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¿Qué es doble imposición?

Este término en inglés “double taxation” significa la situación que surge cuando una misma base imponible se le aplican dos impuestos similares y, además, en el mismo periodo.

Este término significa pagas dos veces por el mismo hecho, si lo trasladamos al ámbito internacional, esta doble imposición se produce cuando un individuo es residente fiscal en dos países distintos, sobre todo porque cada país tiene su propia Legislación tributaria.

Además, existen contribuyentes que son residentes en un país concreto, mientras que tributan por sus rentas en otro territorio.

Conoce más sobre las rentas obtenidas en el extranjero.

De ahí que surja la discrepancia entre qué régimen fiscal tienen que aplicar este tipo de contribuyentes, por ello, se crean los Convenios entre los países para evitar esta Doble Imposición.

Convenios para evitar la doble imposición

Algunos países realizan estos convenios de forma unilateral, pero lo ideal, es que sean convenios de doble imposición con acuerdo bilateral, de manera que puedan establecerse bonificaciones o reducciones.

Estos convenios son fundamentales en el Comercio exterior, de manera que se reduzca la carga fiscal a los inversores exteriores.

¿Qué convenios de doble imposición tiene España?

Actualmente, España tiene 93 convenios en vigor, los cuales, por orden alfabético son los siguientes:

Albania, Alemania, Andorra, Arabia Saudí, Argelia, Argentina, Armenia, Australia, Austria, Barbados, Bélgica, Bolivia, Bosnia y Herzegovina, Brasil, Bulgaria, Canadá, Chequia, Chile, China, Chipre, Colombia, Corea del Sur, Costa Rica, Croacia, Cuba, Dinamarca, Ecuador, Egipto, Emiratos Árabes Unidos, Eslovaquia, Eslovenia, Estados Unidos, Estonia, Filipinas, Finlandia, Francia, Georgia, Grecia, Hungría, India, Indonesia, Irán, Irlanda, Islandia, Israel, Italia, Jamaica, Japón, Kazajstán, Kuwait, Letonia, Lituania, Luxemburgo, Macedonia, Malasia, Malta, Marruecos, México, Moldavia, Nigeria, Noruega, Nueva Zelanda, Omán, Países Bajos, Pakistán, Panamá, Polonia, Portugal, Reino Unido, República Dominicana, Rumanía, Federación Rusa, El Salvador, Senegal, Serbia, Singapur, Sudáfrica, Suecia, Suiza, Tailandia y Trinidad y Tobago.

En ellos, se estudia que régimen fiscal se adoptará según la residencia fiscal, de ahí que en España existan impuestos de ámbito internacional como el impuesto de la renta de no residentes, la declaración de bienes en el extranjero, las repercusiones fiscales, etc.

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