Actualizado: 09 enero, 2023 · 24 comentarios · 5 min de lectura

¿Qué contratos están bonificados? Tipos y características

contratos bonificados
Validado por: Marcos De La Cueva - CEO Billin
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Con la entrada en vigor del Real Decreto Ley 32/2021 se publican las bonificaciones aprobadas para contratar a trabajadores.

Detallamos las modalidades de contratos bonificados laborales que se obtendrán por dar nuevas altas de trabajadores y realizar prórrogas de contratos.

Cambios con la nueva reforma laboral

Los principales objetivos de la reforma laboral son la generación de empleo estable y de calidad, además de reducir la temporalidad del mercado laboral español.

Entre los cambios que trae la nueva reforma está la reducción de los contratos temporales, dejando solo el contrato estructural y el de formación.

Desaparece el contrato por obra y servicio, convirtiéndose el contrato indefinido en el principal.

Aquí te dejamos cuánto se paga de seguridad social por un trabajador.

¿Qué contratos se pueden hacer?

En el año 2023 se pueden realizar los siguientes contratos:

  • Contrato indefinido.
  • Contrato de duración determinada.
  • Contrato fijo discontinuo.
  • Contrato de formación en alternancia.

Los contratos temporales estructurales solo se podrán realizar cuando sea por una circunstancia de la producción justificada, como, por ejemplo, sustituir 30 días a un trabajador por vacaciones.

Y, los contratos de formación se dividen en formación Dual, que tienen una duración entre 3 y 24 meses para jóvenes menores de 30 años, y la práctica profesional, con una duración entre 6 y 12 meses, pero solo se podrá realizar en los tres años posteriores a finalizar los estudios.

Aquí te dejamos más información sobre los tipos de contratos de trabajo.

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¿Qué contratos están bonificados?

Vamos a ver ahora qué contratos de los que tenemos vigentes están bonificados de alguna forma. Recordemos que en algunos casos los contratos pueden contar con ciertas deducciones fiscales según el tipo de persona que contratemos.

Contratos bonificados por edad

Estos son las bonificaciones con las que contamos a la hora de contratar empleados atendiendo a su edad

Contratos bonificados a menores de 25 años

Si se contrata una persona menor de 25 años que esté inscrito en el desempleo puedes optar a:

  • Empresa con menos de 250 trabajadores: 100% reducción cuota patronal.
  • Empresa con más de 250 trabajadores: 75% reducción cuota patronal.
  • Las reducciones se mantendrán todo el tiempo que dure el contrato.

Contratos bonificados a mayores 45 años

En el caso de tener el trabajador mayor de 45 años y alguna discapacidad, la bonificación puede llegar a 6.300 euros.

Contratos bonificados mayores de 65 años

Es una bonificación para los empresarios que mantienen a un trabajador que ya tiene la edad de jubilación, consiguiendo una reducción del 100% de la cuota de contingencia comunes.

 

Contratos bonificados por situación personal o situación de exclusión

Los contratos a personas en situación de exclusión social tienen bonificaciones que duran hasta cuatro años y dependerán del tipo de contrato y víctima para conocer las reducciones.

VÍCTIMA CONTRATO INDEFINIDO CONTRATO TEMPORAL

CONVERSIÓN A INDEFINIDO

Trata

1.500 euros 600 euros No hay

Violencia género

1.500 euros 600 euros

1.500 euros

Terrorismo

1.500 euros 600 euros

1.500 euros

Violencia doméstica

850 euros

600 euros

850 euros

 

Contratos bonificados por discapacidad

Para los contratos bonificados por discapacidad hay que dividirlos según el grado de discapacidad.

En general, las bonificaciones que se aplican por contratos indefinidos para menores de 45 años son 5.100 euros para el hombre y 5.950 euros para la mujer, en el caso de mayores de 45 años son 6.300 euros.

Para la conversión de contrato temporal a indefinido se aplican las mismas bonificaciones que en el párrafo anterior.

Y, en contratos de duración determinada las bonificaciones son 4.100 euros para el hombre y 4.700 euros para la mujer, siempre que sean menores de 45 años, para los mayores de 45 años son 4.700 euros para hombre y 5.300 euros para las mujeres.

