El modelo 173 para las criptomonedas
Desde Billin te informamos del nuevo Modelo 173 para declarar las operaciones con monedas virtuales.
Durante los primeros meses de este año, Hacienda ha estado preparando tres nuevos modelos para declarar las criptomonedas, el Modelo 172, Modelo 173 y Modelo 721, los cuales, suponen un nuevo marco regulatorio para empresas, autónomo y particulares.
Con estas nuevas obligaciones, Hacienda pretende controlar los movimientos de las criptomonedas, además, de los ingresos y gastos que se obtengan por la posesión de estos criptoactivos.
En este artículo encontrarás
¿Qué es el Modelo 173?
El Modelo 173 “Declaración informativa sobre operaciones con monedas virtuales” establece la obligación informativa a aquellas entidades que realicen operaciones de este tipo, tanto en España como en el extranjero.
Entre las operaciones se incluyen la adquisición, transmisión, permuta y transferencia, cobros y pagos realizados en dichas monedas, es decir, donde intervengan o medien, presentando el listado de los sujetos que han intervenido, indicando su domicilio, número de identificación fiscal, clase y número de monedas, precio y fecha de la operación.
Este Modelo 173 también afectará a los que realicen ofertas iniciales de nuevas criptomonedas, respecto de las que entreguen a cambio de aportación de otras criptodivisas o dinero de curso legal.
¿Cuándo entra en vigor el Modelo 173?
El Modelo 173 de Hacienda tendrá efectos a partir del año 2023, al igual que el Modelo 172 para criptomonedas.
Los contribuyentes que tengan obligación de presentar el modelo 173 tienen que realizar este trámite con un sistema de identificación, autenticación y firma electrónica, utilizando un certificado electrónico reconocido y que sea admisible por la Agencia Tributaria, por tanto, será un proceso telemático.
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¿Cuándo se tiene que presentar el Modelo 173?
Tras la aprobación del proyecto de Orden donde se regula el modelo 173 para criptomonedas, expone que el formato de esta declaración debe ser en XML.
Además, el periodo de presentación será desde el 1 de enero al 31 de enero del año siguiente al año al que hace referencia la información aportada, por tanto, tendrá un carácter anual.
¿Quién está obligado a presentar el Modelo 173?
Conoce desde Billin quienes están obligados a presentar el Modelo 173.
Los obligados a presentar el Modelo 173 son aquellas empresas residentes fiscales en España que participan en las criptomonedas, entre ellos, los creadores de monedas, las agencias de cambio de monederos virtuales o cualquier otra empresa que preste servicios de salvaguarda de las claves criptográficas privadas en nombre de terceros.
En resumen, los obligados al Modelo 173 serán los residentes en España, independientemente del lugar donde presten sus servicios, la ubicación de las criptomonedas y sus titulares.
Sanciones por no presentar el Modelo 173
Con respecto a las sanciones por no cumplir con este modelo informativo sobre monedas virtuales serán de una multa de 5.000 euros fija por cada dato o conjunto de datos referidos a cada moneda virtual de manera individual, es decir, considerada según su clase, o bien, hubieran sido aportados de forma incompleta e inexacta, con un mínimo de 10.000 euros.
Ahora bien, en el caso de no recibir requerimiento previo o por incumplimiento por medios no electrónico, el importe de la sanción será de 100 euros por cada dato o conjunto de datos referidos a cada moneda virtual de manera individual, considerada según su clase, y, con un mínimo de 1.500 euros.
Conclusión
Las obligaciones informativas de este tipo de monedas virtuales habían afectado sobre todo a sectores estratégicos, regulados o con grandes recursos para el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, como son los bancos, cajas o entidades aseguradoras.
Pero desde ahora, se incluye un sector concreto que por el momento no parece que tenga un gran impacto en la economía nacional, ni tampoco que sus integrantes dispongan de los medios suficientes para soportar la carga informativa que deben cumplir obligatoriamente.
Todo ello, según los expertos, va a generar duplicidades informativas, a no ser que se siga modificando la situación, ya que, al existir tres modelos obligatorios para las criptomonedas y lo que hay que declarar en Renta, podría generar irregularidades administrativas.
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