Actualizado: 03 septiembre, 2021 · 0 comentarios · 5 min de lectura

El modelo 232 de operaciones vinculadas

modelo 232 hacienda
Validado por: Marcos De La Cueva - CEO Billin
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En este artículo, vamos a contarte en que consiste el Modelo 232 de Operaciones Vinculadas de la Agencia Tributaria, además de ver, quién tendrá que presentarlo de forma obligatoria, como se rellena, y, por último, cuándo lo tendrás que presentar.

¿Qué es el Modelo 232?

Es una declaración informativa, que tendrán que presentarla de forma obligada todas aquellas personas que lleven a cabo operaciones vinculantes o que se relacionen con paraísos fiscales recogidos en Hacienda.

¿Qué son operaciones vinculadas?

Se consideran operaciones vinculantes, aquellas que se realizan entre las personas físicas o jurídicas, que tengan alguna vinculación familiar o mercantil.

Por ejemplo, hablamos de estas operaciones cuando se realizan entre empresas del mismo grupo, entre sociedad y socio, varias sociedades con el mismo administrador, etc.

Para evitar el fraude en estas operaciones vinculantes, tendrá que ajustarse a los precios de mercado que haya en ese momento.

¿Quién tiene que presentar el modelo 232?

Este modelo será de obligado cumplimiento para aquellas sociedades o personas vinculadas, es decir, contribuyentes del Impuesto de Sociedades y del Impuesto de la Renta de los no Residentes, que actúen mediante un establecimiento permanente.

También para entidades en atribución de rentas constituidas en el extranjero, pero que tengan presencia en el territorio español.

A todos estos sujetos se les obligará la presentación si cumplen:

  • Cuando el conjunto de operaciones del mismo tipo y bajo el mismo método de valoración, que se realicen en el mismo periodo impositivo, supere el 50% de volumen de negocios.
  • Cuando el volumen de operaciones en el mismo ejercicio, supere los 100.000 euros en operaciones del mismo tipo y bajo el mismo método de valoración.
  • Aquellas que realicen operaciones con la misma persona o entidad vinculadas por un valor superior a 250.000 euros (siempre que no sean operaciones específicas)

Con operaciones específicas, nos referimos a operaciones realizadas entre una sociedad y una persona física que tribute en módulos (cuando esta persona o pariente supere el 25% de participación en dicha sociedad), operaciones con personas situadas en un territorio fiscal, transmisión de participaciones o del negocio que no coticen en bolsa, transmisiones de inmuebles y operaciones sobre activos intangibles.

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¿Cómo lo rellenamos el Modelo 232?

modelo 232 aeat

Vamos a identificar los principales bloques que conforman este impuesto, sin olvidar los datos personales e identificación fiscal, como en cualquier otra autoliquidación que tengamos que presentar.

Información de operaciones con personas o entidades vinculadas

En este bloque habrá que indicar las operaciones por persona o entidad vinculada, que agrupen el mismo tipo de actividad y el mismo método de valoración.

Habrá que indicar de cada una de ellas:

  • Identificaremos a la persona o entidad vinculada, es decir, NIF, nombre y apellidos o razón social, en caso de ser un no residente habrá que indicar el NIF de su país de residencia.
  • Indicaremos si es persona física o jurídica
  • Vinculación del tipo de operación (saldrá un listado y deberás marcar el tipo de operación)
  • Habrá que diferenciar entre los pagos y los ingresos
  • Indicar el importe de cada operación sin IVA

Operaciones con personas vinculadas en caso de aplicación de reducción de rentas que procedan de activos intangibles

  • Identificar el número de la matriz del declarante.
  • Identificar a la persona o entidad que satisface las rentas.
  • El código de la provincia o país, tipo de vinculación y el importe de la operación.

Operaciones con países considerados paraísos fiscales

En este apartado habrá que dejar indicado el tipo de operación que has realizado a lo largo del ejercicio impositivo:

  • Identificar a la persona o entidad residente en el territorio fiscal, y con el cual, has realizado una operación vinculada, además de indicar, si es una persona física o jurídica.
  • El país territorio y el importe de la operación.

Por último, habrá que identificar el tipo de operación según:

  • Por poseer valores representativos de los fondos propios de una entidad en este tipo de territorios.
  • Por poseer valores representativos de inversión colectiva en este tipo de territorios.
  • Por poseer valores de renta fija en mercados secundarios en este tipo de territorios.

plazo presentacion modelo 232

Plazo de presentación del Modelo 232

Este Modelo se presenta obligatoriamente de forma telemática, dentro de la página web de la Agencia Tributaria, y con un certificado digital.

➨ Aquí tienes como solicitar el certificado digital.

El plazo para presentarlo es en el mes siguiente a los diez meses posteriores a la finalización del periodo impositivo, pero como norma general, siempre que el ejercicio coincida con el año natural, se fijará desde el 1 al 30 de noviembre.

Ahora que ya sabes lo que es el Modelo 232 de operaciones vinculadas debes tenerlo en cuenta cunado realices negocios con el extranjero, y revisar si tu posible cliente se encuentra en uno de los lugares recogidos en Hacienda como paraíso fiscal

Sobre la persona que ha validado este artículo
Marcos De La Cueva - CEO Billin

Licenciado en ADE por la Universidad Autónoma de Madrid, Marcos De la Cueva es CEO y cofundador de Billin, un programa online que lleva más de 9 años ayudando a autónomos, pequeños negocios y gestorías a digitalizar sus presupuestos, facturas, tickets y gastos.
 
Sobre Marcos De La Cueva
 
Apasionado por el mundo empresarial y la tecnología, cursó su Máster de Finanzas en la Universidad Pontificia de Comillas y estuvo en el Programa de Cooperación Educativa de la Universidad Autónoma de Madrid.
 
Marcos siempre ha tenido su objetivo claro: ayudar a la creación de negocios financieramente sostenibles a través de una herramienta de facturación que les permita ahorrar tiempo y tener la contabilidad bajo control.
 
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