glosario contable>Modelo 233

¿Qué es modelo 233?

El Modelo 233 es una declaración informativa que deben presentar las guarderías o centros de educación infantil autorizados.

Su propósito es informar sobre los menores que están inscritos y asisten a estos centros, y sobre los gastos en los que incurren sus padres o tutores legales en concepto de enseñanza preescolar.

Esta información es relevante, ya que está vinculada con la aplicación de deducciones en el IRPF de los progenitores o tutores.

Función del Modelo 233

La función principal del Modelo 233 es suministrar a la Agencia Tributaria los datos necesarios para que pueda realizar las comprobaciones pertinentes, sobre las deducciones aplicadas por los padres o tutores de los niños que asisten a guarderías o centros de educación infantil.

Este control es crucial para evitar prácticas indebidas y asegurar la correcta aplicación de los beneficios fiscales.

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Obligados a presentar el Modelo 233

Estamos obligados a presentar el Modelo 233 si gestionamos una guardería o centro de educación infantil autorizado.

No importa si somos una entidad de carácter privado, una corporación municipal o cualquier otro tipo de institución que ofrezca este servicio y cuente con el debido reconocimiento y autorización por parte de la administración educativa competente.

Plazo de presentación

Es esencial presentar el Modelo 233 dentro del plazo estipulado por la ley. El plazo comienza desde el día 1 hasta el 15 de febrero del año siguiente al que se refiere la información.

Por ejemplo, la información del año 2021 se debería presentar entre el 1 y el 15 de febrero de 2022.

Información a incluir en el Modelo 233

Al elaborar el Modelo 233, incluimos los siguientes datos:

  • Identificación del centro educativo, con el nombre y NIF.
  • Información detallada de cada uno de los menores inscritos.
  • Nombre y NIF de los padres o tutores legales de cada menor.
  • Meses en los que el menor ha estado inscrito en el centro.
  • Gastos totales de escolarización pagados por los padres o tutores durante el período impositivo.

Estructura del Modelo 233

El Modelo 233 se estructura de forma que podamos reflejar de manera clara y ordenada toda la información requerida.

Este modelo incluye espacios destinados a la identificación del declarante, información del menor, y desglose de los gastos mensuales.

La estructura facilita el entendimiento por parte de la Agencia Tributaria y permite la rápida verificación de los datos proporcionados.

Cómo presentar el Modelo 233

La presentación del Modelo 233 se realiza de forma telemática a través de la sede electrónica de la Agencia Tributaria.

Necesitamos disponer de un certificado electrónico, DNI electrónico o Cl@ve PIN para poder acceder al sistema y efectuar la presentación.

Se debe rellenar el formulario con la información pertinente y enviarlo siguiendo las instrucciones que el propio sistema nos proporciona.

Ejemplos prácticos

Ejemplo 1: Supongamos que gestionamos un centro de educación infantil. Durante el año 2022, tuvimos inscritos a 50 niños. Al llegar febrero de 2023, nos disponemos a presentar el Modelo 233. Para hacerlo, primero recopilamos todos los datos requeridos de cada niño y sus padres o tutores. Después, accedemos a la sede electrónica de la Agencia Tributaria, nos identificamos con nuestro certificado digital y completamos todos los campos del formulario con la información correspondiente. Finalmente, revisamos que todo esté correcto y enviamos el modelo antes del día 15 de febrero.

Ejemplo 2: Imaginemos que somos los tutores legales de un niño que asiste a la guardería. Estamos interesados en aplicar la deducción por maternidad y gastos de guardería en nuestra declaración del IRPF. Para ello, nos aseguramos de que la guardería haya presentado correctamente el Modelo 233 con la información de nuestro hijo, ya que la Agencia Tributaria comprobará estos datos a la hora de gestionar nuestra deducción. Si el centro no presentase dicho modelo o lo hiciese con errores, podríamos tener inconvenientes para aplicar la deducción en nuestra declaración del IRPF.

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