Qué es y para qué sirve en nuevo Modelo 140 de Bizkaia
Con la entrada en vigor del Decreto 205/2008 desde enero de 2014, las personas físicas, comunidades de bienes u otras entidades que desarrollen actividades económicas tienen la obligación de la llevanza de un único libro, denominado Libro Registro de Operaciones Económicas, aunque el año 2014 y 2015 fueron transitorios, hasta su comienzo en 2016.
Veamos en profundidad en que consiste este libro de registro y el Modelo 140 que tienes que presentar obligatoriamente si eres un autónomo en Bizkaia.
En este artículo encontrarás
¿Qué es el Modelo 140 de Bizkaia?
El Modelo 140 Bizkaia está formado por un libro donde se registran todas y cada una de las operaciones comerciales que un autónomo realiza en su vida diaria con el desarrollo de su actividad.
Por tanto, los autónomos tienen la obligación de inscribir todas las facturas de ingresos, compras y bienes de inversión afectos a la actividad económica.
El Modelo 140 de Bizkaia ha sustituido al Modelo 347 desde el año 2016, cuando se hizo obligatorio el Modelo 140 para todos los autónomos.
¿Quiénes están obligados a presentar el Modelo 140 de Bizkaia?
Según el artículo 24 de la Norma Foral 6/2006 del IRPF, dice que cualquier autónomo que realice una actividad económica está obligado a presentar el Modelo 140 de Bizkaia.
Además, también están obligadas todas las entidades en régimen de atribución de rentas que desarrollen una actividad económica y las herencias que se hallen pendientes del ejercicio de un poder testatorio, que igualmente desarrollen una actividad.
Este modelo no debemos confundirlo con el Modelo 140 de deducción por maternidad
¿Plazo de presentación del Modelo 140 de Bizkaia
El plazo de presentación para autónomos es el mes de febrero del año siguiente al ejercicio, es decir, el Modelo 140 del ejercicio 2020 se presentó desde el 1 de febrero de 2021 a 1 de marzo de 2021, ya que, el 28 de febrero fue domingo, el correspondiente al 2021 se presentará desde el 1 de febrero de 2022 al 28 de febrero de 2022, al igual que el de 2023, donde coinciden las fechas.
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¿Cómo se presenta el Modelo 140 para autónomos de Bizkaia?
La Hacienda Foral de Bizkaia ha puesto a disposición de todos los autónomos un programa de ayuda para el Modelo 140, de manera que se facilite su registro.
En este programa podrán registrar los autónomos toda la información necesaria para rellenar el Modelo 140 de forma correcta, sin cometer errores.
Hay que presentarlo telemáticamente de forma obligatoria, en el cual se incorporará toda la información introducida en el programa de ayuda de la Hacienda Foral del Libro Registro de Operaciones Económicas.
El programa también cuenta con un módulo que importará los registros del libro creado en otro programa informático.
Instrucciones del Modelo 140 para autónomos de Bizkaia
El contenido del Libro Registro de Operaciones Económicas se lleva por medios informáticos hasta el año 2021, actualmente, se dispone del programa de ayuda BILA donde se puede generar el Modelo 140 de Bizkaia.
A partir del año 2022 o 2023, el autónomo tendrá dos opciones:
- Adherirse de manera voluntaria al sistema Batuz, donde la llevanza del libro se hará desde la sede electrónica de la Diputación Foral Bizkaia.
- En caso de no adherirse al sistema Batuz, llevará el libro registro y presentará el modelo 140 en la plataforma
Desde el 1 de enero de 2024, donde el sistema BATUZ (junto con ello TicketBAI) será obligatorio para las personas físicas y entidades en régimen de atribución de rentas que desarrollen actividad económica, y los sujetos a Impuesto de Sociedades y los contribuyentes del Impuesto sobre la Renta de No Residentes con establecimiento permanente, deberán llevar su libro a través de la sede electrónica de la Diputación Foral de Bizkaia.
En la plataforma BILA encontrarás los diferentes capítulos que forman el contenido del Libro, que son:
→ Bienes de inversión o bienes afectos:
- Bienes de inversión.
- Bienes de inversión de ejercicio anteriores.
- Tipos de bienes.
- Bienes con un valor inferior a 3005,06 euros.
- Anotación en el capítulo de gastos o facturas recibidas.
- Transmisión de bienes.
→ Ingresos o facturas emitidas:
- Ingresos y facturas emitidas.
- Transmisión de bienes.
- Entregas o ventas intracomunitarias.
→ Gastos o facturas recibidas:
- Gastos y facturas recibidas.
- Nóminas, seguros sociales, alquileres, tributos, intereses.
- Operaciones no sujetas o exentas de IVA.
- Adquisiciones o compras intracomunitarias de bienes.
→ Determinadas operaciones intracomunitarias:
El contenido de esta parte se rellena en caso de envío o recepción de bienes de un país a otro de la CEE para realizar ciertos trabajos y ejecuciones de obra, informes periciales, valoraciones, etc., relativos a dichos bienes, y los “transfer”.
→ Provisiones de fondos y suplidos:
Este capítulo deberá ser cumplimentado por aquellos obligados tributarios que ejerzan actividades profesionales, los cuales, están obligados a registrar operaciones de provisión de fondos y suplidos generados en su actividad.
Además, la plataforma cuenta con un catálogo de ayudas para cada capítulo, facilitando el proceso de inclusión de datos, y un apartado de preguntas generales.
Como ves BATUZ se apoya en los tres aspectos esenciales que son el Libro para el Modelo 140 para personas físicas y 240 para personas jurídicas, software de facturación TicketBAI y la cumplimentación de borradores de IVA, IRPF y Sociedades, gracias a la información de los modelos 140 y 240.
En definitiva, el Modelo 140 de Bizkaia debe realizarse de forma correcta y presentarse durante el mes de febrero del año siguiente, de manera que, posteriormente, se cumplimente la declaración de la renta sin que existan diferencias entre ambos modelos. Si necesitas ayuda haz tus preguntas en comentarios
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