Publicado: 17 junio 2022 · 0 comentarios · 5 min de lectura

El modelo 110 y el modelo 111 de Bizkaia

modelo 110 bizkaia
Validado por: Marcos De La Cueva - CEO Billin
(4 votos, promedio: 3,00 de 5)
Cargando...

El Modelo 110 y el Modelo 111 de Bizkaia son documentos fiscales utilizados para la autoliquidación del impuesto sobre la renta de las personas físicas (IRPF).

¿Conoces la diferencia entre ambos? Si no la conoces aquí te damos toda la información que necesitas para saber dónde y cuándo presentar cada una.

¿Qué es el Modelo 11o de Bizkaia?

El modelo 110 de Bizkaia se usa para la autoliquidación de las retenciones e ingresos del IRPF sobre los rendimientos empresariales (sueldos y salarios), los rendimientos de determinadas actividades empresariales y los premios trimestrales.

Por ejemplo, a una persona que gane 60.000 euros al año se le retendrían 2.500 euros de cotizaciones a la Seguridad Social y 13.200 euros de IRPF.

Estos 13.200 euros serán la cantidad a declarar en este Modelo 110 de Bizkaia.

¿Qué es el Modelo 111 de Bizkaia?

El modelo 111 Bizkaia es para que las empresas cuya actividad en el año anterior supere los 6.010.121,04 euros declaren las retenciones e ingresos efectuados en la cuenta del IRPF por los rendimientos de actividades empresariales, profesionales o premios recibidos.

¿Eres autónomo o tienes una pyme?

Crea presupuestos, facturas y tickets fácil y sin errores.

Consigue el programa de facturación Billin gratis con el Kit Digital.

Nosotros te ayudamos a solicitar la ayuda sin coste.

Introduce una dirección de correo correcta Introduce una dirección de correo correcta
Introduce una contraseña No se han cumplido los requisitos de contraseña
8 o más caracteres
Al menos 1 minúscula
Al menos 1 número

*Billin es una solución de factura electrónica 100% subvencionada para autónomos y empresas de 0 a 49 empleados con el Kit Digital.

Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, España Digital 2025, y Plan de Digitalización de Pymes 2021-2025 de los fondos Next Generation de la UE.

La dirección de correo introducida ya está presente en nuestra base de datos Error de servidor, pruebe más tarde por favor

¿Cuál es la diferencia entre los Modelos 110 y 111?

Saber cuándo rellenar el modelo 110 o el 111 es un poco complicado, por lo que ambos formularios son confusos.

Ambos formularios se utilizan para la autoliquidación de las retenciones e ingresos en una cuenta del impuesto sobre la renta de las personas físicas (IRPF) para los ingresos empresariales, es decir, todos los beneficios en efectivo de una actividad o los beneficios en especie.

No obstante, el modelo 111 debe ser rellenado por las empresas cuyo volumen de negocios en el año anterior haya superado los 6.010 121,04 euros. En todos los demás casos, se debe rellenar el modelo 110.

¿Quién tiene que rellenar los modelos 111 y 110 en Bizkaia?

Como ya se ha dicho, el modelo 110 debe ser cumplimentado por los usuarios que estén obligados a tributar durante el trimestre y que perciban ingresos por actividades empresariales, económicas o premios.

Sin embargo, deben cumplirse dos condiciones para poder presentar el formulario 111:

  • En primer lugar, el año anterior debe haber tenido un volumen de transacciones de más de 6.010.121,04 euros.
  • Además, el contribuyente debe haber percibido cantidades por los rendimientos del trabajo (tanto en metálico como en especie) de las actividades profesionales contempladas en la parte 2 del Impuesto de Actividades Económicas o de las actividades realizadas en régimen de estimación objetiva, es decir, determinando sus ingresos con base en «módulos».

Por último, los que se dedican a la agricultura, la ganadería y la silvicultura o los que han recibido premios deberán rellenar el formulario 111. Siempre que su volumen de negocio sea superior a 6.010.121,04 euros.

Presentación del Modelo 110 y 111 de Bizkaia

Cada formulario se presenta de forma diferente. Aquí te dejamos como se hace en ambos casos:

Presentación del Modelo 110 de Bizkaia

El modelo o formulario 110 puede presentarse en papel o electrónicamente rellenándolo en la misma pantalla en el que lo tenemos visualizado.

De hecho, algunas personas están obligadas a presentar el formulario 110 por vía electrónica. Esto se aplica a las personas jurídicas, a las organizaciones y a otros contribuyentes del impuesto de sociedades, independientemente del número de empleados que empleen en su actividad.

También deben presentarlas por vía electrónica las personas que prestan servicios de asesoramiento fiscal y están autorizadas en el sistema BizkaiBai.

Presentación del Modelo 111 de Bizkaia

El modelo 111 debe presentarse a través de BizkaiBai.

