¿Qué hago si mi IAE no aparece en los epígrafes?
El IAE (Impuesto de Actividad Económica) generará bastantes dudas, ya que, condicionará tu forma de tributar, por lo que no debes tomarlo a la ligera, te mostramos como hacerlo.
En este artículo encontrarás
¿Qué son los IAE y cómo elegirlos?
Es un impuesto local, que administra el Ayuntamiento de tu ciudad, y al que estarán obligados, tanto las personas físicas como jurídicas, que desarrollen una actividad económica en nuestro país.
Por tanto, cualquier persona física o jurídica que ejerza una actividad económica, sea profesional o empresarial, tiene la obligación de darse de alta en el IAE, normalmente, corresponde con el año natural, aunque si inicias tu actividad económica a mitad de año, abarcará esos días hasta el cierre del año.
Pero ten en cuenta, que todas las personas físicas están exentas de pagar este impuesto, a no ser, que su volumen de negocio supere el millón de euros, y, aun así, estaría exento los dos primeros años de actividad.
En el momento que te das de alta, mediante el Modelo 036 o 037, tendrás que especificar la actividad que vas a realizar, la cual, deberá corresponderse con un epígrafe.
Actividad empresarial o profesional
El listado de IAE se clasifica en tres secciones importantes:
- Actividades empresariales: aquí se englobarían las ganaderas independientes, mineras, industriales, comerciales y servicios.
- Actividades profesionales: aquí se englobarían todos los profesionales relacionados con la agricultura, ganadería, caza y pesca, energía y agua, minerías, industrias químicas, telecomunicaciones, etc.
- Actividades artísticas: son las relacionadas con el cine, teatro, música, deporte, actividades taurinas, etc.
En un principio, el listado es muy completo, pero ten en cuenta, que puede darse que un epígrafe pueda calificarse como empresarial o profesional a la misma vez.
Ten en cuenta que una actividad se englobará como profesional cuando la desarrolla una persona física de forma individual, directa y personal, por ejemplo, abogados, economistas, arquitectos, mientras que las empresariales, son las que se ejercen a través de una infraestructura creada, por ejemplo, los comerciantes minoristas.
Las actividades profesionales corresponden a la Sección 2ª, y se entiende, que quién realiza este tipo de actividad, está titulado para ello, es decir, tiene una formación para poder desarrollarla, e incluso pertenecerá a un colegio profesional.
Hay actividades, que claramente se engloban en el nivel profesional, y no generarán duda de confusión, como, por ejemplo, los abogados, médicos, economistas, etc. Sin embargo, existen otras que no están tan claras, como, por ejemplo, un profesor o un agente de seguros. Ten en cuenta que los profesionales ejercen una actividad liberal, donde su trabajo dependerá de sus conocimientos.
A diferencia de las actividades empresariales, los profesionales no suelen funcionar alrededor de una organización, sino, que ellos mismos elegirán su horario de trabajo y los medios que van a utilizar.
Un ejemplo de actividad profesional, podría ser un economista que sólo se desplaza a las empresas a cumplir con los trabajos encargados, como, por ejemplo, planes de viabilidad, cierre de contabilidad, etc.
También indicar que las actividades profesionales, estarán sujetas a una retención, actualmente es el 15%, a excepción del que inicie actividad que retendrá un 7% durante los tres primeros años, esta retención, tan solo, se aplicará cuando le facturemos a autónomos o sociedades, para particulares estarán exentas, además, si el 70% de tu facturación se la realizas a empresas y autónomos, entonces, estarías exento de presentar el Modelo 130 de IRPF.
Por ejemplo, suponte que facturas 10.000 euros, de los cuales, 8.000 euros es a autónomos y sociedades, entonces, como facturará el 80% a empresas, estaría exento de presentar el Modelo 130.
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En cambio, las actividades empresariales englobarán todo lo que no está incluido en las actividades profesionales, y son principalmente, la hostelería, el comercio, la fabricación, etc., estas facturas están exentas de retención, por tanto, tendrá que presentar el Modelo 130 de forma obligatoria.
¡Cuidado!, existen actividades, que habrá que ver como se realizan, no bastará con el tipo de trabajo que hacen, ya que, una actividad profesional podría convertirse en una empresarial.
Siguiendo con el ejemplo anterior, supongamos que el economista monta un despacho y tiene personal contratado, donde su trabajo funcionará bajo una organización, pues bien, esta actividad pasaría a ser empresarial.
Ahora, ya sabes cómo diferenciar entre actividad profesional y empresarial, como ves, es muy importante saber hacerlo de forma correcta, ya que, de ello dependerá tu régimen fiscal.
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Claves para elegir tu IAE
Te ofrecemos las siguientes recomendaciones a la hora de elegir el epígrafe correcto:
- Intenta elegir un único epígrafe
- No todas las actividades están incluidas en el listado, pero existen unos cajones de sastre donde podrás incluirte, denominados como “otras actividades…. n.c.o.p
- Valora las normas que aplican a cada epígrafe
- Ten en cuenta las obligaciones que genera cada epígrafe con respecto al IVA, por ejemplo, los minoristas estarán sujetos al recargo de equivalencia, mientras que la medicina estará exenta de IVA.
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