Actualizado: 30 julio, 2024 · 0 comentarios · 9 min de lectura

Diferencia entre persona jurídica y física

persona jurídica o física
Validado por: Marcos De La Cueva - CEO Billin
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Como ya hemos visto en artículos anteriores, existen 2 tipos de personas a la hora de realizar una actividad económica: jurídica o física.

En este artículo hablamos en detalle sobre la diferencia entre persona física y jurídica para que no tengas ninguna duda.

Diferencia entre persona física y persona jurídica

Dentro del ámbito del derecho, persona jurídica o física son dos conceptos diferentes, porque la persona física es un ser humano, mientras que la persona jurídica es una entidad como, por ejemplo, una asociación o fundación.

Se define persona física o natural a aquel individuo que cuenta con capacidad para ejercer sus derechos y sus obligaciones. Esto quiere decir que si una persona física constituye una empresa va a asumir, a título personal, todas las obligaciones y responsabilidades derivadas de la actividad que realice con su patrimonio personal.

Por lo tanto, la persona física hace referencia a un empresario individual o un autónomo que actúa en su propio nombre y que tiene capacidad para ejercer una actividad por cuenta propia.

Se define persona jurídica como una entidad que cumple con las obligaciones y derechos que tiene con una empresa y que es independiente de la persona humana que la representa.

Cuando se lleva a cabo una actividad económica mediante una persona jurídica, esta será quien asuma toda la responsabilidad del negocio y no el dueño o, lo que es lo mismo, la propia entidad (empresa) se hace responsable de sus propias deudas y obligaciones respondiendo con los bienes que estén a su nombre, dejando a la persona física (autónomo) y a su patrimonio libre de responsabilidad.

En resumen, una persona física es un ser humano individual que actúa en su propio nombre y una persona jurídica es una entidad (sociedad) creada por la ley que ejerce una actividad económica.

¿Qué tienen en común las personas físicas y jurídicas?

Una vez hemos definido lo que es una persona física o jurídica, vamos a ver qué es lo que tienen en común.

persona jurídica o física

En esta breve tabla podemos observar cuáles son las características de las dos formas jurídicas, persona física o jurídica, y podemos concluir que ambas pueden:

  • Ser titulares de derechos y sujetos de obligaciones legales.
  • Realizar actos de comercio, firmar contratos y participar en actividades económicas.
  • Poseer bienes y tener un patrimonio propio, cuentas bancarias y otros activos.
  • Están sujetas al régimen legal y fiscal del territorio el que estén adscritas, es decir, que:
    • Tienen que cumplir con sus obligaciones fiscales. Deben declarar y pagar impuestos sobre sus ingresos y actividades económicas.
    • Están obligadas a cumplir con la normativa vigente. Tanto las personas físicas como las jurídicas deben seguir leyes y regulaciones que se aplican a sus actividades.
  • Ser parte en litigios y procedimientos judiciales, pudiendo ser demandantes o demandados en procesos legales ante un tribunal de justicia y, por lo tanto, enfrentar las sanciones y responsabilidades legales que les correspondan.
  • Pueden celebrar contratos y asumir las responsabilidades derivadas de ellos, firmar acuerdos comerciales, laborales, de servicios, etc.

Para verlo aún más claro, enumeramos algunos ejemplos:

  • Ejemplos de personas físicas: autónomos como artesanos, electricistas, agricultores, etc., o profesionales independientes como consultores, abogados, etc.
  • Ejemplos de personas jurídicas: empresas como Microsoft, Cabify, Iberdrola, Greenpeace, BBVA, etc., y también asociaciones sin ánimo de lucro como Médicos sin Fronteras, comunidades de vecinos, fundaciones…
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Obligaciones de persona física y jurídica

Todos los agentes que ejercen algún tipo de actividad económica, ya sean personas físicas o jurídicas, deben cumplir con una serie de obligaciones tanto legales como fiscales para evitar recibir sanciones y penalizaciones si no cumplen con ellas.

Sin embargo, algunas de estas obligaciones son específicas para una persona física o jurídica, por lo que debemos conocerlas.

Obligaciones de una persona física

Las personas físicas tienen unas obligaciones que pueden variar dependiendo de la actividad y del tipo de empresa.

Como norma general, las más comunes son:

  • Inscribirse en todos los registros obligatorios: esto es necesario para iniciar la actividad del negocio y obtener la licencia para trabajar.
  • Cumplir con las leyes fiscales: presentación de declaraciones de impuestos (IRPF, IVA…) que le corresponda según la actividad y el pago de estos.
  • Cumplir con las obligaciones contables: gestión de la facturación, libros contables requeridos cumplimentados, registros contables actualizados y control de todas las transacciones comerciales.
  • Cumplir las leyes laborales aplicables: en el caso de tener personal a cargo, hay que realizar correctamente la contratación de trabajadores, el pago de salarios y el cumplimiento de las normas de seguridad laboral.
  • La protección de los datos personales de sus clientes y proveedores, según la normativa de la Ley de protección de datos vigente.

