Nuevos derechos para los autónomos en 2019
¡Ya es una realidad en el año 2019!, se aprueba la subida de la cuota de autónomos a cambio de unas mayores cobertura para el autónomo, y se mantendrá el sistema de módulos, te lo contamos.
En este artículo encontrarás
Mayores coberturas para el autónomo
La Ministra de Trabajo durante su comparecencia el día 30 de diciembre de 2018, se ratifica sobre el acuerdo llevado a cabo entre el Gobierno y las distintas Asociaciones de autónomos donde se ha pactado el siguiente acuerdo:
- La base de cotización del autónomo se incrementa en un 1,25% a partir de enero de 2019, pasando el tipo de cotización al 30%, esto se traduce en un aumento en la cuota de autónomo de 5,36 euros al mes, y para los autónomos solitarios será 6,89 euros.
- Esta cotización cubre las siguientes coberturas:
- El 28,30% de enfermedad común
- El 0,9% de enfermedad professional
- El 0,7% por cese de actividad
- El 0,1% de formación y prevención
- En los próximos años se aplicará la subida del porcentaje de cotización de forma gradual, es decir, para el 2019 será el 30%, para el 2020 será el 30,60% y en 2021 y 2022 se fija en 31%.
Todo esto nos conllevará a una mejora en las coberturas de autónomos a partir del año 2019, como son:
- Se nos mejora el acceso al desempleo de autónomos, flexibilizando sus requisitos y ampliando su duración.
- Se podrá cobrar la baja por enfermedad o accidente profesional desde el primer día de la baja.
- Se podrá acceder a la formación continua.
- A partir del segundo mes de baja por enfermedad común, el autónomo dejará de pagar la cuota del autónomo.
- Las mujeres autónomas podrán beneficiarse de una tarifa de 60 euros durante 12 meses, dentro de los 24 meses posteriores a la maternidad.
- Se mantendrá durante el año 2019 la tarifa plana de los 12 primeros meses de actividad.
- Cuando se contemple la figura del TRADE será obligatorio comunicarlo a la Tesorería de la Seguridad Social.
Claves pactadas para el autónomo
A partir de 2019, según el Acuerdo adoptado, los autónomos pagarán una cuota al mes de 283,3 euros si cotizan por la base mínima, y si fuese un autónomo solitario sería 364,22 euros al mes.
Para que sea de forma correlativa la subida de tipos y bases de cotización, se ha hecho de forma escalonada, de manera, que irá subiendo de forma paulatina hasta plantarse en el 2022 que se establecerá de forma fija.
Como hemos comentado, esta cotización cubrirá al autónomo por contingencias comunes y profesionales, cese de actividad y formación, incluyendo algunas que antes eran voluntarias.
La principal idea, es que estamos ante un sistema de cotización transitorio, ya que, el objetivo es implantar un procedimiento de cotización, que funcione con los ingresos reales del autónomo.
Esta subida, se va a mantener hasta que la Seguridad Social presente un documento con diferentes propuestas para establecer un sistema de cotización basado en ingresos reales.
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Tributación en módulos
Todos los autónomos que tributen en el régimen de estimación objetiva o módulos, también se beneficiarán de las medidas adoptadas para el 2019, en concreto, más de 400.000 autónomos, sin incluir a los agricultores, podrán seguir tributando en el sistema de módulos durante un año más.
En un principio estaba previsto que se endurecieran los límites para el sistema de estimación objetiva, pero al final, un año más, se ha mantenido las mismas condiciones que en el año anterior:
- Que los rendimientos íntegros del trabajador no superen 250.000 euros al año.
- Que la facturación a otros empresarios no supere 125.000 euros al año.
- Que las compras en bienes y servicios no superen 250.000 euros.
Este sistema de módulos es sencillo y ágil, y está especialmente diseñado para aquellos autónomos más bajos, ya que, se fija en una cuota fiscal, lo que hace que el empresario se despreocupe de llevar una contabilidad.
¿Qué nos depara el año 2019?
Como cada cambio de año, nos atrae algunas subidas que nos afectarán a la economía doméstica, es decir, a todos, según las previsiones del Banco de España la economía crecerá en un 2,2%, con una moderación en el crecimiento del empleo.
Habrá una subida en el salario mínimo ínter-profesional quedando fijado en 900 euros al mes, lo que supone un aumento del 22%.
La edad de jubilación se retrasa a 65 años y ocho meses, se mantendrá en el 100% a los 65 años, quienes hayan cotizado al menos 36 años y nueve meses.
El precio de la vivienda se mantendrá en alza, es decir, crecerá en torno al 3% de forma nacional.
Aparecen nuevas normas de circulación, como por ejemplo, en carreteras convencionales bajará el límite de velocidad a 90km/h, se endurece la multa por el uso del móvil o por no llevar la silla reglamentaria para menores de 12 años.
El periodo de baja por paternidad de ampliará a 5 semanas, lo cual, se lleva aplicando desde julio de 2018, y los ingresos por paternidad no cotizarán por IRPF.
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