Prevención de riesgos laborales en autónomos
Quién no se ha preguntado alguna vez, que es la prevención de riesgos laborales y si es obligatoria para todas las empresas, hoy te aclaramos todo lo referente a ella.
En este artículo encontrarás
¿En qué consiste la prevención de riesgos laborales?
Todo empresario debe garantizar la seguridad y la salud del trabajador en todo lo referente a su puesto de trabajo, para ello, deberá elaborar un plan de prevención de riesgos laborales, además de implantarlo y llevarlo a cabo.
También tendrá que evaluar los riesgos existentes, para poder planificar la actividad preventiva.
Dependiendo del número de trabajadores y de la peligrosidad de la actividad se le exigirá un plan más simplificado, siempre que no suponga un riesgo para la salud del trabajador.
El Plan de prevención de riesgos laborales es la herramienta necesaria para la implantación de un plan preventivo que se incorpora a la actividad, dentro del sistema de funcionamiento general de una empresa.
Este plan se debe reflejar en un documento que tiene que estar a disposición de la autoridad laboral, de las autoridades sanitarias y del representante sindical, el cual, incluirá los siguientes apartados:
- Identificación de la empresa y de su actividad empresarial, el número y características de los centros de trabajo, el número de trabajadores y sus características.
- Hay que especificar la estructura de la empresa, indicando tanto las funciones como las responsabilidades de cada uno de los trabajadores, y la relación que mantienen entre ellos en función de la prevención de riesgos laborales.
- Identificar los procesos de producción tanto técnicos como organizativos.
- Explicar la modalidad preventiva que se haya escogido.
- Destacar los objetivos y metas a conseguir con la implantación del plan de prevención de riesgos laborales.
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¿Qué riesgos pueden existir en mi actividad?
La evaluación de los riesgos irá enfocada a medir la cantidad de riesgos innecesarios, que se podrían haber evitado, estudiando esta información de nuestra empresa, podremos adoptar las medidas necesarias para prevenirlos.
Habría que evaluarlos en cada uno de los puestos de trabajo existentes, y también, al trabajador que ocupa dicho puesto, principalmente serán:
- Las características que tenga cada uno de los locales donde se ejerce la actividad.
- Las instalaciones en general.
- Los equipos necesarios para trabajar.
- En caso de uso de productos químicos en el trabajo.
- Como se ordena el trabajo y cómo influye en dicho riesgo.
- Localizar al trabajador más adecuado para la ocupación de cada uno de los puestos.
Principalmente los riesgos más comunes, son las condiciones de trabajo que puedan influir de forma negativa a una mujer embarazada, en periodo de lactancia o al feto.
Con la evaluación identificamos los elementos peligrosos, los trabajadores con mayor exposición al riesgo, además de su magnitud.
Esta evaluación normalmente debe de realizarse por una empresa técnica que forme parte de la organización de recursos de actividades preventivas, y que cumplan con el Reglamento de Servicios de Prevención (Real Decreto 39/1997)
¿Qué empresas tienen obligación del Plan de Prevención de riesgos laborales?
Dependiendo del número de trabajadores y de que se vean afectados por actividades incluidas en la normativa de coordinación.
Si el autónomo no tiene trabajadores, no está obligado a tener que seguir ningún plan de prevención de riesgos laborales.
Hay una excepción, y es cuando la actividad que desarrolla el autónomo está incluida en la normativa de coordinación, es decir, aunque no tengas trabajadores, si desarrollas actividades que dan lugar al contacto directo con otros autónomos, tendrás la obligación del plan de prevención de riesgos laborales.
En el caso de que el autónomo tenga trabajadores a su cargo, tendrá la obligatoriedad de implantar un plan de prevención de riesgos laborales, se le permite hasta diez trabajadores, se le permite al propio empresario ocuparse de dicha prevención, siempre que desarrolle de forma habitual su actividad en el centro de trabajo, y tenga la capacidad para poder llevarlos a cabo.
La forma más habitual es la contratación de una empresa especializada externa que se encargue de dicho plan de prevención de riesgos laborales, si no quieres gastar mucho puedes intentar llevarla mediante unas herramientas gratuitas que ceden la Administración, como por ejemplo Prevención 10.
Actividades de especial peligrosidad
- Trabajos con exposición a radiaciones
- Trabajos con exposición a agentes tóxicos
- Actividades en las que intervienen productos químicos
- Trabajos con exposición a agentes biológicos, sobre todo del grupo 3 y 4
- La fabricación, manipulación y utilización de explosivos, incluidos artículos de pirotecnia
- Trabajos propios de minería al aire libre y en el interior y sondeos en plataformas marítimas
- Actividades de inmersión bajo el agua
- Obras de construcciones, excavaciones y movimiento de tierras
- Industria siderúrgica y la construcción naval
- Producción de gases
- Trabajos con riesgos eléctricos de alta tensión
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