La comisión europea y la reforma del IVA
La Comisión Europea quiere reformar el IVA de arriba abajo, dando más libertad a los países europeos para que lo fijen y establecer un tipo general del 15%.
En este artículo encontrarás
¿Qué reforma propone la Comisión Europea?
Se intenta eliminar la lista de bienes y servicios donde se aplican los tipos reducidos, y en su lugar crear una nueva donde se aplique un tipo estándar.
Se propone reformar la normativa del IVA en la Unión Europea, de esta manera los gobiernos tendrán más libertad a la hora de fijar el tipo general, reducido e incluso nulo, así como facilitar los trámites de las pequeñas y medianas empresas.
Existen muchas divergencias entre los distintos países, dando lugar a un mosaico de regulaciones dentro de la Unión Europea que puede generar desigualdades en el bloque comunitario.
El sistema actual estable un tipo general del 15% como mínimo para todos los bienes y servicios, no obstante, los del bloque comunitario puede usar un tipo reducido del 5% como mínimo, en una serie de bienes y servicios predefinidos.
Algunos países europeos tienen una serie de derogaciones y exenciones por razones históricas, concediéndole la autorización del 0%.
Esta Comisión Europea, abre la posibilidad a que los Estados puedan introducir otros cuatro por debajo de este umbral del 15% como tipo general.
En esta nueva lista de productos estarán: las armas, las bebidas alcohólicas, tabaco, juegos relacionados con apuestas, metales preciosos, los smartphones, los electrodomésticos o servicios financieros.
No obstante, la media ponderada de todos los IVA deberá siempre ser al menos del 12% para evitar competencias fiscales entre los socios europeos.
También la Comisión plantea cambiar las normas del IVA, para pequeñas y medianas empresas, que hoy se pueden beneficiar de una exención de ese impuesto sobre sus ventas, siempre que su cifra de ventas esté por debajo del timbra.
Pretende introducir un umbral de 2 millones de euros en ingresos de toda la Unión Europea, por debajo del cual, podrán beneficiarse de una simplificación en el sistema del IVA.
También se plantea introducir un segundo límite de 100.000 euros de cifras de negocios, para aquellas empresas que operen en más de un país de los veintiocho por debajo del cual podrían estar exentas de IVA.
Les dejará libertad a los países para que liberen a las pómez de ciertas obligaciones fiscales.
Con IVA o sin IVA.
Bruselas ha efectuado una revisión a los acuerdos que articulaban el impuesto sobre el valor añadido (IVA), ya que, se han generado unas pérdidas, tributarias por uso de mecanismo de fraude, entre los que se encuentran el conocido “carrusel” en las adquisiciones intracomunitarias.
Consulta que son las facturas intracomunitarias.
Las grandes lagunas existentes en la tributación intracomunitaria están generando una evasión fiscal, al estar exenta de tributación en origen las entregas transfronterizas de bienes, y al no existir un control de dichas operaciones dentro de la Unión Europea. También hay una pérdida en la competitividad de las empresas con operaciones intracomunitarias que cumplen sus obligaciones fiscales.
Este esquema ha favorecido la aparición de entramados societarios, con el fin de defraudar por dos posibles vías, bien solicitando la devolución de IVA soportado, o eludiendo el ingreso del IVA repercutido, utilizando facturas falsas o mercancías inexistentes.
Por todo esto, la Comisión Europea, propone una profunda reforma y armonización del IVA, dando una mayor libertad a los países para fijar los tipos, garantizando un tipo mínimo medio, y por otro, generar una ventanilla única que elimine el fraude del IVA.
Se busca que este impuesto se centralice a través de esta ventanilla y elimine la exención de tributación en las operaciones intracomunitarias, que haga posible que el vendedor de un país pueda repercutir el IVA al comprador de otro, que a su vez pudiera deducirlo.
Los Estados deberán afrontar el gran reto si realmente están dispuestos a aceptar un sistema de compensación que generará grades volúmenes de transferencias entre los países.
La eliminación de la exención del IVA en las adquisiciones intracomunitarias conlleva un efecto negativo sobre la gestión de la tesorería de las empresas que realizan este tipo de operaciones, en especial de las PYMES, y de su capacidad para conseguir financiación adicional necesaria para realizar los pagos del IVA.
En la medida que se consigan alcanzar acuerdos, para armonizar los tipos mínimos que garanticen la recaudación de los países, así como un sistema de compensación en una ventanilla única, junto con una simplificación del proceso para las empresas de reducida dimensión.
Se aboga por mantener un tipo general del 15%, pero deja la puerta abierta a que los Estados, puedan introducir otros cuatro por debajo de este umbral.
Se confía en reducir el fraude en 41.000 millón de euros al año.
Es difícil pensar que España, rebaje la carga de IVA sin realizar un previo estudio, ya que, actualmente es uno de los países con más carga fiscal, además de ser la fuente de ingresos más fundamental para conseguir el equilibrio presupuestario.
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