Modelo 840 Hacienda: qué es, quién debe presentarlo, plazos e instrucciones paso a paso
En este nuevo artículo queremos explicarte en detalle lo qué es el Modelo 840 y quién debe presentarlo, así como el plazo para hacerlo y las condiciones. Si eres un profesional autónomo o tienes una empresa este contenido te interesará.
En este artículo encontrarás
¿Qué es el modelo 840 de Hacienda?
El modelo 840 AEAT es un modelo que se usa para varios propósitos, entre ellos, para las variaciones de baja o alta en el Impuesto de Actividad Económica (IAE).
La mayoría de los autónomos están exentos de pagar el impuesto sobre actividades económicas, al igual, que las nuevas empresas durante los dos primeros años, y siempre que su cifra de negocio no supere el millón de euros.
La cifra de negocio de una empresa es la cantidad de ventas que hemos obtenido, independientemente de si son ganancias o pérdidas, por tanto, si tenemos una empresa y superamos el límite del millón de euros, tendremos que pagar ese impuesto y comunicarlo mediante el Modelo 840.
Es un modelo destinado a identificar a nuestra empresa donde habrá que hacer constar algunas cuestiones relacionadas con la actividad que desarrollamos, en el caso de tener varios locales físicos, tenemos un anexo en el modelo 840 para indicar esta situación.
Cómo rellenar el modelo 840 paso a paso
Su presentación telemática se realiza mediante el siguiente enlace Modelo 840. Declaración del Impuesto de Actividad Económica, necesitarás tu certificado digital para identificarte, y ya puedes comenzar a rellenarlo:
➨ Consulta aquí cómo obtener el certificado electrónico como autónomo.
Página 1: datos identificativos del sujeto pasivo, declaración, representante y datos de la actividad
- Datos identificativos del sujeto
- Datos de la declaración
- Datos representante
- Datos de la actividad
- Local afecto indirectamente a la actividad
Página 2: elementos tributarios y cuota
- Elementos tributarios, máquinas recreativas y locales
- Cuota y Notificación
Página 3: local anexo directamente a la actividad
- Anexo de locales
Una vez lo hayas completado para su presentación, bastará con que pulses en el botón de enviar.
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¿Cuándo se está obligado a presentar el modelo 840?
El modelo 840 AEAT se utilizará para:
- Alta en el IAE, a excepción, de los sujetos pasivos que la cuota resultante sea cero y que no estén obligados a presentar esta declaración.
- Tramitar la baja de la actividad.
- Variación de alta o baja de un local afecto indirectamente a la actividad.
- Rectificar datos de declaraciones de IAE.
En el mes de diciembre tendremos que comprobar si hay que presentar alguna comunicación censal que afecte al ejercicio entrante.
Las personas físicas están exentas de presentar este modelo y las entidades que inicien su actividad durante los dos primeros años, pero a partir del tercero, esa exención vendrá condicionada a que no hayan superado el millón de euros en la cifra de negocios en el año inmediatamente anterior.
¿Quién está obligado a presentar el modelo 840?
La gestión del IAE la comparte la Administración del Estado, las Administraciones locales o CCAA, según el tipo de cuota que tribute la actividad, es decir, que dependiendo del ámbito en el que se desarrolle la actividad el IAE podrá recaudarse por los ayuntamientos u otros organismos.
Los sujetos pasivos que estén exentos realizarán estas variaciones censales mediante los modelos 036/037, mientas que si están obligados al pago del IAE presentarán el modelo 840.
➨ Conoce aquí más sobre si usar el modelo 036 o 037.
Plazo de presentación del Modelo 840 EEAT en 2023
El plazo de presentación modelo 840 variará según las circunstancias que vayamos a comunicar:
- Alta de inicio de actividad: 1 mes desde el inicio de actividad.
- Alta para dejar de disfrutar de la exención del IAE: el mes de diciembre del año anterior al que están obligados a tributar.
- Declaración de variación: 1 mes desde la variación.
- Declaración de baja: 1 mes desde el cese, en caso de fallecimiento lo harán sus herederos en 1 mes desde la fecha de fallecimiento
- Declaración baja por disfrutas de la exención: el mes de diciembre del año anterior en que dejan de estar obligados a tributar por acceder a dicha exención.
En el caso de comunicar el alta por dejar de disfrutar de la exención, la cifra de negocios a la que debemos referirnos es al último año cerrado a la fecha de presentación del modelo, es decir lo que se comunique en diciembre del 2019, irá referido a la cifra de negocios de 2018.
¿Quién está exento de presentar el modelo 840?
- Todas las personas físicas, residentes o no en territorio español.
- Los autónomos y entidades durante los dos primeros años de actividad. Seguirán exentos en el tercer año si el importe neto de la cifra de negocios es menor de 1.000.000 euros.
- La misma situación se da con los contribuyentes del impuesto sobre la renta de no Residentes que operen a través de establecimiento permanente en España y el importe de la cifra de negocios no supere los 1.000.000 euros.
- Las entidades sin ánimo de lucro y fundaciones por los rendimientos económicos declarados y exentos en el Impuesto de Sociedades.
- Todos los sujetos pasivos que están exentos del IAE por tratados o convenios internacionales.El modelo 840 normalmente se presentará al inicio de la actividad y el modelo 848 se usará para comunicar la cifra de negocios. Si tienes más dudas al respecto de este modelo utiliza los comentarios y las resolveremos para ti desde Billin, el programa de facturación.
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