Modelo 240 de Bizkaia
Todas las empresas que residen en Bizkaia a partir de enero de 2022 tendrá que aplicar de forma obligatoria el Sistema Batuz, el cual, está orientado a luchar contra el fraude fiscal y ofrecer una mejor asistencia a todos los contribuyentes.
Este sistema está basado en tres pilares fundamentales:
- El TicketBAI, el cual, supone la obligación de facturar con un software que cumpla unos requisitos técnicos que permitan enviar a Hacienda toda la información relativa a la emisión de facturas.
- Se modifica el Modelo 140 y nace el nuevo Modelo 240.
- Hacienda podrá confeccionar los borradores de las declaraciones de IVA, IRPF e Impuesto de Sociedades.
En este artículo encontrarás
¿Qué es el modelo 240 de Bizkaia?
El nuevo Modelo 240 de Bizkaia es el Libro Registro de Operaciones Económicas para las personas jurídicas que tengan su centro de trabajo en Bizkaia, las cuales, estarán obligadas a presentarlo telemáticamente.
La frecuencia de su presentación dependerá del volumen de operaciones que tenga la empresa, es decir, de forma diaria, mensual o trimestral.
Dentro del Modelo 240 de Bizkaia nos encontramos los siguientes apartados:
- Facturas emitidas.
- Facturas recibidas.
- Bienes de inversión.
- Operaciones intracomunitarias.
- Movimientos contables.
Este impuesto se presenta de manera obligatoria por la sede electrónica de la Hacienda Foral de Bizkaia, y su funcionamiento es similar al Suministro Inmediato de Información del IVA (SII).
Una vez Hacienda pueda obtener esta información, podrá elaborar los borradores de la declaración del IVA e Impuesto de Sociedades de cada una de las empresas o autónomos.
¿Quién está obligado a presentar el Modelo 240 de Bizkaia?
El Modelo 240 de Bizkaia o libro de registro de operaciones económicas será obligatorio para todas las personas jurídicas, las cuales, tienen que elaborarlo de manera telemática y desde la sede electrónica de la web de la Diputación Foral de Bizkaia.
Este sistema ya se venía aplicando por los autónomos desde el año 2014 mediante el Modelo 140, pero con Batuz, desde enero de 2024 será obligatorio para todas las empresas, donde el Modelo 240 es para personas jurídicas y el Modelo 140 para personas físicas.
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Plazo de presentación del Modelo 240 de Bizkaia
Todo el contenido de información que debe tener el Modelo 240 está publicado en el Decreto Foral por Bizkaia, qué como regla general, se tiene que registrar entre la fecha de operación y el día 25 de los meses de abril, julio, octubre y 31 de enero.
La finalidad de obtener la Hacienda Foral esta información es poder crear los borradores de las declaraciones, las cuales, estarán a disposición del contribuyente en la web de la Diputación Foral de Bizkaia, para poder modificarlas, eliminarla o ratificarlas, con el fin de su correcta confección.
La puesta a disposición de los borradores de IVA dependerá de si la presentación de los impuestos es de forma mensual o trimestral, en el caso de ser mensual estarán disponibles hasta el día 17 del mes siguiente, y si es trimestral, serán los días 20 de abril, julio y octubre, para el cuarto trimestre será el 25 de enero.
Para las grandes empresas o las que estén registradas en devolución mensual de IVA, tendrán un plazo de cuatro días desde que se realice la operación para incluirlo en el Libro de registro de operaciones económicas, salvo algunas excepciones que contemple la Norma Foral.
Sanciones por no presentar el Modelo 240
Dependiendo de la situación que se plantee, así se calculará la sanción administrativa, es decir, en el caso de no presentar el Modelo 240 en la Diputación Foral, la sanción iría desde el 0,5% del importe de la factura que no se hubiese incluido, con un mínimo trimestral de 600 euros.
Para el caso de manipulación en el software o por eliminación de archivos informáticos, la sanción será clasificada como grave, y podría llegar a ser el 20% sobre el volumen de operaciones, con un mínimo de 40.000 euros, y en caso de reincidencia, sería el 30% sobre el volumen de operaciones, con un mínimo de 80.000 euros.
Este sistema de la Hacienda de Bizkaia será obligatorio desde enero de 2024, pero, desde julio se abrió un plazo voluntario para cualquier empresa o autónomo que quisiera implantarlo, ofreciendo la Diputación una deducción del 30% sobre la cuota de IRPF o una deducción del 30% sobre el gasto en el Impuesto de Sociedades, para todos aquellos que lo adaptaran de forma voluntaria a TicketBAI en Bizkaia.
Hay que tener en cuenta que la Diputación Foral de Bizkaia, antes de implantar de manera obligatoria el modelo 240, ha realizado pruebas piloto en más de 130 empresas con este sistema Batuz, enseñando al contribuyente como generar los archivos informáticos con los requisitos técnicos exigidos para enviarlos a Hacienda, y resultando cada uno de ellos un éxito en su funcionamiento.
En la web de la Diputación se ofrece una aplicación, llamada Haz Tu Factura, de manera gratuita para las empresas y autónomos que tengan poco volumen de negocio, con el que podrán generar las facturas cumpliendo la normativa vigente del sistema Batuz.
Como ves el Modelo 240 de Bizkaia es uno de los pilares importantes de cara a la nueva facturación online que se hará dentro del Sistema Batuz y TicketBAI.
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