La comunicación de apertura del centro de trabajo
Tanto la apertura de centro de trabajo como la reanudación de una actividad, tiene la obligatoriedad de ser comunicado. Nosotros te mostramos los pasos que hay que seguir y donde podrás presentarla.
En este artículo encontrarás
¿Cómo solicitar la apertura de un centro de trabajo?
Una vez constituida la sociedad, bastará con que el empresario inicie la actividad, y deberá proceder a la comunicación de apertura del centro de trabajo o el reinicio de actividad, a efectos del control de las condiciones de Seguridad y Salud Laboral.
Aquí puedes consultar los tipos de sociedades si lo necesitas
¿Qué es un centro de trabajo?
Comencemos por definir que es un “centro de trabajo”: es cualquier área esté o no edificada, en la que los trabajadores deban permanecer o que accedan a él por temas de trabajo.
La comunicación deberá ser presentada por cualquier actividad que realices, además, ten en cuenta que no necesitas una autorización previa para abrir tu negocio, sino, tan solo comunicarlos en el plazo de 30 días desde la apertura.
Si la autoridad laboral donde hemos presentado la comunicación considera que no reúnes los requisitos exigidos, lo pondrá en conocimiento del individuo para que en 10 días subsane cualquier incidencia que haya surgido.
Por tanto, la comunicación debe contener los siguientes datos:
- Datos de la empresa:
- Nombre o razón social y domicilio completo
- NIF y número de la Seguridad Social, e indicar si es de nueva creación o ya existente
- Actividad económica principal
- Su mutua aseguradora de enfermedad común y accidentes profesionales
- Datos del centro de trabajo:
- Nombre y domicilio completo
- Número de inscripción, motivo de presentación, clase de centro y fecha de iniciación
- Actividad económica principal y superficie construida en metros cuadrados
- Plantilla del centro de trabajo
- Datos de producción del centro de trabajo:
- Potencia instalada
- Especificación de la maquinaria y aparatos instalados
- Si produce o almacenan sustancias peligrosas de las incluidas en el RD 2216/1985
¿Cuándo es obligatorio hacer apertura de centro de trabajo?
Independientemente del tipo de empresa o tamaño siempre que tengamos un centro de trabajo y hagamos apertura o reformas es obligatorio hacer los trámites necesarios para la comunicación del centro de trabajo a las autoridades de cada Comunidad Autónoma.
Pasos a seguir para la comunicación de apertura del centro de trabajo
Lo primero que debes saber, que es una competencia autonómica, y, por tanto, se presentará en las Consejerías de Trabajo de cada Comunidad Autonómica, y el plazo de presentación podrá ser previo o en los treinta días posteriores a la apertura del centro.
Aquí tienes los enlaces a las comunidades autónomas más demandadas, pero podrás hacer la misma búsqueda para la tuya:
- Apertura centro de trabajo Madrid
- Obertura centre de treball
- Apertura centro de trabajo Valencia
- Apertura centro de trabajo Andalucía
- Apertura centro de trabajo Castilla y León
- …
Solicita cita previa, y rellena el impreso oficial que tendrás que presentarlo por cuadriplicado ante la autoridad laboral, quedándonos con la copia que indique interesado.
En el caso que la comunicación no cumpliera con los datos exigidos, la autoridad laboral se lo comunicará dándole un plazo de 10 días para resolverlo, si no fuera así, esa comunicación quedaría como no presentada.
Una vez presentada la comunicación, la autoridad laboral, remitirá al empresario, un acuse de recibo, donde conste la fecha de presentación, y en su caso, la conformidad de la misma, con lo dispuesto en la Orden 6 de 1986, que regula los requisitos exigidos y los datos que deben reunir la comunicación de apertura de centro de trabajo o reinicio de actividad.
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Documentación necesaria para abrir el centro de trabajo
El formulario oficial que se facilite en la Dirección Provincial del Ministerio de Empleo y Seguridad Social o en la Consejería correspondiente.
Plan de Prevención de riesgos laborales, en las empresas de hasta 10 trabajadores, el empresario podrá asumir las funciones necesarias para llevar a cabo la prevención de riesgos laborales, además de desarrollar su trabajo de forma habitual en el centro de trabajo, y que tenga la capacidad para hacerlo.
Para las empresas con menos de 10 trabajadores ha desarrollado el Ministerio de Empleo y Seguridad Social, una herramienta gratuita de asesoramiento en materia de prevención de riesgos laborales para microempresas y autónomos, llamada Prevencion10.
Los trabajadores autónomos sin empleados no tienen la necesidad de tener un plan de riesgos laborales, salvo que se vean afectados por la normativa sobre Actividades Empresariales, ya que, en este caso sí tendrían que aportar información sobre el riesgo de su actividad.
Proyecto técnico y memoria descriptiva de la actividad para empresas que desarrollen actividades molestas e insalubres.
La presentación de estas comunicaciones se podrá realizar en cualquier oficina de la Administración General del Estado, de otras Comunidades Autónomas, Oficinas de Correos, y en representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.
Si se incumple la obligación de presentar la comunicación de la apertura del centro de trabajo o la reanudación de los trabajos, y se informara de forma inexacta, no correspondiendo con la realidad del centro de trabajo, podría conllevar responsabilidad administrativa.
Este proceso se clasificará como falta leve, siempre que no se trate de industrias peligrosas, ya que, en este caso sí será una falta grave, y la autoridad laboral comunicaría a Inspección de trabajo esta información.
