El modelo 721 para las criptomonedas
Desde Billin os mostramos qué es el Modelo 721, el cual, tendrá que presentar los contribuyentes que tienen criptomonedas en el extranjero.
El objetivo del modelo 721 de criptomonedas es mejorar el control tributario de los hechos imponibles que puedan derivar de la operatividad o la tenencia de las criptomonedas.
Según la normativa, los titulares de monedas virtuales que estén en el extranjero tendrán que realizar el Modelo 721 con carácter anual.
En este artículo encontrarás
¿Qué es el Modelo 721?
El modelo 721 de hacienda nace tras la aprobación de la Ley de medidas antifraude en el año 2021, introduciendo una modificación de la Ley Tributaria española.
El anterior modelo 720 no incluía cómo declarar las criptomonedas en el extranjero, por ello, la Agencia Tributaria ha desarrollado el modelo 721 de AEAT, el cual, tienen que usarlo aquellas personas que sean titulares o inversores de criptomonedas, así como los servicios que ofrezcan, los cambios y la custodia de claves criptográficas.
La información que hay que incluir en el Modelo 721 es:
- Datos personales del declarante: NIF o NIE, nombre y apellidos, dirección y número de teléfono.
- Número de monedas virtuales del inicio y las que quedan en el balance a 31 de diciembre, dejando constancia de las que se han recibido y las que se han enviado.
- La cotización media a 31 de diciembre.
- Información sobre la plataforma que custodia los activos.
- Código del país de residencia fiscal del sujeto en cuestión.
- Código del país en el que se encuentre la persona que proporciona los servicios de salvaguarda.
- Claves públicas vinculadas a la moneda virtual y la identificación del monedero electrónico del declarante en el que se encuentren las criptomonedas.
Con respecto a su valoración, se tomará la cotización media a 31 de diciembre que ofrezcan las plataformas de negociación o, en su defecto, se usarán los mecanismos clásicos que proporcionen una estimación razonable sobre el valor de mercado en euros.
¿Cuándo entra en vigor el Modelo 721?
La entrada en vigor del Modelo 721 será a partir de la campaña de renta del ejercicio 2022.
No obstante, el Modelo 720 seguirá en vigor y tendrá validez, además deben presentarlo quien tenga obligación de ello.
Las sanciones por no presentar el Modelo 721 serán las mismas que para el Modelo 720, es decir, multas de 200 euros por no presentarlo y 150 euros por presentarlo de forma incorrecta.
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¿Cuándo se tiene que presentar el Modelo 721?
Te informamos desde Billin que el plazo de presentación del modelo 721 de criptomonedas se realizará entre el 1 de enero y 31 de marzo del año siguiente a aquel al que se refiere la información que hay que suministrar.
¿A partir de qué cantidad hay que declarar criptomonedas?
Este modelo 721 de Hacienda va dirigido a aquellas personas físicas que sean propietarias de criptomonedas y tengan una cartera con un valor mínimo de 50.000 euros.
Por tanto, la obligación de declarar estos activos deberá cumplirse desde el 1 de enero hasta el 31 de marzo, además estarán exentos aquellos que no tengan un valor conjunto máximo de 50.000 euros.
La presentación de los años sucesivos será obligatoria cuando el saldo del conjunto hubiese experimentado un incremento superior a 20.000 euros, con respecto a la última declaración.
¿Quién está obligado a presentar el Modelo 721?
Los particulares o personas físicas que operen con criptomonedas en el extranjero, los beneficiarios, autorizados y apoderados están obligados a presentar el Modelo 721.
Ahora bien, se entiende que una criptomoneda está en el extranjero cuando la persona, entidad o establecimiento permanente que custodie proporcionando servicios para salvaguardar las claves criptográficas en nombre de terceros, así como para mantener, almacenar y transferir dichas monedas, no estuviera obligado a declarar IRPF o Impuesto sobre Sociedades, Impuesto sobre Patrimonio e Impuestos sobre la renta de no residentes.
En definitiva, esta obligación va a afectar a personas y entidades con activos virtuales, así como a empresas de compra e intercambio, empresas que guardan las claves o las que creen nuevas monedas.
También se extiende esta obligación a titulares, beneficiarios y autorizados.
Polémicas con el Modelo 721
Te informamos desde Billin las polémicas que han desatado el Modelo 721, ya que, respecto las operaciones, Hacienda pedirá información sobre los distintos movimientos, la fecha de operación y las direcciones públicas de origen y destino que estén asociadas a las criptomonedas, también habrá que indicar el tipo de moneda virtual adquirida y el valor equivalente en euros, además de las comisiones que tengan asociadas.
Como ves, Hacienda pedirá una información muy exhaustiva de estas transacciones, aunque se mantiene una excepción para quienes posean cantidades pequeñas, es decir, no habrá obligación de informar criptomoneda cuando los saldos a 31 de diciembre, valorados en euros, no superen conjuntamente los 50.000 euros.
Este modelo 721 de AEAT ha desatado diversas críticas entre los expertos, ya que, a la hora de informar los datos como la clave pública o la dirección pública es imposible, puesto que no existe, por el hecho de que, el proveedor de servicios no asigna al cliente por defecto una de estas direcciones públicas, así habrá que esperar a ver su evolución, pues, su presentación será obligatoria desde enero del 2023.
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2 comentarios
Buenas tardes,
Lo primero, gracias por la información.
Tenía una pregunta: ¿hay que presentar el modelo 721 si se tienen menos de 50.000 € en criptos, pero por otro lado se presenta el modelo 720 por tener más de 50.000 € en acciones?
Gracias
Hola Javier, el modelo 721 se dirige a personas físicas que sean propietarias de cryptos y tengan una cartera con un valor de al menos 50.000€. Por otro ladi, tienen que presentar el modelo 720 cualquier persona residente fiscal en España o persona jurídica (empresa) que cumpla una de estas 4 categorías: Activos financieros en entidades del extranjero: como seguros, acciones o que superen los 50.000€, En el siguiente enlace encontrarás todo lo que debes saber sobre el Modelo 720, https://www.billin.net/blog/modelo-720-bienes-derechos-extranjero/, Espero haber aclarado tus dudas.