular del negocio que, como consecuencia del fallecimiento de éste, haya tenido que ponerse al frente del mismo y darse de alta en este régimen especial con 45 o más años de edad, en cuyo caso la elección de bases estará comprendida entre las cuantías de 960,60 y 2.113,20 euros mensuales. No obstante, te dejo un enlace donde encontrarás una mayor información sobre las bases de cotización del autónomo societario, https://www.billin.net/blog/base-de-cotizacion-autonomos/. Espero haber aclarado tus dudas.

      • buenos dias mi nombre es Angel peña tengo 53 años y tengo 34 años cotizados en la seguridad social 10 años régimen general mas 25 de autónomo el próximo año cierro mi negocio quisiera saber si sigo pagando el autónomo me beneficia a la hora de jubilarme ,o mejor dejar de paga hasta que llegue el año para jubilarme.GRACIAS

  • BUEN DIA LAURA. SERE BREVE YA QUE NO TE QUIERO MOLESTAR. EN NOVIEMBRE DESPUES DE 42 AÑOS COTIZADOS, EN REGIMEN GENERAL Y DESPUES DE AUT SOCIETARIO ME JUBILO. QUISIERA SABER SI ESTANDO YA JUBILADO TODAS LAS MEJORES QUE SE ACUERDEN SE APLICAN TAMBIEN A LOS JUBILADOS. PARA MI SERIA MEJOR APLICAR TODA MI VIDA LABORAL PARA EL COMPUTO Y NO LOS ULTIMOS 25.
    SLDS
    RICARDO

    • Hola Ricardo, los pasos y el método para el cálculo de la pensión de jubilación es calcular la base reguladora. Desde 2013 hasta 2022, los años de cotización computables para cálculo de la base reguladora ha ido creciendo, a razón de uno por año. Para todas las personas que se jubilen a partir de 2022, se tienen en cuenta los 25 años de cotización previos a la fecha del hecho causante (normalmente, el día de cese en la actividad laboral), es decir 300 meses de cotización. Si hay periodos en los que no se he cotizado, y por lo tanto existen lagunas de cotización, en el caso de trabajadores por cuenta ajena las 48 primeras mensualidades sin cotizaciones se integran en la base reguladora con un importe igual al 100% la base de cotización mínima vigente en esos meses. Las restantes con el 50% de la base de cotización mínima.
      No hay integración de lagunas en el régimen de autónomos: los meses sin cotización se contarán como importe cero. En este artículo encontrarás toda la información necesaria para conocer cuánto cobrarás por tu jubilación, https://www.billin.net/blog/base-reguladora/. Espero haber aclarado tus dudas.

  • Hola, el 26 de mayo del 1951 cumplo 72 años, me jubilé co 65 años. Mi vida laborar fue primero en régimen general, coticé 16 años en la misma, luego me hice autónoma hasta cumplir los 65 años, es decir: tengo una cotización de 46 años, mi pregunta es: ¿me cuenta esos 16 años de régimen general. Mi pensión es de 942 €

    • Hola Ana, teniendo en cuenta la edad a la que te vayas a jubilar y los años que hayas cotizado a la Seguridad Social, el método para calcular la pensión de jubilación implica aplicar a tu base reguladora un porcentaje en función de los años cotizados. Tras los 15 años obligatorios para acceder a una pensión contributiva de jubilación (que da derecho a la pensión mínima), en el 2022 el porcentaje a aplicar era del 0,21% a partir del 16º año cotizado, entre los meses 1 y 106, y del 0,19% para los 146 meses restantes. Si prolongas tu vida laboral más allá de la edad a la que te correspondería jubilarte, se añadiría un porcentaje extra. No obstante, en el siguiente enlace encuentras toda la información sobre cómo calcular la pensión de jubilación, https://www.billin.net/blog/cobrara-autonomo-cuando-se-jubile. Espero haber aclarado tus dudas.

  • Buenos días, soy autónomo 57 años, estoy fastidiado de salud y trabajando de lunes a domingo y sin vacaciones. Pagó una cuota de 299 euros. Es verdad que los que están cobrando ayudas subsidios mayores de 52 años están cotizando más que yo?

  • Hola, he sido autónomo por unos 2 años y pago 300 y tantos euros a la Seguridad Social. Ahora, además, voy a emplearme con un sueldo de 1800€, es decir , voy a estar en pluriactividad.
    Quería saber si el monto a pagar a la Seguridad Social será la suma de la cuota de Autónomo + la couta normal de un empleado que gane 1800 € brutos, o si existe alguna forma de cálculo en que ambos se complementen. Gracias.