El compliance o cumplimiento normativo
¿Es suficiente cumplir las normas y ser legal?, pero ¿es ético?, veamos el significado de la figura Compliance y la causa de su nacimiento.
En este artículo encontrarás
¿Qué es el Compliance?
Como su palabra indica, es sinónimo de “cumplimiento normativo”, de esta manera, las empresas establecen procedimientos para asegurarse el cumplimiento de todas las Leyes, es decir, se implantan mecanismos internos de prevención, gestión, control y supervisión
El riesgo de Compliance consiste en recibir sanciones o daños en su reputación por el incumplimiento del marco normativo, es decir, leyes, políticas corporativas y reglamentos de conductas.
Este concepto se introdujo en España, principalmente, en dos sectores, el financiero y el farmacéutico.
Con la reforma de la Ley Orgánica 5/2010 del código penal, se centra esta función de cumplimiento para gestionar al mínimo el riesgo del incumplimiento de alguna normativa.
Esta figura resulta clave en el campo corporativo, es decir, un Gobierno corporativo que ha pasado a ser parte del ordenamiento jurídico.
Uno de los retos futuros del Compliance es la tecnología a su servicio, en este sentido la tecnología muestra un papel fundamental como herramienta de automatismos para evitar esos riesgos y generar matrices de regulación.
Funciones del Compliance
Comencemos indicando los requisitos que debe tener la figura del Compliance.
- Autonomía, poder de decisión.
- Preverá los riesgos penales
- Informar de los riesgos posibles
Esta persona se encargará de tener acceso directo tanto al órgano de Administración como al Gobierno, y una clara autonomía en la toma de decisiones.
Tendrá una serie de responsabilidades, según el sector y el tamaño de la empresa:
- Identificar toda la normativa que afecte a la empresa
- Integración en los programas de la organización
- Divulgar y comunicar toda la información necesaria para el cumplimiento de la normativa
- Se encargará de dirigir los controles para identificar el riesgo
Por tanto, quién asuma el papel de Compliance deberá mostrar confiabilidad, liderazgo, integridad, buena comunicación y compromiso.
En empresas pequeñas, normalmente, esta figura está dentro del departamento de Administración.
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Recomendaciones para la supervisión y control
Según el concepto de supervisión y control vamos a facilitar unas recomendaciones generales:
- En la empresa tenemos que afrontar el papel de Compliance como una necesidad, y concederle el poder suficiente.
- Autonomía a la hora de poder tomar decisiones.
- Acceder de forma directa tanto al órgano de Gobierno como a la Junta General.
- Su nombramiento debe provenir de la Junta General y no del Órgano de Administración.
- Disponibilidad horaria
- Participar en las decisiones estratégicas
La importancia de su implantación en las empresas
Cada vez se hace más necesario la implantación de esta figura en las empresas, ya que, se evitará que los Administradores se vean envueltos en escándalos o problemas con la justicia.
Con esto, disminuimos el riesgo de que las empresas cometan fraudes de ley, y garantizar la exigencia legal.
El anteproyecto de la nueva Ley de Sociedades de capital deriva la responsabilidad sobre las declaraciones fiscales a los administradores, de esta manera, se le elevará la responsabilidad a los directivos.
También se evitará el uso de políticas fiscales arriesgadas de las empresas para intentar pagar los menos posibles con mecanismos fiscales de dudosa aplicación.
Supervisión y verificación del cumplimiento
No bastará con la supervisión, sino que, tendrá que verificar que se está cumpliendo toda la normativa, es decir:
- Vigilancia y control al personal laboral, externo, administradores y directivos, se entiende como el asesoramiento que debe facilitar el Compliance a todos estos departamentos
- Revisar e ir modificando el plan de prevención ante fallos ocasionados, incumplimientos, comportamientos irregulares, al igual, que cualquier modificación legislativa que afecte a nuestra actividad.
- Gestionar un canal de denuncias e investigación interna, ya vengan de los propios trabajadores o del exterior, debiendo elaborar un informe para la dirección
- La divulgación entre el personal de la empresa, informando del contenido del plan de prevención penal a través de reuniones informativas
- Formación para todo el personal de la organización, sobre todo, en la normativa legal que afecte a nuestra actividad.
Es de destacar que más del 50% de las empresas ya disponen en su organización de la función de Compliance, impulsadas por la reforma del Código Penal, pero en muchas de ellas, el papel de esta figura no se limita solo a la prevención de riesgos, sino que abarca el aseguramiento del cumplimiento de la normativa general y sectorial, es decir, su objeto es crear una cultura de cumplimiento.
Estas empresas poseen un inventario de riesgos de cumplimiento, aunque las empresas siguen apoyándose en modelos de control muy generales como los Códigos éticos o de conducta.
En las empresas españolas aún queda mucho camino por recorrer hasta llegar a la situación deseada, y a la que sin duda se dirige la mirada del legislador, copiándonos de los países anglosajones.
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