Los datos fiscales del contribuyente
En este artículo te vamos a mostrar cómo puedes solicitar tus datos fiscales a Hacienda para la Renta de 2018, y, además, te enseñaremos sus utilidades.
En este artículo encontrarás
¿Qué son los datos fiscales?
Los datos fiscales consisten en aquella información que posee la Administración sobre nuestros ingresos y gastos, durante un ejercicio.
Hay que tener en cuenta, que cuando solicitamos estos datos a la Agencia Tributaria, es para verificar si son correctos o no, ya que, no todas las operaciones que pueda realizar un contribuyente estarán incluidas en ellos, es decir, supongamos que has vendido una vivienda en el año 2018, pues bien, en los datos fiscales se reconocerá la operación notarial realizada en ese año, pero tendremos que añadir datos que desconoce la Administración, y así, declarar de forma correcta la ganancia o pérdida patrimonial que se haya generado por esa variación en tu patrimonio.
Por tanto, si has vendido un inmueble, tendrás que aportar a Hacienda la siguiente información:
Fecha y precio de compra + gastos inherentes
Fecha y precio de venta – gastos inherentes
Supongamos otro ejemplo, el caso de que hayas tenido un hijo en el año 2018, pues igual que el ejemplo anterior, tendrás que indicar en Hacienda que has tenido un hijo y la situación de convivencia tanto con su madre como con el menor, es decir, si convive contigo, si tiene alguna discapacidad, si obtiene rentas, etc., dependiendo de esas características tributará de forma diferente.
¿Cómo se consiguen esos datos fiscales?
Estos datos, sirven de base para la elaboración del borrador del contribuyente, los cuales, podrán ser enviados al ciudadano o descargados de la página web de la Agencia Tributaria mediante el programa de Renta Web.
Para solicitarlos por la página de la Agencia Tributaria tendrás tres vías:
- Con el certificado digital
- Con la cl@vae pin
- Con el número de referencia
Te mostramos el camino que debes seguir para descargarlos:
- Entra en la página de la Agencia Tributaria
- Pincha Renta 2018 y obtendrás:
- “Para acceder a nuestros servicios debe identificarse”, aquí puedes usar cualquiera de las vías que te hemos comentado.
- Si usas el certificado digital o DNI electrónico, no te requerirá ningún dato, te abrirá directamente los datos fiscales
- Si tienes cl@ve pin, ocurrirá lo mismo
- Si es con el número de referencia, habrás tenido que solicitarlo anteriormente, donde te habrán requerido el número de DNI, la fecha de validez del DNI o de expedición, y la casilla 475 de la Renta del 2017
Esta aplicación, está desarrollada, en un principio, para las Rentas más sencillas, pero si tienes que modificar algún dato, también te lo permitirá, de manera que, posteriormente puedas confirmar el nuevo borrador.
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¿Cuáles son las preguntas más frecuentes realizadas sobre la Renta Web?
Si estás obligado a presentar la Renta tendrás que acceder a Renta 2018, donde tendrás que identificarte, si resulta, que no quisieras confirmar la Renta en ese momento, debido a que tengas que añadir cambios, podrás guardarla, y así poder entrar en ella tantas veces como lo necesites antes de presentarla.
Los datos más importantes que tendrás que revisar son:
- Información de tus inmuebles y referencias catastrales
- Las cuotas sindicales
- Datos personales y familiares, es decir, deducción por familia numerosa, por discapacidad, por maternidad o por familia monoparental con dos hijos que no tienen derecho a anualidad de alimentos
- Plan de pensiones
- Deducción por inversión en vivienda habitual
- Deducción por alquiler en vivienda habitual
- Comprobar todas las deducciones autonómicas, ya que, variarán de una comunidad a otra.
La presentación de la Declaración de la Renta se podrá efectuar por medio electrónicos, a través del teléfono o en las oficinas de la Administración de la Agencia Tributaria, siempre que solicites cita previa.
Si el resultado de tu Declaración es a ingresar, debes saber, que podrás domiciliar su pago en un plazo o en dos sin intereses, uno te lo cobrarán el último día de renta (para el 2018 el 1 de julio de 2019) que será el 60%, y el siguiente plazo, será en noviembre del mismo año, pagando el 40% restante.
En caso que necesites pagarlo en más plazos, tendrás que solicitar un aplazamiento o fraccionamiento, donde sí te cobrarán intereses, que será el establecido en el mercado.
También, podrás pagarlo directamente con el NRC, que consistirá en un código, el cual, te facilitará tu entidad financiera, y así lo pagarás en el instante.
En resumen, las tres opciones posibles para que el contribuyente pueda realizar el pago de la Renta son:
- Documento para su ingreso en banco o caja
- Obtener el NRC
- Otra modalidad de pago, como el aplazamiento
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