Actualizado: 10 agosto, 2022 · 0 comentarios · 5 min de lectura

¿Pueden sancionar por hacer contratos temporales sin justificar?

sanciones contratos temporales
Validado por: Marcos De La Cueva - CEO Billin
(3 votos, promedio: 2,33 de 5)
Cargando...

El Ministerio de empleo quiere acabar con todos los contratos de temporalidad injustificada, imponiendo duras sanciones, ¿cómo evitarlas?, te explicamos los tipos de contratos temporales y su uso.

Contratos temporales

Los contratos temporales, no siempre pueden usarlos las empresas, a la hora de la contratación de un trabajador, veamos los tipos de contratos temporales que podemos encontrarnos, y cuando se pueden usar:

Obra y servicio

NOTA: La supresión del contrato temporal por obra y servicio supone que, ahora, las empresas solo pueden contratar temporalmente para cubrir circunstancias de la producción y para la sustitución de personas trabajadoras. Esto es posible desde el 30 de marzo de 2022

Desde la reforma laboral (contratos con fecha posterior al 31 de diciembre del 2021), si se utilizan los contratos temporales cuando no hay causa que justifique la temporalidad o la superación de la duración máxima prevista para esos contratos, la sanción puede oscilar entre los 1.000 y los 10.000€.

Para los contratos firmados con anterioridad a la reforma, la sanción irá en función del momento en el que se comete la infracción.

Como las cuantías de las sanciones, se actualizaron en octubre de 2021, os presentamos diferentes supuestos:

  • Firma del contrato antes del 1 de octubre 2021 (cuando ya era fraudulento y no existía causa que justificase la temporalidad. La sanción oscilará entre 626 y 6.250€ aunque se hayan firmado dos o más contratos fraudulentos. Es decir, la multa irá en función del trabajador y no en función de la empresa como era anteriormente.
  • Firma del contrato a partir del 1 de octubre 2021 (incl.), la sanción oscila entre 751 y 7.500 € en total. En este caso no es por trabajador.
  • Firma del contrato de forma correcta, pero se excedió la duración máxima. En este caso, la sanción será la que corresponda en función de la fecha en la que se produjo la infracción. Si se realizó la infracción antes o después del 1 de octubre del 2021. Es decir, que si la duración máxima se excedió a partir del 31 de diciembre del 2021, la multa será de 1.000 € por trabajador.

¿Qué ocurre cuando finaliza la obra o servicio determinado?

  • Si la empresa da finalizada la obra, dando un preaviso de 15 días al trabajador, y pagando una indemnización al trabajador como cualquier contrato eventual.
  • Si por parte de la empresa y del trabajador no dan por finalizado este contrato, entonces pasaría a ser indefinido.

Contrato temporal por circunstancias de la producción

Este contrato tiene como finalidad, cubrir un exceso de tareas productivas que tenga una empresa acumuladas, dentro de su actividad normal.

Se puede realizar con un máximo de 6 meses, prorrogable hasta 12 meses en total, su jornada podrá ser parcial o total, y su sueldo debe de ser similar al resto de trabajadores.

Se deben señalar las causas específicas, que generan la contratación del nuevo empleado, en caso de que el empresario no lo incluya, no conllevará a un cambio a indefinido, sino que, será un error formal que podría acarrear una sanción.

¿Qué ocurre cuando finaliza el contrato por circunstancias de producción?

Su plazo finalizará cuando se haya acordado, recibiendo el trabajador la siguiente indemnización según la fecha de inicio del contrato:

  • A partir del 01/01/2014: 11 días por año.
  • A partir del 01/01/2015: 12 días por año.

Contrato temporal de sustitución

Es un contrato preparado para incluir a un trabajador en una empresa, debido a que otro empleado ha tenido que abandonar su puesto de trabajo de forma temporal, es decir, que tiene su puesto de trabajo reservado.

También puede ser usado para cubrir horas de otro trabajador que haya solicitado una reducción de jornada.

Supongamos un empleado que ha pedido una excedencia de un año, para el cuidado de sus hijos, pues bien, aquí este tipo de contrato sería el correcto.

Modalidades especiales

Dentro de los contratos temporales existen unas modalidades específicas, las cuales, tendrán su propia regulación y sus propias cláusulas.

  • Primer empleo joven.
  • Trabajadores en situación de exclusión social.
  • Víctimas de violencia de género.
  • Trabajadores mayores de 52 años que cobran subsidio.
  • Jubilación parcial.
  • Con vinculación formativa.
  • Trabajos de interés social.
  • Servicios del hogar familiar.
  • Personas con discapacidad.
  • Personas salientes de instituciones penitenciarias.
  • Personal investigador.
  • Alta dirección.
  • Trabajo en grup.
  • Jóvenes en centro de menores.

