¿Qué es beneficiario?
Según la Real Academia Española, beneficiario, en su primera acepción, se define como “aquel que resulta favorecido por algo”, aunque nos centraremos en su segunda definición: “aquel que recibe una prestación”.
Para poder comprender el término “beneficiario”, vamos a ponerlo en contexto en diversas áreas, explicando su significado, cómo se identifica, qué derechos y obligaciones conlleva y cómo puede impactar tanto en la vida personal como en el ámbito empresarial.
Significado de beneficiario en contexto fiscal y empresarial
Para empezar a profundizar en lo que significa ser “beneficiario” de algo, vamos a concretar su definición más básica dentro del mundo fiscal y empresarial: el beneficiario es aquella persona física o jurídica que recibe una ventaja, derecho o beneficio.
Esta ventaja de la que hablamos puede presentarse en forma de ingresos, pagos, transferencia de activos o de cualquier otra forma de beneficio derivado de un contrato, acuerdo o instrumento financiero.
A veces, ser beneficiario puede confundirse con ser el titular, pero no es lo mismo, ya que la titularidad implica propiedad y no tiene por qué coincidir.
Por ejemplo, un individuo puede resultar beneficiario de una prima de seguros de deceso, aunque en realidad el titular del seguro es la persona que lo contrató.
Por tanto, aunque en ocasiones puedan confundirse ambos conceptos – beneficiario y titular, ya que una persona puede tener ambos roles–, cuando se habla de ser beneficiario, no se está expresando en ningún momento tener derecho de propiedad.
Tipos de beneficiarios
Dicho esto, y de acuerdo a lo indicado anteriormente, pueden darse en diferentes ámbitos, por lo tanto, podemos decir que existen varios tipos de beneficiarios en función del contexto en el que se encuentren.
Por ejemplo, se puede ser beneficiario de una póliza de seguro, de una herencia, de un contrato, de un servicio financiero o, incluso, de programas de beneficios sociales administrados por el Estado o cualquier otra entidad.
Lo curioso es que en cada uno de estos casos se dan diferentes matices que hacen que ser beneficiario de una y otra cosa no signifique lo mismo. Veamos algunos ejemplos.
Beneficiarios en el ámbito de seguros
Este es un buen ejemplo para entender qué es un beneficiario. En el ámbito de los seguros, los beneficiarios son aquellos que están designados por el tomador de la póliza (quien contrata) para recibir sus beneficios que se cumpla la condición asegurada.
Los seguros pueden ser de todo tipo:
- Seguro de vida: en caso de fallecimiento del titular, el beneficiario puede ser la persona física que el tomador del seguro haya designado.
- Seguro de siniestro: el titular contrata un seguro por el que queda cubierto por una póliza de seguro de propiedades y, de producirse el siniestro (fuego, accidente, inundación…) ser el beneficiario de la indemnización. En este caso, lo que se asegura son propiedades.
- Seguro de salud: una persona puede contratar un seguro de cobertura sanitaria, siendo él el titular y responsable del pago de las cuotas, y los beneficiarios pueden ser él y otras personas de su familia.
Para más detalle, puedes consultar la normativa relativa a los contratos de seguros, la Ley 50/1980, de 8 de octubre, de Contrato de Seguro, sobre todo en el Título III del seguro de personas.
Beneficiarios de una herencia
En casos de sucesiones y herencias, a los beneficiarios también se les denomina herederos y son las personas designadas para recibir bienes, derechos y obligaciones de una persona fallecida.
La forma de designación es la siguiente:
- Mediante testamento expreso del fallecido en el que se recogerán sus últimas voluntades y la forma de reparto de su patrimonio.
- Por ley en caso de no existir dicho documento.
Legalmente, las cuestiones de las sucesiones y las herencias se regulan en el Código Civil en el Título III de las sucesiones de artículo 657 en adelante.
Beneficiarios de cuentas bancarias y otros productos financieros
Cuando hablamos de productos financieros –como cuentas bancarias, planes de pensiones y otros instrumentos de ahorro o inversión–, los beneficiarios son aquellas personas que se nombran para recibir los fondos o beneficios acumulados en estos productos cuando se produzca un evento determinado.
Por ejemplo:
- Jubilación: una persona contrata un plan de pensiones para poder disfrutar de los fondos acumulados y la rentabilidad producidas cuando llegue el momento de su jubilación.
- Inversión: cuando una persona tiene dinero que no necesita en ese momento, para intentar lograr algo de rentabilidad, contrata un fondo de inversión de duración determinada. Así, al vencimiento del fondo resulta beneficiaria tanto del dinero invertido como de su rendimiento.
- Ahorro: en las cuentas de ahorro se realizan aportaciones con el fin de ahorrar para alcanzar un objetivo, como la compra de un coche, hacer un viaje, realizar formaciones privadas, etc. El beneficiario puede ser o no el propio titular de la cuenta.
- Fondos fiduciarios: son como cuentas de ahorro, pero con unos términos más específicos, ya que estos fondos que se crean son gestionados en nombre de los beneficiarios y solo se podrán acceder a ellos cuando se cumplen unas condiciones determinadas.
Estos fondos pueden ser privados o públicos, como, por ejemplo, el Fondo para la Resiliencia y la Sostenibilidad del FMI.
En estos casos, el fallecimiento del titular del producto financiero transfiere los fondos a los beneficiarios, independientemente del fin inicial previsto.
Estos son solo algunos ejemplos de productos financieros y, en todos ellos, se suele distinguir entre los titulares y los beneficiarios que son las personas receptoras del dinero que contienen.