Si la contratación se hace a una persona con una discapacidad severa, tienes una bonificación anual de 1.500 euros durante cuatro años.

Contratos indefinidos bonificados

Las bonificaciones que se obtienen por convertir un contrato a indefinido son las siguientes:

  • En los contratos de prácticas para empresas con menos de 50 trabajadores, hay una bonificación en la cuota de 500 euros para los hombres y 700 euros para las mujeres.
  • Los contratos de relevo en empresas con menos de 50 trabajadores, hay una bonificación en la cuota de 500 euros para los hombres y 700 euros para las mujeres.
  • En el contrato de sustitución por jubilación en empresas con menos de 50 trabajadores, bonifican la cuota para los hombres en 500 euros y para las mujeres en 700 euros.
  • En el contrato de aprendizaje o formación, una reducción en la cuota de 1.500 euros para los hombres y 1.800 euros para las mujeres.
  • Y, por último, en el contrato de formación que proviene de una empresa de trabajo temporal, obtiene una reducción en las cuotas de 1.500 euros para los hombres y 1.800 euros para las mujeres.

Todas estas bonificaciones y reducciones tienen una duración de tres años.

Otros contratos bonificados

Otra bonificación que obtiene una empresa es al contratar a un parado de larga duración, es decir, que lleve inscrito como demandante de empleo más de 360 días de los últimos 18 meses, pudiendo obtener una ayuda por contratar a un hombre de 1.300 euros anuales y por una mujer 1.500 euros anuales, y su duración será de tres años.

También por contratos de interinidad se obtienen ayuda, por tanto, si contratas a un demandante de empleo para sustituir una baja maternal o paternal consigues una bonificación del 100% de la cuota de contingencias profesionales y recaudación conjunta.

Esperamos que ahora que conoces cuáles son los contratos bonificados veas las ventajas de contratar según los criterios exigidos para aprovechar las bonificaciones. Si tienes cualquier duda o pregunta, desde Billin estaremos encantados de ayudarte.

Sobre la persona que ha validado este artículo
Marcos De La Cueva - CEO Billin

Licenciado en ADE por la Universidad Autónoma de Madrid, Marcos De la Cueva es CEO y cofundador de Billin, un programa online que lleva más de 9 años ayudando a autónomos, pequeños negocios y gestorías a digitalizar sus presupuestos, facturas, tickets y gastos.
 
Sobre Marcos De La Cueva
 
Apasionado por el mundo empresarial y la tecnología, cursó su Máster de Finanzas en la Universidad Pontificia de Comillas y estuvo en el Programa de Cooperación Educativa de la Universidad Autónoma de Madrid.
 
Marcos siempre ha tenido su objetivo claro: ayudar a la creación de negocios financieramente sostenibles a través de una herramienta de facturación que les permita ahorrar tiempo y tener la contabilidad bajo control.
 
Marcos De La Cueva en los medios
— Charla sobre productividad y Ley Crea y Crece en El Economista.
— Charla sobre factura electrónica obligatoria en Muy Pymes.
— Charla sobre digitalización autónomos y productividad en esdiario.
— Charla sobre productividad y factura electrónica en La Razón.
— Charla sobre factura electrónica obligatoria en Autónomos y emprendedores.
— Entrevista sobre Ley Antifraude y Ley Crea y Crece en Expansión.
— Entrevista sobre Ley Antifraude y Ley Crea y Crece en La Razón.
— Entrevista sobre factura electrónica obligatoria en El Economista.
— Comunicado Billin y TeamSystem en Business Insider.
— Entrevista en Economía Digital.
— Entrevista en Ideas para tu empresa de Vodafone.
— Entrevista en MásQradio.
— Entrevista en Armas para emprender de El Método Gallardo.
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— Entrevista en AXA Seguros España.
— Entrevista en GestionaRadio.
 