Imposición de sanciones por contratos temporales

Durante el año 2022 la Inspección de Trabajo, perseguirá los casos de empresas, que recurren a esta contratación temporal de forma sucesiva sobre el mismo trabajador.

Se incluye en la programación inspectora la vigilancia del cumplimiento de la normativa de los contratos temporales realizados sin causa, y convirtiéndolos en indefinidos.

Actualmente, los contratos por obra y servicios son los que actúan en fraude de ley por los siguientes motivos:

  • No indican con precisión para qué se contrata al trabajador.
  • Que el trabajador desarrolle servicios para los que no ha sido contratado.
  • Superar el límite de tres años de duración de este contrato.
  • Seguir trabajando, cuando ya ha finalizado la obra por la que se le contrató.
  • Ser contratado más de 24 meses con dos o más contratos temporales en un plazo de 30 meses.
  • No ser dado de alta en Seguridad Social, después de superar el periodo de prueba.
  • Cuando por cualquier otro motivo el contrato está en fraude de Ley.
  • Cuando en el Convenio venga establecido un límite y la empresa lo supere.

Si como trabajador te vieses en una situación similar, podrías demandar a la empresa para que se te reconociera el carácter de indefinido a tu contrato temporal de obra o servicio.

¿Eres autónomo o tienes una pyme?

Crea presupuestos, facturas y tickets fácil y sin errores.

Consigue el programa de facturación Billin gratis con el Kit Digital.

Nosotros te ayudamos a solicitar la ayuda sin coste.

Introduce una dirección de correo correcta Introduce una dirección de correo correcta
Introduce una contraseña No se han cumplido los requisitos de contraseña
8 o más caracteres
Al menos 1 minúscula
Al menos 1 número

*Billin es una solución de factura electrónica 100% subvencionada para autónomos y empresas de 0 a 49 empleados con el Kit Digital.

Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, España Digital 2025, y Plan de Digitalización de Pymes 2021-2025 de los fondos Next Generation de la UE.

La dirección de correo introducida ya está presente en nuestra base de datos Error de servidor, pruebe más tarde por favor
Sobre la persona que ha validado este artículo
Marcos De La Cueva - CEO Billin

Licenciado en ADE por la Universidad Autónoma de Madrid, Marcos De la Cueva es CEO y cofundador de Billin, un programa online que lleva más de 9 años ayudando a autónomos, pequeños negocios y gestorías a digitalizar sus presupuestos, facturas, tickets y gastos.
 
Sobre Marcos De La Cueva
 
Apasionado por el mundo empresarial y la tecnología, cursó su Máster de Finanzas en la Universidad Pontificia de Comillas y estuvo en el Programa de Cooperación Educativa de la Universidad Autónoma de Madrid.
 
Marcos siempre ha tenido su objetivo claro: ayudar a la creación de negocios financieramente sostenibles a través de una herramienta de facturación que les permita ahorrar tiempo y tener la contabilidad bajo control.
 
Marcos De La Cueva en los medios
— Entrevista sobre factura electrónica obligatoria en Canal Sur.
— Noticia sobre el informe factura electrónica de TeamSystem en Channel Partner.
— Charla sobre productividad y Ley Crea y Crece en El Economista.
— Charla sobre factura electrónica obligatoria en Muy Pymes.
— Charla sobre digitalización autónomos y productividad en esdiario.
— Charla sobre productividad y factura electrónica en La Razón.
— Charla sobre factura electrónica obligatoria en Autónomos y emprendedores.
— Entrevista sobre Ley Antifraude y Ley Crea y Crece en Expansión.
— Entrevista sobre Ley Antifraude y Ley Crea y Crece en La Razón.
— Entrevista sobre factura electrónica obligatoria en El Economista.
— Comunicado Billin y TeamSystem en Business Insider.
— Entrevista en Economía Digital.
— Entrevista en Ideas para tu empresa de Vodafone.
— Entrevista en MásQradio.
— Entrevista en Armas para emprender de El Método Gallardo.
— Entrevista en KFund.
— Entrevista en AXA Seguros España.
— Entrevista en GestionaRadio.
 
Marcos De La Cueva en eventos
 
— Participación como ponente en Accountex España 2023.
 
Temáticas de especialización
 
negocios | startups | contabilidad| fiscalidad | empresas| asesorías| autonomos | emprendedores | pequeños negocios | economía | ADE | pymes | desarrollo de negocio 

No te pierdas nada

Subscríbete a la Newsletter de Billin

A principios de cada mes enviamos un email con noticias de última hora, novedades fiscales y los contenidos más buscados por autónomos y pymes.

Escribe un comentario

Todos los campos son obligatorios para darte la mejor respuesta