Las responsabilidades de un administrador
Si te has planteado ser administrador único de una sociedad, debes de conocer todas las implicaciones que conlleva, como: ¿cuáles son sus funciones?, ¿qué tipos de administración existen?, ¿qué responsabilidad tendré?, así podrás tomar una decisión acertada y sin sorpresas en el futuro.
En este artículo encontrarás
¿Cuáles son sus funciones?
– Representación.
Una persona jurídica no tiene la posibilidad de actuar sin representación a una empresa, en todas sus relaciones con el exterior o decisiones internas, por ello, el administrador obliga a la mercantil frente a terceros bien mediante contratos u otros negocios comerciales.
El administrador podrá ceder poderes parciales o generales de algunas decisiones necesarias para la empresa.
Los fundadores de una sociedad podrán decidir, si el administrador puede ser uno de ellos mismos o seleccionarán a una tercera persona para el desarrollo de dichas funciones.
– Gestión.
La principal función que tiene un administrador es tomar las decisiones necesarias más importantes para la empresa y velar por el cumplimiento de los estatutos y de la ley.
Se encargará de la dirección y gerencia de la mercantil, aquí se incluyen, decisiones financieras, comerciales, de recursos humanos, etc., e incluso si estuviesen delegadas en distintos directivos, el administrador deberá llevar el control de todas ellas y deberá tener una supervisión sobre las mismas.
¿Qué tipos de Administración existen?
En España actualmente, podemos encontrarnos las siguientes formas de administrar una empresa:
– Administrador único
En este caso, una persona física será la encargada de la administración y representación de la sociedad, bien puede ser un fundador o una tercera persona, y ella será la encargada de tomar decisiones, realizará transferencias y pagos, firmar documentos, además de llevar a cabo las acciones pertinentes a su cargo, por tanto, será el responsable último de los actos de la sociedad.
Es la gestión más usada para la pequeña empresa, ya que concentraría la responsabilidad en una sola persona.
– Administradores mancomunados
Aquí son dos personas las que administran la sociedad de forma conjunta, es decir, sería necesario el acuerdo entre ambos administradores para adoptar todas las decisiones.
Este tipo de administración se suele usar en empresas que compartan intereses diferentes, ya que así cada administrador representará a un grupo y se consensuarán las decisiones, buscando el bienestar de los distintos grupos.
– Administradores solidarios
Se diferencian de los mancomunados en que cada uno de los administradores gestiona de forma independiente, es decir, la firma de cualquiera de ellos obligará a la empresa con terceros.
Se suele usar en empresas pequeñas formadas principalmente por dos socios, porque así cada uno tiene poder de representación y estarán equiparados en poder y responsabilidad.
– Consejos de Administración
La Administración de la Sociedad recaerá sobre tres o más personas, el número de miembros del Consejo se estipulará en los estatutos de la sociedad, estando limitados a doce.
Garantizan mayor representación además de mayor consenso, este tipo de gestión se usa sobre todo en sociedades anónimas o grandes empresas.
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¿Qué responsabilidad tiene un administrador?
La ley de sociedad de capitales establece que un administrador debe desempeñar las funciones propias de un ordenado empresario y un representante leal, debiendo informar sobre la marcha de la sociedad, además de estar sujetos a la fidelidad, lealtad y secreto profesional.
Veamos ante cuantos tipos de responsabilidades se puede enfrentar un Administrador:
- Civil-Mercantil, está recogida en el 236 de la Ley de Sociedades de Capital, ya que nos define “que los administradores responderán frente a la sociedad, frente a los socios y frente a los acreedores, del daño que causa por actos contrarios a la ley o a los estatutos por los realizados incumpliendo los deberes inherentes al desempeño del cargo, siempre y cuando haya intervenido dolo o culpa.”
- Responsabilidad tributaria, según la Ley General Tributaria, los administradores serán responsables subsidiarios de los principales, es decir, si una persona física genera deuda tributaria que le incapacita para seguir con la actividad, y posteriormente, para poder continuar dicha actividad gestiona una sociedad limitada, la Agencia Tributaria podrá solicitar dicha responsabilidad subsidiaria fundamentada.
- Responsabilidad Laboral, no está recogida en ninguna norma en concreto, pero se llevará a cabo cuando se generen incumplimientos de continuidad de la empresa o por el uso de la figura del Administrador de forma ilegítima.
- Responsabilidad penal, dependerá del tipo de delito cometido, por ejemplo, ante un delito fiscal (artículo 305 del Código Penal) que supere la cantidad de 120.000 euros podría estar penado desde un año hasta cuatro de cárcel, al igual que un delito laboral (artículo 307 del Código Penal), que va en la misma proporción.
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