¿Qué es sociedad laboral?
Una Sociedad Laboral es una compañía donde como mínimo el 51% del capital social tiene que estar formado por trabajadores, cada accionista no podrá tener más del 33,33 % del capital y tiene que destinar al menos el 10% de su beneficio a un fondo de reserva.
Generalmente, llevan SAL (Sociedad Anónima Laboral) o SLL (Sociedad Limitada Laboral) como acrónimo para identificarlas.
Características de una Sociedad Laboral.
Las sociedades laborales, al igual que el resto de entidades presentan una serie de características exclusivas y comunes con otras, dependiendo si son SLL o SAL. Para ello vamos enumerar las características que deben presentar para poder ser consideradas como laborales independientemente de si están también bajo SL o SA.
Recuerda que a grandes rasgos es necesario contar con un capital mínimo de 3.000 euros en las Sociedades Limitadas y de 60.101 en las Sociedades Anónimas.
Como mínimo el 51% del capital social debe estar en manos de los trabajadores.
Esto quiere decir que los trabajadores socios de la empresa controlan la mayoría de la empresa y además prestan un servicio o trabajo por cuenta ajena indefinido en esta. De esta forma se garantiza que no existen conflictos de intereses, ya que cuanto mejor funcione la empresa mejores incentivos recibirán estos trabajadores.
El 1/3 de las acciones no pueden estar en manos de un solo accionista.
Esto es una acción para que se cumpla con el cometido de que sea una sociedad laboral social. Existe una excepción, y es que ese accionista único sea una institución pública o una entidad sin ánimo de lucro, que en cuyo caso puede ser mayor al 33% pero inferior al 50%. El poder de la sociedad debe estar siempre repartido entre los empleados y ser mayoría.
En caso de incumplirse esto, la empresa tiene un máximo de 18 meses para recuperar su condición y estar dentro de la legalidad.
El capital se divide en participaciones sociales y existe un orden en la adquisición de acciones.
- Los trabajadores fijos que no son socios.
- Los trabajadores fijos que son socios.
- Accionistas que no son trabajadores y el resto de trabajadores no socios.
- Demás accionistas dentro del límite establecido.
Las acciones nominativas pueden ser de dos clases según el tipo de persona que las tenga. Por una parte, las de clase general que están en propiedad de socios no trabajadores y laboral en propiedad de los socios trabajadores.
Existe un límite a la hora de contratar a trabajadores fijos.
Las horas trabajadas por empleados indefinidos que son socios no puede ser superior al 49% del total de horas trabajadas por los trabajadores-socios. Las horas de los empleados con discapacidad igual o superior al 33% no se tendrá en cuenta en este límite.
Ventajas de la Sociedad Laboral
Algunos de los beneficios con los que cuenta este tipo de sociedad es que el 10% de los beneficios no se pueden liquidar y tienen que quedarse en la empresa y además cuenta con un impuesto de sociedades más beneficiosos que el resto entre otros incentivos fiscales.
Las sociedades laborales ofrecen unas ventajas interesantes a nivel de fiscalidad y su forma jurídica hace que la mayoría del poder de esta esté entre los trabajadores de la empresa. Por otra parte puede ser problemático que el poder esté distribuido entre tantos accionistas a la hora de tomar una decisión importante o que apremia el tiempo.
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