Un repaso a las declaraciones trimestrales y anuales de los autónomos
Todos los profesionales tenemos la obligación de realizar la declaración trimestral de autónomos a hacienda. En esas declaraciones se debe incluir una cuenta de gastos y ganancias para calcular el IVA que ha sido recaudado a cuenta de hacienda, menos el IVA que ha sido soportado con la compra de productos o servicios ligados a la actividad económica.
En este artículo encontrarás
¿Cuáles son las declaraciones trimestrales de los autónomos?
Declaración trimestral de IVA
Se debe presentar el modelo 303 hasta el día 20 de los meses de abril, julio y octubre y hasta el 30 de enero.
Si el autónomo cotiza en módulos o estimación objetiva y está acogido al régimen simplificado de IVA. El impreso a presentar es el modelo 310 los tres primeros trimestres y el modelo 311 el cuarto.
Declaración trimestral del IRPF
Se debe presentar el modelo 130 si tributas por estimación directa o el modelo 131 si tributas por módulos, hasta el día 20 en los meses de abril, julio y octubre y hasta el 30 de enero.
Declaración trimestral de autónomos de retenciones e ingresos a cuenta
Se presenta en caso de haber efectuado esta retención.
Las más habituales son las retenciones por el IRPF que se efectúan en las nóminas de los trabajadores, las de las facturas de los profesionales independientes (modelo 111) o sobre las rentas pagadas por alquileres (modelo 115).
El plazo para presentarlas es hasta el día 20 de los meses de enero, abril, julio y octubre.
Estos son los principales impuestos que debes presentar durante la declaración trimestral de autónomos. Este tipo de impuestos se pueden aplazar pero debe ser comunicado dicho aplazamiento y conllevan un recargo.
La declaración anual de autónomos
Junto con las declaraciones trimestrales, a principio de año los autónomos deben presentar las declaraciones anuales a Hacienda, que son:
Declaraciones resumen anuales
Son esencialmente de carácter informativo y recapitulativo. Se deben presentar en el mes de enero, tanto sobre retenciones como de ingresos a cuenta (modelo 190) y sobre el IVA (modelo 390).
Declaración anual de operaciones con terceros
Se debe presentar en el modelo 347 durante el mes de marzo, indicando aquellas personas o entidades, clientes o proveedores, con los que en el año anterior el conjunto de operaciones realizadas haya superado los 3.006 euros.
Declaración anual del IRPF
Se presenta mediante el modelo D-100 desde el 2 de mayo hasta el 30 de junio. Es lo que se conoce como la declaracion de la renta autónomos.
Hay que tener en cuenta en el caso de ser autónomos con sociedades, que están obligados a presentar el modelo 202 y realizar los correspondientes pagos fraccionados en abril, octubre y diciembre, así como presentar anualmente la declaración del impuesto de sociedades mediante el modelo 200 a presentar hasta el 25 de julio.
Este tipo de declaraciones anuales son de carácter más bien informativo y recapitulativo de lo que hemos presentado a lo largo del año. Aunque no conlleven pago de impuestos es igual de necesario presentarlos, ya que de no hacerlo seremos sancionados.
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