La comunicación de apertura del centro de trabajo es un proceso que se debe hacer correctamente, ya que es necesario e imprescindible para empezar nuestro negocio si necesitamos contar con un lugar de trabajo. Si tienes dudas escribe en los comentarios y te ayudaremos.
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14 comentarios
Hola
Somos una empresa de construcción. Quería saber si las obras pequeñas, trabajos de una-dos semanas también tenemos que comunicar la apertura del centro de trabajo??
Hola Ana, la comunicación de apertura de centro de trabajo solo en el caso de que se trate de trabajos de mantenimiento o de corta duración (no superior a 3 días) no será necesaria la presentación de comunicación de apertura, siempre que los trabajos realizados estén incluidos en la evaluación de riesgos de la empresa. A continuación, te dejo un enlace donde encontrarás una guía para tramitar una apertura de centro de trabajo, https://www.billin.net/blog/capitulo-guia-apertura-centro-trabajo/. Espero haber aclarado tus dudas.
Leo mucho lo de la corta duración y los tres días, sin embargo no se que base legal usan para dar esta afirmación. Algún criterio técnico de la inspección de trabajo o jurisprudencia que yo no conozca?
Hola Jonay, la comunicación se efectúa con carácter previo o dentro de los treinta días siguientes a la apertura de un centro de trabajo o reanudación de la actividad después de efectuar alteraciones, ampliaciones o transformaciones de importancia. En el siguiente enlace encuentras todo lo que debes saber sobre las aperturas de centros de trabajo, https://www.billin.net/blog/capitulo-guia-apertura-centro-trabajo/. Espero haber aclarado tus dudas.
Buenos dias,
Soy de una Asociación sin animo de lucro. La Asociacion esta interesada en contratar algunos trabajadores que hagan labores de asistencia social. Hasta ahora teniamos voluntarios pero se requiren labores mas especificas. Los trabajadores/as realizaran sus trabajos en casas particulares.
La pregunta es ¿tengo que declarar esas casas particulares como centros de trabajo? no se realizan actividades economicas pero si que se realizaran trabajos o servicios en domicilios particulares.
Agradeceré mucho si me dicen como lo ven.
gracias,
Chantal
Hola Chantal, dentro del régimen de empleado de hogar y ayuda a domicilio, los hogares privados y particulares no se consideran centros de trabajo. No obstante, te dejo un enlace donde encontrarás una mayor información sobre el régimen de empleado de hogar, https://www.billin.net/blog/regimen-empleada-hogar/. Espero haber aclarado tus dudas.
Buenas Pedro,
Trabajo para una empresa de instalación de placas fotovoltaicas. Me gustaría saber si para las instalaciones pequeñas, con trabajos de una semana aproximadamente también tendríamos que comunicar la apertura del centro de trabajo, o si depende de la potencia que se vaya a instalar…
Los trabajos sí que los tenemos incluidos en nuestra evaluación de riesgos de la empresa.
Hola Ana, la comunicación de apertura de centro de trabajo solo en el caso de que se trate de trabajos de mantenimiento o de corta duración (no superior a 3 días) no sería necesaria la presentación de comunicación de apertura, siempre que los trabajos realizados estén incluidos en la evaluación de riesgos de la empresa. A continuación, te dejo un enlace donde encontrarás una guía para tramitar una apertura de centro de trabajo, https://www.billin.net/blog/capitulo-guia-apertura-centro-trabajo/. Espero haber aclarado tus dudas.
en los datos del centro de trabajo, los datos son referentes a la empresa o al lugar donde se va realizar la obra, por ejemplo el domicilio
Hola Beatriz, los datos del centro de trabajo son Nombre, domicilio, municipio, provincia, código postal y teléfono. Para la exacta localización del centro deberá concretarse su ubicación de forma clara y precisa. En el siguiente enlace encontrarás todo lo que debes sobre cómo dar de alta un centro de trabajo, https://www.billin.net/blog/capitulo-guia-apertura-centro-trabajo/. Espero haber aclarado tus dudas.
Buenas tardes,
Voy a construir una casita en un pueblo de Ávila y todo lo voy a contratar sin requerir a un constructora. Ahora el paso siguiente que me dice el aparejador que tengo que hace es abrir el centro de trabajo…este paso lo puede hacer alguien por mi? Hay términos que desconozco y temo que puedo hacer este trámite mal.
Gracias por su ayuda y un saludo
Hola Pilar, la presentación de la comunicación de apertura de un centro de trabajo se realizará ante la Autoridad Laboral competente a través de los medios de tramitación electrónica que cada administración ponga a disposición de los empresarios, En la siguiente guía encontrarás una amplia información sobre la apertura del centro de trabajo, https://www.billin.net/blog/capitulo-guia-apertura-centro-trabajo/, Espero haber aclarado tus dudas.
Buenos días,
En una vivienda de un particular vamos a cambiar las ventanas.
En superficie construida m2: ponemos los metros cuadrados de las ventanas que vamos a instalar o los m2 de la vivienda.
Hola Oscar, la superficie construida es la que mide la vivienda completa, incluidos todos sus muros perimetrales. Es decir, todo lo que quede dentro del contorno de una vivienda. La diferencia entre una superficie útil y construida suele rondar el 15-25% aproximadamente. En el siguiente enlace encuentras todo lo que debes saber sobre la apertura de centro de trabajo, https://www.billin.net/blog/capitulo-guia-apertura-centro-trabajo/. Espero haber aclarado tus dudas.