Marcos De La Cueva en eventos
 
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24 comentarios

  • Para contratar un trabajador de 31 años, con estudios de bachiller y un contrato a tiempo parcial, que modalidad de contrato me conviene más? Indefinido tiempo parcial o temporal tiempo parcial?
    Gracias. Saludos

    • Hola Sandra, los tipos de contrato temporal coinciden actualmente con las dos causas que pueden provocar esta modalidad que son: Contrato de duración determinada por circunstancias de la producción y Contrato de duración determinada por sustitución, En caso contrario, la contratación debe ser indefinida según la nueva reforma de la contratación laboral, en el siguiente post te dejo toda la información sobre la Reforma Laboral para la Contratación de Trabajadores, https://www.billin.net/blog/nueva-reforma-laboral/. Espero haber aclarado tus dudas.

  • Ej. …. en los contratos de prácticas para empresas con menos de 50 trabajadores, hay una bonificación en la cuota de 500 euros para los hombres y 700 euros para las mujeres.

    Esto es mensual del salario a percibir por el empleado?

    Yo estoy de convenio de practicas y me deben cambiar a indefinido.

    Como funciona exactamente lo de la bonificacion?

    Gracias

    • Hola Grethel, las conversiones en contratos en indefinidos a tiempo completo o a tiempo parcial, de los contratos en prácticas tienen una bonificación en las cuotas empresariales a la Seguridad Social, consistente en 500 Euros/año, durante tres años. Si el contrato se hubiera celebrado con una mujer será de 700 Euros/año. Podrán ser beneficiarias de estas bonificaciones las empresas de menos de 50 trabajadores en el momento de la contratación. En el siguiente enlace encontrarás todos los contratos bonificados, https://www.billin.net/blog/contratos-bonificados/. Espero haber aclarado tus dudas.

      • Me contrataron 4 días con contrato indefinido y me despidieron. Mi pregunta es, si pasados 6 meses si me vuelven a contratar tendría bonificación? He visto que no puede estar vinculado a la empresa 24 meses anteriores.
        Por otro lado, cuando me han intentado contratar en otro sitio con bonificación salta la alarma de que he sido contratada en menos de tres meses con contrato indefinido. Es requisito no haber sido contratada en indefinido para recibir bonificación en contratos bonificados?

    • Hola Maite, el nuevo esquema presenta importantes modificaciones de bonificaciones a la contratación laboral a partir del próximo 1 de septiembre de 2023. Estas bonificaciones para la contratación laboral a las que podrán optar las empresas y empleadores a partir del 1 de septiembre de 2023, principalmente, cuando realicen una contratación indefinida, una conversión de temporal a indefinido o por sustitución que fomenten la conciliación familiar y laboral. En el siguiente enlace te dejo todo lo que debes saber sobre las bonificaciones de contratos, https://www.billin.net/blog/contratos-bonificados/, Espero haber aclarado tus dudas.

  • Se puede pedir que se aplique la base máxima de cotización (4000€) en un contrato laboral?
    O hay que quedarse con lo que marque hacienda?
    Muchas gracias

    • Hola Fernando, la Seguridad Social calcula la Base de cotización, según lo establecido por la Ley de Presupuestos Generales del Estado. Y se estima, según lo establece la Ley General de Seguridad Social, en su artículo 246. En el siguiente enlace encuentras toda la información sobre las bases de cotización a la Seguridad Social, https://www.billin.net/blog/base-de-cotizacion-autonomos/. Espero haber aclarado tus dudas.

  • Buenos días, trabajo en un comedor escolar con contrato fijo discontinuo desde 2018, y me dicen que no me pueden despedir porque pierden ello la subvención, yo tengo concedido el subsidio de mayor de 52 años del cual me beneficiaré en los meses de verano, y cuando me contratan me lo quitan, estoy ganando menos trabajando que con el subsidio y cotizando por una miseria, quisiera saber a qué subvención se refieren porque no entiendo nada. Muchas gracias

  • Buenos días,

    Hay alguna subvención o bonificación para la contratación indefinida sin ser un colectivo vulnerable, es decir, sin ninguna excepción, menor de 30 años inscrito en el Sistema Garantía Juvenil.

    Muchas gracias de antemano.

