Actualizado: 10 noviembre, 2021 · 0 comentarios · 3 min de lectura

Facturar con o sin IVA y otros impuestos en Canarias, Ceuta o Melilla

Validado por: Marcos De La Cueva - CEO Billin
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Si alguna vez tienes que facturar a un cliente para vender a Canarias, Ceuta o Melilla, debes tener en cuenta que en estas regiones se aplica un sistema de tributación propio y están excluidos del IVA peninsular.

Te contamos las claves para crear correctamente tus facturas, en caso de vender o prestar tus servicios a clientes de éstas regiones.

Impuestos no peninsulares: IVA, IGIC, IPSI

  1. Lo primero que debes definir es que comercias (si es producto o servicio) y donde se produce la prestación o venta
  2. En Canarias se aplica el IGIC (Impuesto General Indirecto Canario).  Ceuta y Melilla aplican el IPSI (Impuesto sobre la Producción, los Servicios y la Importación de las Ciudades de Ceuta y Melilla).
  3. La aplicación del IVA para las empresas o autónomos con régimen fiscal peninsular, diferencia dos supuestos dependiendo de si se trata de la venta de un producto o la prestación de un servicio.

IVA, IGIC e IPSI en la venta de productos

En este caso, el intercambio comercial desde la Península a Canarias, Ceuta y Melilla se considera exportación por lo que la operación queda exenta de IVA y es al propio comprador o destinatario quien asume el pago del IGIC o el IPSI del producto importado.  Ésta transacción tiene que ser declarada por el vendedor a la hora de presentar el modelo 303 y 390 del resumen del IVA.

IVA, IGIC e IPSI en la prestación de servicios:

En este caso, la aplicación del IVA dependerá de si la prestación del servicio se realiza a empresas o particulares.

  • De empresa a particular

Cuando el destinatario del servicio es un particular de Canarias, Ceuta o Melilla, el prestador del servicio deberá aplicar el IVA peninsularExcepto en los servicios de telecomunicaciones, radiodifusión, televisión y aquellos que se realicen por vía electrónica a un particular sin condición de sujeto pasivo, que se gravarán con el IGIC o el IPSI en el lugar de residencia del cliente.

  • De empresa a empresa

Cuando el destinatario es un profesional autónomo, la empresa que realiza la operación factura como exenta de IVA.  Se aplicará el IGIC o IPSI por el mecanismo de inversión de sujeto pasivo.  La operación deberá reflejarse en el libro de registro de IVA como operación no sujeta y no como exportación.

La excepción se da en los servicios de publicidad, consultoría, abogados, entre otros, que contempla la repercusión del IVA en aquellos servicios prestados a profesionales radicados fiscalmente en Canarias, Ceuta y Melilla y que la utilización del servicio es peninsular.

Recuerda que con Billin, podrás crear, enviar, recibir y gestionar tus facturas aplicando todos los tipos de tributación que necesites, tanto para la Península y Baleares como para Canarias, Ceuta y Melilla.  La herramienta es gratuita para pymes y autónomos, además de disponer de niveles de seguridad bancarios; además te permite conocer en todo momento el estado de tus facturas y sabrás si una factura ha sido recibida, visualizada, aceptada y cobrada.

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Sobre la persona que ha validado este artículo
Marcos De La Cueva - CEO Billin

Licenciado en ADE por la Universidad Autónoma de Madrid, Marcos De la Cueva es CEO y cofundador de Billin, un programa online que lleva más de 9 años ayudando a autónomos, pequeños negocios y gestorías a digitalizar sus presupuestos, facturas, tickets y gastos.
 
Sobre Marcos De La Cueva
 
Apasionado por el mundo empresarial y la tecnología, cursó su Máster de Finanzas en la Universidad Pontificia de Comillas y estuvo en el Programa de Cooperación Educativa de la Universidad Autónoma de Madrid.
 
Marcos siempre ha tenido su objetivo claro: ayudar a la creación de negocios financieramente sostenibles a través de una herramienta de facturación que les permita ahorrar tiempo y tener la contabilidad bajo control.
 
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