Ampliado el plazo para la solicitud del Kit Digital hasta 2024
Desde que en 2021 se anunció el Plan de Digitalización de Pymes del Gobierno, han sido muchos los profesionales que lo han solicitado en las 3 fases que se habían establecido inicialmente.
Además, se acaba de anunciar la ampliación del Kit Digital para autónomos hasta 2024.
Te lo contamos todo.
En este artículo encontrarás
¿Qué es el Kit Digital?
El Kit Digital o bono digital es el programa de ayudas del Gobierno de España para impulsar la digitalización de pequeñas empresas, microempresas y autónomos para reducir la brecha digital con respecto a las grandes empresas.
De lo que se trata es de modernizar el tejido productivo español y hacerlo más competitivo a nivel nacional e internacional.
El Kit Digital para autónomos proviene de la dotación económica que la Unión Europea concedió a España a través de los fondos europeos Next Generation para la modernización y actualización de nuestro tejido económico y empresarial, según lo establecido en la Agenda Digital 2026, sin importar el tipo de negocio ni el sector.
La solicitud del bono digital se debe realizar a través de Red.es, el portal que te va guiando en los siguientes pasos que debes dar: alta, test de madurez digital, comprobación de los requisitos, agentes digitalizadores, etc.
Hasta ahora se habían establecido 3 convocatorias para la solicitud del Kit para atender a las empresas y autónomos solicitantes a partir de su número de empleados:
- Convocatoria 1: desde el 15 de marzo de 2022 las pequeñas empresas que tuvieran de 10 hasta un máximo de 50 empleados podían empezar a solicitarla.
- Convocatoria 2: esta fase iniciaba a partir del 2 de septiembre de 2022 y correspondía a microempresas y empresas pequeñas de entre 3 y 9 empleados.
- Convocatoria 3: los últimos en poder solicitar su Kit Digital era las pequeñas empresas y microempresas con 0 y 2 empleados. Aquí también se incluía el Kit Digital para autónomos y empezó el 20 de octubre de 2022.
En todos los casos, las peticiones podían realizarse durante los 12 meses siguientes a la fecha de inicio de las convocatorias.
Estas eran las únicas existentes hasta el momento, pero recientemente ha saltado una noticia, a través de un comunicado del Gobierno de España, en la que se anuncia la apertura de un nuevo plazo de solicitudes de Kit Digital destinado, en exclusiva, a unos determinados beneficiarios.
¿Quién puede beneficiarse del Kit Digital?
Desde el inicio, en las bases del Kit Digital se indica que se pueden beneficiar todas aquellas empresas, microempresas y autónomos que cumplan los requisitos referentes a su actividad y el estado del negocio, independientemente del tipo de nicho o sector en el que se desarrollen.
Pero, aunque ninguna actividad estaba excluida, aún quedan muchos negocios por digitalizar, como las cooperativas agrarias y las sociedades profesionales.
Por eso, el Gobierno ha lanzado una 4ª convocatoria especificando cuáles van a ser los nuevos sectores con Kit Digital en el BOE del pasado 22 de julio:
- Comunidades de bienes.
- Explotaciones agrarias de titularidad compartida.
- Sociedades civiles profesionales.
- Sociedades civiles con objeto mercantil.
Requisitos para solicitar el Kit Digital
Al igual que en las convocatorias anteriores, la cuantía del Kit Digital para autónomos variará en función del número de empleados que tenga el negocio organizándose los mismos 3 segmentos e importes anteriores:
- Segmento I para los que tengan de 10 a 49 empleados. Importe: 12.000 €.
- Segmento II cuando tienen de 3 a 9 empleados. Importe: 6000 €.
- Segmento III si tienen entre 0 y 2 empleados. Importe: 2000 €.
Asimismo, se mantienen las mismas condiciones de las 3 convocatorias anteriores, entre las que se incluían el no estar considerada como una empresa en crisis y estar al corriente de las obligaciones tributarias, también con la Seguridad Social.
Además, dado que la nueva convocatoria está destinada a beneficiarios muy concretos, adicionalmente se debe:
- Estar inscrito en el Censo de empresarios, profesionales y retenedores de la Agencia Estatal de Administración Tributaria o en el censo equivalente de la Administración Tributaria Foral.
- Reflejar la actividad económica efectivamente desarrollada a la fecha de solicitud de la ayuda.
- Tener una antigüedad de al menos 6 meses.
¿Cómo solicitar el Kit Digital?
Para esto también se continúa con el mismo procedimiento anterior, que es muy sencillo, y, por supuesto, totalmente digital.
Estos son los pasos que debes dar:
- Registrarte en www.acelerapyme.es con tu NIF.
- Completar el test diagnóstico que sólo te llevará 10 minutos.
- Consultar la información disponible en Acelerapyme para descubrir cuales son las soluciones que necesita tu negocio.
- Hacer la solicitud a través de la web habilitada por Red.es para esta convocatoria siguiendo todas sus indicaciones.
Como sabes, para poder disfrutar del bono digital debes tener a un agente digitalizador que es el único que está capacitado para llevar a cabo las soluciones digitales que el Kit Digital promueve y financia.
Tienes toda la información sobre ello en nuestro artículo del blog Agentes Digitalizadores.
En Billin somos agentes digitalizadores y queremos ayudarte a que puedas conseguir tu Kit Digital de una forma mucho más sencilla y sin complicaciones. Nosotros nos encargamos de todo por ti.
Para acceder solo tienes que hacer clic en solicitud Kit Digital.
¿Cuál es la fecha límite para solicitar el Kit Digital?
El plazo para empezar a tramitar las solicitudes de esta 4ª convocatoria empieza el próximo 12 de septiembre a partir de las 11:00 horas.
Los Kits se otorgan de forma directa y, lo más importante, por orden de llegada una vez verificado que se cumple con todo lo necesario. Por eso, cuanto antes tengas claras tus necesidades y los servicios que proveerá tu agente digitalizador, antes podrás aplicar y ponerte en marcha.
El plazo para la solicitud finaliza el 31 de diciembre de 2024 a las 11:00 horas.
La otra gran novedad es la ampliación del Kit Digital para autónomos y pymes de las otras convocatorias para unificar todas las finalizaciones de plazos en la misma fecha.
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