    • Hola Juan Antonio, la contratación indefinida y a tiempo completo a desempleados mayores de 52 años beneficiarios del subsidio de desempleo (artículo 274 del Real Decreto Legislativo 8/2015) se aplicará la bonificación correspondiente a cada colectivo.
      Otra posibilidad es contratar de manera indefinida o mantener el contrato a trabajadores mayores de 65 años con 38 años y 6 meses de cotización, o con más de 67 años y 37 años de cotización. Supone para el empresario una reducción de la cuota empresarial por contingencias comunes, salvo la incapacidad temporal, del 100%. En el siguiente enlace encuentras todo lo referente a la bonificación de los contratos en 2023, https://www.billin.net/blog/contratos-bonificados/. Espero haber aclarado tus dudas.

  • Hola.
    Soy pensionista con una minusválida del 40%, y quiero hacer un contrato indefinido a una empleada del hogar a tiempo parcial, ¿hay algún tipo de subvención a la que me pueda acoger?

    • Hola Jose, a partir del 1 de abril de 2023, se establece una nueva bonificación del 45% o del 30% en la aportación del empleador a la cotización a la Seguridad Social por contingencias comunes, cuando cumplan los requisitos de patrimonio y/o renta de la unidad familiar o de convivencia del empleador en los términos y condiciones que se fijen reglamentariamente, En el siguiente enlace encuentras todo lo referente a la contratación de empleada de hogar, https://www.billin.net/blog/regimen-empleada-hogar/. Espero haber aclarado tus dudas.

  • Hola comentais que hay unas bonificaciones para la contratación de personal inferior a 25 años que estan apuntados como demandantes de empleo.

    Es así (es decir solo que esten un dia como demandante de empleo ya aplicaría)?
    o solo si son de larga duración en desempleo?

    Me refiero a lo que comentais:
    «Contratos bonificados a menores de 25 años
    Si se contrata una persona menor de 25 años que esté inscrito en el desempleo puedes optar a:
    Empresa con menos de 250 trabajadores: 100% reducción cuota patronal.
    Empresa con más de 250 trabajadores: 75% reducción cuota patronal.
    Las reducciones se mantendrán todo el tiempo que dure el contrato.»

    Muchas gracias

  • Buenas,

    Quisiera saber como aplicar el punto que comentais sobre contratos bonificados para menores de 25 años.
    Es para cualquier empleado que aplica menor de esa edad? O ha de cumplir estar en paro, u otras caracteristicas?
    Como se aplica en el momento de la contratación?
    Gracias

    Contratos bonificados por edad
    Estos son las bonificaciones con las que contamos a la hora de contratar empleados atendiendo a su edad
    Contratos bonificados a menores de 25 años
    Si se contrata una persona menor de 25 años que esté inscrito en el desempleo puedes optar a:
    Empresa con menos de 250 trabajadores: 100% reducción cuota patronal.
    Empresa con más de 250 trabajadores: 75% reducción cuota patronal.
    Las reducciones se mantendrán todo el tiempo que dure el contrato.

  • Buenos días, trabajo desde febrero en una residencia de discapacitados como auxiliar, me hicieron presentar el DARDE, tengo 51 años, también firme una solicitud de ayuda de fomento de empleo, mi contrato es indefinido con reducción de cuotas. Poco tiempo antes despidieron a una auxiliar de mi edad que estuvo dos años trabajando. Mi pregunta es, pidieron haberme puesto sustituyendo en la bonificación a esa compañera y despedirme a fin de año cuando se cumplan los tres años de aquel contrato bonificado? Porque en mi contrato figura que tengo 25 días de vacaciones y me parece raro porque debería decir 30 o proporcional.

    • Hola Andrea, cuando una empresa lleva a cabo un contrato de trabajo bonificado, podrá despedir al trabajador a partir del momento que haya cumplido todos los requisitos de la bonificación aplicada, porque en caso contrario, tendría que devolver dicho beneficio social. En el siguiente enlace encuentras todo lo referente a los contratos de trabajo, https://www.billin.net/blog/contratos-bonificados/. Espero haber aclarado tus dudas.