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¿Qué es grado de invalidez?

El grado de invalidez mide el grado de discapacidad que tiene una persona, la cual, podrá ser permanente, parcial, total o absoluta. Según el grado reconocido se tendrán unos beneficios fiscales.

Las cotizaciones que pagamos a la Seguridad Social, no sólo incluirán los pagos para obtener una futura jubilación, sino que también incluyen otras contingencias, como, por ejemplo, las bajas por enfermedad, la viudedad, la orfandad, etc.

De ahí, que dependiendo del grado de invalidez que nos apruebe un Tribunal médico, podremos recibir una prestación por invalidez.

Por ley distinguimos las siguientes clases de porcentajes, que son:

  • Desde el 0% 0 24%: discapacidad leve.
  • Desde el 25% a 49%: discapacidad moderada.
  • Desde el 50% a 70%: discapacidad grave.
  • Del 75%: discapacidad muy grave.

Consulta aquí más sobre las bajas de autónomos.

¿Cuántos grados de invalidez existen?

Actualmente, existen los siguientes grados de invalidez:

  • Incapacidad parcial para la profesión habitual: es cuando se declara un Grado de Invalidez de un 33% como mínimo para ejercer su profesión.
  • Incapacidad total para la profesión habitual: no podrá ejercer su trabajo habitual, pero sí otro tipo de actividades.
  • Absoluta para cualquier tipo de trabajo: no podrá trabajar en ningún oficio ni profesión.
  • Gran Invalidez: tendrá un incremento extraordinario sobre la incapacidad absoluta o total.

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Si esta incapacidad viene provocada por un accidente o enfermedad profesional, habría que incrementar esta prestación entre un 30% y un 50%, dependiendo de la gravedad.

Requisitos para acceder a estas prestaciones de Grado de Invalidez

Para poder acceder a estas prestaciones habrá que cumplir una serie de requisitos:

  • Estar afiliado o en situación de alta en el momento del accidente o enfermedad.
  • No estar en situación de jubilación.
  • Que se haya declarado la incapacidad permanente por el INSS.
  • Tener cotizado el mínimo tiempo establecido para acceder a esta prestación por enfermedad común, en el caso de accidente o enfermedad profesional, no sería necesario ese periodo mínimo.

Para poder acceder a la Prestación por invalidez no contributiva, habrá que tener un Grado de Invalidez de más del 65%, y, que carezca de ingresos suficientes.

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