Beneficiarios de una transferencia
Cuando hablamos sobre las transferencias bancarias, el beneficiario es la persona o entidad que recibe los fondos transferidos.
Esta es la “modalidad” de beneficiario a la que estamos más acostumbrados, ya que es en la que todos hemos estado alguna vez cuando tenemos que hacer una transferencia para el pago de un servicio o producto, la domiciliación de un recibo de suministros, etc.
En este caso, en el momento de realizar la transferencia se nos indica claramente que debemos informar sobre quién es el beneficiario, que suele coincidir con el titular de la cuenta bancaria en la que se va a recibir dicha transferencia.
Para saber más sobre ello, la normativa que lo recoge es el Reglamento (UE) 2024/886 del Parlamento Europeo y del Consejo y las Directivas 98/26/CE y (UE) 2015/2366, sobre todo en los artículos 5, 7 y 10.
Beneficiarios en contratos y acuerdos comerciales
Con respecto a los contratos y acuerdos comerciales, los beneficiarios pueden ser terceros que resulten favorecidos por el cumplimiento de las obligaciones de una de las partes involucradas en el acuerdo.
En estos casos, los beneficiarios podrían no ser una parte directa del contrato, aunque sí que tienen un interés vestido (directo) en la celebración de los contratos o están destinados a recibir algún tipo de beneficio.
Un ejemplo sería la celebración de un contrato público entre un ayuntamiento y una empresa de mantenimiento de parques infantiles, ya que aquí los beneficiarios serían las familias usuarias de esos parques.
Estas no intervienen en el contrato, pero sí que se benefician de los efectos producidos por su celebración.
Por último, queremos puntualizar que también se llaman beneficiarios a las personas que tienen derecho a recibir prestaciones sociales, ayudas y subvenciones públicas de organismos y administraciones públicas.
Con respecto a esto, para poder ejercitar este derecho, los beneficiarios deben cumplir una serie de requisitos que se recogen legalmente en:
- El Título I Capítulo IV sobre la acción protectora de la Seguridad social del Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social donde se habla de los beneficiarios de las prestaciones sociales.
- La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones donde se regula todo lo referente a medidas de apoyo financiero, a demandas sociales y económicas de personas y entidades públicas o privadas. También en la web del Ministerio del Interior se habla sobre las condiciones para los beneficiarios de ayudas y subvenciones.
Derechos y obligaciones de los beneficiarios
Como hemos visto, el ser beneficiario de algo se asocia con la recepción de beneficios o ventajas, pero también puede estar sujeto a una serie de obligaciones, aunque dependerá de aquello de lo que se es beneficiario.
Por ello, es esencial que cada persona susceptible de ser beneficiario de algo conozca sus derechos, como son el acceso a la información, la reclamación del beneficio y, dependiendo del caso, la gestión del mismo.
Igualmente, debe estar atento y no olvidar que, como contrapartida, puede contraer determinadas obligaciones, que pueden ser desde el pago de impuestos derivados de la recepción de bienes o dinero hasta la responsabilidad de mantener y administrar correctamente lo recibido.
Según los ejemplos que hemos visto antes, los beneficiarios podrán tener los siguientes derechos y obligaciones:
- Seguros de vida:
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- Derechos: recibir la prestación económica pactada en la póliza en caso de fallecimiento del asegurado.
- Obligaciones: deben identificarse ante la entidad aseguradora y, en algunos casos, presentar documentación adicional como la designación de herederos. También deben liquidar los impuestos correspondientes al cobro del seguro.
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- Prestaciones de la Seguridad Social:
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- Derechos: recibir las prestaciones económicas o servicios que les correspondan según la normativa de la Seguridad Social.
- Obligaciones: deben cumplir con los requisitos establecidos para recibir las prestaciones, como presentar la documentación necesaria y notificar cualquier cambio en su situación que pueda afectar el derecho a la prestación.
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- Transferencias bancarias:
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- Derechos: recibir los fondos transferidos a su cuenta bancaria.
- Obligaciones: proporcionar información precisa y actualizada para evitar errores en la transferencia. En transferencias internacionales, pueden estar sujetos a comisiones y tasas de cambio.
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- Subvenciones:
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- Derechos: recibir los fondos de la subvención para el propósito especificado en la solicitud.
- Obligaciones: cumplir con las condiciones establecidas en la concesión de la subvención, como justificar el uso de los fondos y presentar informes de seguimiento.
Ejemplos prácticos de beneficiarios
Para ver más claro el concepto de beneficiarios, pondremos un par de ejemplos:
Ejemplo 1. Beneficiario de un seguro de vida.
Pedro contrata un seguro de vida por el que abonará periódicamente una serie de cuotas y ha designado a su hija María como beneficiaria de la póliza.
Esto quiere decir que, en caso de que Pedro fallezca, María tendrá derecho a percibir la cantidad estipulada en el contrato del seguro de vida y, también, tendrá que cumplir con todas las condiciones y trámites que la aseguradora tenga establecidos para tal efecto.
Ejemplo 2. Beneficiarios de una cuenta bancaria.
Paula tiene una cuenta de ahorros y ha nombrado como beneficiarios en caso de su fallecimiento a su cónyuge Javier y a su hermano Antonio.
Entonces, en el caso de ocurrir tal suceso, Javier y Antonio podrán reclamar el saldo que Paula tuviera en su cuenta, según las disposiciones legales y las políticas del banco con respecto a cuentas de ahorros y fallecimiento de titulares.
Como conclusión, si bien ser beneficiario tiene ciertas ventajas, es importante ser consciente de las obligaciones a las que también se está sujeto para poder gestionar y administrar lo que se recibe –sean bienes o dinero– de manera responsable.
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