Instrucciones para rellenar los formularios

La cumplimentación de estos formularios es muy sencilla para ambos casos:

¿Cómo rellenar el modelo 110 de Bizkaia?

En la primera página debes indicar el ejercicio fiscal (año) y el trimestre al que se refiere la declaración e introduce los datos personales de la persona que presenta la declaración.

A continuación, basta con introducir el número correspondiente al número de contribuyentes, las cantidades pagadas y las retenciones, tanto por rendimientos del trabajo como por otros motivos.

En la segunda página, vuelve a introducir los datos personales y el ejercicio fiscal y, a continuación se muestra el importe total a liquidar.

¿Cómo rellenar el modelo 111 de Bizkaia?

En este caso, se presenta electrónicamente a través de BizkaiBai y solamente hay que seguir las instrucciones para rellenar el Modelo 111.

¿Qué pasa si me equivoco al rellenar los Modelos 110 y 111?

Esto únicamente puede resolverse mediante la presentación de una declaración complementaria de retenciones, es decir, una presentación formal alegando que se ha producido un error.

Recuerda que debes proporcionar los datos correctos de la información que no haya declarado previamente.

También debes presentar esta declaración y una carta al registro solicitando la cancelación del formulario anterior.

Te recomendamos que envíes esta carta por adelantado a [email protected] y que después presentes una declaración de la renta complementaria.

Plazo de presentación del Modelo 110 y 111

El Modelo 110 y el Modelo 111 de Bizkaia no tienen plazos de presentación diferentes, ya que ambos formularios deben presentarse entre el 1 y el 25 de abril, julio, octubre y enero.

Sin embargo, para los usuarios cuyas operaciones en el año anterior superen los 6 010 121,04 euros, el formulario debe presentarse del 1 al 25 de cada mes.

Las empresas que tienen que presentar una declaración todos los meses podrán pagar los impuestos y los ingresos de julio, excepcionalmente de todo agosto y del 1 al 25 de septiembre.

Esperamos que tengas ahora más claro como presentar el Modelo 110 y 111 de forma correcta y su uso. Aún así, si tienes dudas utiliza los comentarios y te ayudaremos sin compromiso.

Sobre la persona que ha validado este artículo
Marcos De La Cueva - CEO Billin

Licenciado en ADE por la Universidad Autónoma de Madrid, Marcos De la Cueva es CEO y cofundador de Billin, un programa online que lleva más de 9 años ayudando a autónomos, pequeños negocios y gestorías a digitalizar sus presupuestos, facturas, tickets y gastos.
 
Sobre Marcos De La Cueva
 
Apasionado por el mundo empresarial y la tecnología, cursó su Máster de Finanzas en la Universidad Pontificia de Comillas y estuvo en el Programa de Cooperación Educativa de la Universidad Autónoma de Madrid.
 
Marcos siempre ha tenido su objetivo claro: ayudar a la creación de negocios financieramente sostenibles a través de una herramienta de facturación que les permita ahorrar tiempo y tener la contabilidad bajo control.
 
Marcos De La Cueva en los medios
— Entrevista sobre factura electrónica obligatoria en Canal Sur.
— Noticia sobre el informe factura electrónica de TeamSystem en Channel Partner.
— Charla sobre productividad y Ley Crea y Crece en El Economista.
— Charla sobre factura electrónica obligatoria en Muy Pymes.
— Charla sobre digitalización autónomos y productividad en esdiario.
— Charla sobre productividad y factura electrónica en La Razón.
— Charla sobre factura electrónica obligatoria en Autónomos y emprendedores.
— Entrevista sobre Ley Antifraude y Ley Crea y Crece en Expansión.
— Entrevista sobre Ley Antifraude y Ley Crea y Crece en La Razón.
— Entrevista sobre factura electrónica obligatoria en El Economista.
— Comunicado Billin y TeamSystem en Business Insider.
— Entrevista en Economía Digital.
— Entrevista en Ideas para tu empresa de Vodafone.
— Entrevista en MásQradio.
— Entrevista en Armas para emprender de El Método Gallardo.
— Entrevista en KFund.
— Entrevista en AXA Seguros España.
— Entrevista en GestionaRadio.
 
Marcos De La Cueva en eventos
 
— Participación como ponente en Accountex España 2023.
 
Temáticas de especialización
 
negocios | startups | contabilidad| fiscalidad | empresas| asesorías| autonomos | emprendedores | pequeños negocios | economía | ADE | pymes | desarrollo de negocio 

No te pierdas nada

Subscríbete a la Newsletter de Billin

A principios de cada mes enviamos un email con noticias de última hora, novedades fiscales y los contenidos más buscados por autónomos y pymes.

Escribe un comentario

Todos los campos son obligatorios para darte la mejor respuesta