glosario contable>Ley de iva

¿Qué es ley de iva?

La Ley del IVA es la normativa que regula la imposición del impuesto sobre el valor añadido.

Este impuesto se aplica sobre cada una de las etapas del proceso de producción y distribución de bienes y servicios.

La particularidad de este impuesto es que, aunque es adelantado por el empresario o profesional, en realidad es asumido por el consumidor final del producto o servicio.

¿Cómo funciona el IVA?

Entendemos el IVA como un impuesto indirecto que gravita sobre el consumo.

Su particularidad radica en que cada sujeto pasivo, es decir, todo aquel que realiza una actividad económica, debe repercutir el IVA en sus ventas, pero, a su vez, puede deducirse el IVA soportado en sus compras de bienes y servicios necesarios para su actividad. Esta mecánica evita la doble imposición interna y garantiza que el impuesto solo lo pague el consumidor final.

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Cálculo del IVA

El cálculo del IVA se realiza a partir de la relación entre el IVA repercutido (el que un empresario cobra en sus ventas o servicios) y el IVA soportado (el que ese mismo empresario paga en sus compras).

Al final del periodo impositivo, se resta el IVA soportado del IVA repercutido, y es la diferencia la que se ingresa a la Hacienda Pública.

Deducibilidad del IVA

Un concepto vital en la Ley del IVA es la deducibilidad. Los empresarios pueden deducir el IVA que han pagado en la adquisición de bienes y servicios utilizados para realizar su actividad económica.

Esto es, no se tributa por el total ingresado en ventas, sino por la diferencia entre el IVA repercutido y el IVA soportado.

Tarifas y tipos de IVA

Existen distintos tipos de IVA aplicables según la naturaleza del producto o servicio.

En España, por ejemplo, tenemos el tipo general, que se aplica a la mayoría de los bienes y servicios; el tipo reducido, para ciertos bienes y servicios como alimentos o transporte de personas, y el tipo superreducido, aplicable, entre otros, a bienes de primera necesidad como el pan, leche y libros.

Exenciones y no sujeción

No todos los bienes y servicios están sujetos al IVA. Existen operaciones exentas, es decir, situaciones en las que, a pesar de realizarse una actividad económica, la Ley del IVA contempla que no debe repercutirse este impuesto, como puede ser en la educación o en la sanidad.

Además, se distinguen los supuestos de no sujeción, en los que directamente no se aplica este tributo porque el bien o servicio no entra dentro del ámbito de aplicación del impuesto de acuerdo a la ley.

Ejemplos prácticos de aplicación de la Ley del IVA

Ejemplo 1: Un comerciante de electrodomésticos compra mercancía para la venta en su tienda. En esta compra, paga un IVA del 21% (tipo general en España). Al vender los electrodomésticos, este comerciante debe repercutir y cobrar el mismo porcentaje de IVA a sus clientes. Cuando toque declarar el IVA, él restará el IVA que pagó por la compra de la mercancía del que cobró a sus clientes, y el resultado, si es positivo, lo ingresará a la Hacienda Pública.

Ejemplo 2: Un restaurante adquiere alimentos para su cocina, pagando por ellos un IVA reducido del 10%. Al final del trimestre, el restaurante debe realizar sus cuentas para saber cuánto IVA ha repercutido en sus servicios y cuánto ha soportado en sus compras. Supongamos que ha repercutido más de lo que ha soportado, la diferencia será el importe a pagar en su declaración trimestral de IVA.

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