Actualizado: 25 noviembre, 2020 · 0 comentarios · 4 min de lectura

¿Qué necesitas para presentar tu declaración del IRPF 2016 cómo autónomo?

Validado por: Marcos De La Cueva - CEO Billin
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Desde el pasado 5 de abril, fecha en la que tuvo lugar el comienzo de la campaña para la declaración del IRPF 2016, desde este blog nos hemos propuesto resolver dudas aquellas dudas que te puedan surgir a la hora de presentar tu liquidación anual de este impuesto.

En base esta idea, hoy vamos a tratar de exponer, de una forma detallada, las distintas novedades que pueden afectar a la presentación de tu declaración del IRPF durante este año como trabajador autónomo o por cuenta propia, debido al trato específico que recoge la legislación en relación a la liquidación de este impuesto para este colectivo.

En este sentido, es preciso aclarar que este año la Agencia Tributaria ha establecido la plataforma Renta Web para simplificar los trámites de la declaración del IRPF 2016 a todos los contribuyentes, incluyendo a las trabajadoras y trabajadores autónomos, que durante la campaña del año pasado debían presentar su liquidación a través del Programa PADRE.

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“El Programa PADRE desaparece definitivamente y los autónomos también deberemos presentar nuestra declaración del IRPF 2016 a través de la plataforma Renta Web”

¿Qué autónomos están obligados a presentar su declaración de IRPF 2016?

El primer punto a aclarar en este sentido reside en la necesidad de aclarar que estarán obligados a presentar su correspondiente declaración del IRPF 2016 todos aquellos trabajadores por cuenta propia o autónomos que durante dicho ejercicio hayan obtenido ingresos superiores a los 1.000 euros en el desarrollo de su actividad profesional, obtenidos a partid de la suma de sus rendimientos íntegros del trabajo, rendimientos de capital o de actividades económicas, más aquellas ganancias patrimoniales, y pérdidas patrimoniales de cuantía inferior a 500 €, independientemente de que se realice tributación individual o conjunta.

A pesar de la existencia de esta excepción legal, lo reducido de las cuantías expuestas en la normativa de para la presentación del IRPF 2016 implica, a todos los efectos, la obligación de presentar su correspondiente declaración de la renta a todos aquellos profesionales que se encuentren registrados y dados de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos.

¿Qué documentación necesitas para presentar tu declaración del IRPF 2016?

En cuanto a la documentación que deberá acompañar, o pueden solicitarte, en la presentación de tu declaración del IRPF 2016, será preciso que tengas preparados y convenientemente archivados los siguientes documentos:

  • DNI o NIE del contribuyente; asimismo, si deseas presentar una presentar una declaración conjunta con tu cónyuge, o si dispones de hijos menores de edad a tu cargo, será necesario que incorpores además la documentación que acredite oficialmente sus datos personales.
  • Facturas y documentos obtenidos como resultado de tu actividad profesional durante el ejercicio fiscal 2016, en cuanto al desglose de tus ingresos y gastos.
  • Declaraciones trimestrales del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas; donde, de igual forma, se recogerán detalladamente los ingresos y gastos procedentes de la actividad profesional.
  • Certificaciones relativas a la información fiscal relativa a tus cuentas en distintas entidades financieras; donde se recogen los intereses abonados y las retenciones realizadas por aquellas entidades bancarias en relación a nuestras cuentas en dicha entidad.
  • Certificado oficial de las aportaciones realizadas durante el ejercicio fiscal a planes de pensiones o préstamos hipotecarios; que deberá estar acompañada de las escrituras de la vivienda en el caso de que esta haya sido adquirida a lo largo del año 2016.
  • Asimismo, si cuentas con una vivienda en propiedad, deberás aportar los recibos correspondientes al Impuesto sobre Bienes Inmuebles, mientras que si resides en una vivienda en alquiler deberás incorporar un documento oficial que acredite tu contrato de arrendamiento.
  • Del mismo modo, su una parte de tus ingresos durante el año 2016 procede de las rentas obtenidas por el alquiler de un local comercial o una vivienda, será preciso que realices la entrega correspondiente del modelo 180, en el que se recogen los rendimientos procedentes del arrendamiento o subarrendamiento de inmuebles urbanos.
  • Por último, te recomendamos que tengas a mano los certificados de las distintas donaciones que hayas realizado a entidades de interés público a nivel social durante el año pasado y consideres conveniente incluir en tu declaración para beneficiarte de su correspondiente desgravación.
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Sobre la persona que ha validado este artículo
Marcos De La Cueva - CEO Billin

Licenciado en ADE por la Universidad Autónoma de Madrid, Marcos De la Cueva es CEO y cofundador de Billin, un programa online que lleva más de 9 años ayudando a autónomos, pequeños negocios y gestorías a digitalizar sus presupuestos, facturas, tickets y gastos.
 
Sobre Marcos De La Cueva
 
Apasionado por el mundo empresarial y la tecnología, cursó su Máster de Finanzas en la Universidad Pontificia de Comillas y estuvo en el Programa de Cooperación Educativa de la Universidad Autónoma de Madrid.
 
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