Obligaciones de una persona jurídica

Las obligaciones de una persona jurídica pueden variar según el tipo de empresa y actividad, siendo las más comunes:

  • Constituirse y registrarse según la Ley del país en el que operan, elaborando los estatutos y documentos de constitución.
  • Disponer y registrar todos los libros contables requeridos por Ley y llevar a cabo registros contables actualizados y precisos de todos sus movimientos comerciales y financieros.
  • Elaborar y presentar los estados financieros anuales, (balance, cuenta de resultados, memoria, etc.), informes de gestión, libros oficiales de actas de juntas, realización y presentación de informes de auditorías externas. En general, tener disponibles cualquier tipo de documento que pudieran necesitar las autoridades competentes si son requeridos.
  • Cumplir con las Leyes fiscales vigentes: presentación de las declaraciones de los impuestos que correspondan según su actividad, realización del pago de impuestos en tiempo y forma.
  • El cumplimiento de las Leyes laborales con respecto a la contratación de trabajadores, pago de salarios, Seguridad Social, prevención de riesgos laborales, condiciones laborales, normativas de seguridad e higiene de las instalaciones, etc.
  • La protección de datos personales de trabajadores, clientes y proveedores conforme a la Ley de protección de datos vigente.
  • Cumplimiento de las obligaciones contractuales y mercantiles que haya contraído, normativas de protección al consumidor y responsabilidad civil ante posibles daños y perjuicios derivados de su actividad.
  • Cumplimiento de las obligaciones éticas y de responsabilidad social, como la transparencia en su gestión operativa y la promoción de políticas de responsabilidad social corporativa.

Ventajas y desventajas de persona física o jurídica

diferencias persona física y jurídica

Hasta ahora hemos visto lo que tienen en común y la diferencia entre persona física y jurídica.

Pero a la hora de pensar en iniciar una actividad económica, es necesario conocer en qué aspectos es mejor ser una u otra y sus respectivos inconvenientes.

Límite de facturación para pasar de persona física a jurídica en una empresa

Vistas las ventajas y desventajas de ser persona física vs. persona jurídica, queda claro que lo más conveniente es comenzar la actividad como empresario individual (persona física) por aquello de la rapidez, simplicidad y ahorro de costes. No obstante, conforme va progresando tu negocio, puede que llegue el momento en el que te plantees la posibilidad de dar el salto a constituirte en sociedad (persona jurídica) porque te resulta mucho más ventajoso en diferentes aspectos, como las posibilidades de crecimiento de tu negocio, el tema de la responsabilidad civil, la protección de tu patrimonio, la fiscalidad y el pago de impuestos, el acceso a créditos, etc.

Por eso, lo primero que hay que plantearse antes de hacer el cambio es conocer la situación real en la que se encuentra tu negocio, si está consolidado en el mercado o no, si hay expectativas de expansión y crecimiento, si tienes unos ingresos elevados y constantes, etc.

Por lo general, si los beneficios de tu negocio están entre los 40.000 y 60.000 euros, dado que la tributación de un autónomo es por IRPF y progresiva, va a ser más rentable ser una sociedad mercantil, ya que pasarías a tributar por el impuesto sobre sociedades que tiene un tipo fijo.

Además, cuando un negocio crece también aumenta su riesgo, por lo que es importante optar por una forma jurídica que limite la responsabilidad del individuo y le proteja ante deudas y obligaciones.

Por último, cuando tu proyecto de negocio es a largo plazo, la imagen del negocio es mucho más sólida, confiable y duradera frente a terceros si se presenta como una sociedad que si se presenta como una persona individual.

Por nuestra parte, te deseamos mucho éxito en tu proyecto de negocio, como persona física o jurídica, y si utilizas Billin, nuestro programa de facturación, tendrás más controlado tu negocio sin ninguna duda.

Preguntas frecuentes

A continuación, vamos a resolver algunas de las preguntas más frecuentes con respecto al tema de hoy.

¿Un autónomo es una persona física o jurídica?

Una persona física es una persona individual que actúa en su propio nombre, por lo que un autónomo es una persona física que realiza una actividad económica para él mismo y sin intermediación de otras personas.

Una sociedad limitada es una persona física o jurídica

Una sociedad limitada es una sociedad mercantil que se compone de 2 o más socios y que es independiente de ellos. Por lo que, como hemos visto a lo largo del artículo, una sociedad limitada es una persona jurídica, ya que encaja perfectamente en su definición.

Una empresa es una persona física o jurídica

Una empresa es una entidad a la que se le dota de una personalidad jurídica para que tenga derechos y obligaciones, y pueda ejercer una actividad económica. Además, es independiente del autónomo que la constituya.

Sobre la persona que ha validado este artículo
Marcos De La Cueva - CEO Billin

Licenciado en ADE por la Universidad Autónoma de Madrid, Marcos De la Cueva es CEO y cofundador de Billin, un programa online que lleva más de 9 años ayudando a autónomos, pequeños negocios y gestorías a digitalizar sus presupuestos, facturas, tickets y gastos.
 
Sobre Marcos De La Cueva
 
Apasionado por el mundo empresarial y la tecnología, cursó su Máster de Finanzas en la Universidad Pontificia de Comillas y estuvo en el Programa de Cooperación Educativa de la Universidad Autónoma de Madrid.
 
Marcos siempre ha tenido su objetivo claro: ayudar a la creación de negocios financieramente sostenibles a través de una herramienta de facturación que les permita ahorrar tiempo y tener la contabilidad bajo control.
 
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— Entrevista sobre Ley Antifraude y Ley Crea y Crece en La Razón.
— Entrevista sobre factura electrónica obligatoria en El Economista.
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